La norma fue aprobada mediante el Decreto Supremo N°327-2025-EF. (Fuente: El Peruano)
La norma fue aprobada mediante el Decreto Supremo N°327-2025-EF. (Fuente: El Peruano)

El , mediante el Decreto Supremo N°327-2025-EF, aprobó el incremento mensual para los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes laborales de los Decretos Legislativos N° 728, N° 1057 y N° 276, así como de las Leyes N° 30057 y N° 29709.

De esta manera, se aprobó el incremento mensual de S/53 para los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes del Decreto Legislativo N° 728 del Gobierno nacional y de los gobiernos regionales, así como para los de la Ley N° 30057- Ley del Servicio Civil.

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Maro Villalobos

Además, se aprobó un aumento mensual de s/100 soles para los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes del Decreto Legislativo N° 1057 y de la Ley N° 29709 - Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria.

Asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 325-2025-EF, se aprobó el incremento mensual de S/100 para los servidores, directivos y funcionarios del régimen del Decreto Legislativo N° 728 de los gobiernos locales.

Además, vía Decreto Supremo Nº 326-2025-EF, se aprobó el concepto “Negociación colectiva centralizada 2025-2026”, lo cual comprende un aumento mensual de S/100 para los servidores administrativos sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276 (Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público), pertenecientes al grupo ocupacional funcionario, profesional, técnico y auxiliar de los gobiernos locales y sus organismos públicos descentralizados.

Para todos los regímenes laborales, en caso el ingreso mensual total que incluya el incremento aprobado supere los 15,600 soles, el monto del aumento mensual se ajusta a dicho límite. Las normas mencionadas entran en vigencia el 1 de enero del 2026.

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