El Gobierno, a través del Decreto Legislativo N° 1664, publicado en el Diario El Peruano, anunció que el cobro del Impuesto General a las Ventas (IGV) a plataformas digitales, que se tenía previsto para octubre, se prorrogará al 1 de diciembre del 2024.
“Los sujetos no domiciliados, designados como agentes de retención o percepción, que vienen realizando las operaciones o que inicien dichas operaciones hasta el 30 de noviembre de 2024, empiezan a efectuar la retención o percepción del Impuesto General a la Ventas a partir del 1 de diciembre del 2024″, detalló la norma.
LEE TAMBIÉN: Gobierno autoriza Decreto Supremo que aprueba la Cartera de Infraestructura de la Autoridad Nacional de Infraestructura
Este cambio se debe a la complejidad de la implementación. Las autoridades reconocieron que las empresas requieren más tiempo para ajustar sus sistemas de retención y percepción del impuesto conforme a las normativas de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Con este plazo otorgado, las plataformas digitales podrán realizar adecuaciones tecnológicas necesarias para cumplir con las obligaciones tributarias.
MÁS INFORMACIÓN: Gobierno decreta Ley que regula las apuestas deportivas a distancia
Cabe recordar que el Decreto Supremo N° 1644 modifica la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para incluir a las plataformas digitales que operan desde el extranjero.
Asimismo, la norma también incorporó dentro del ámbito de aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia. Es decir, las plataformas tecnológicas explotadas por personas jurídicas constituidas en el exterior y que cuenten con autorización del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), empezarán a pagar este gravamen (12%).
Contenido sugerido
Contenido GEC