El Indecopi publicó este viernes en el diario oficial El Peruano los “Lineamientos de Visitas de Inspección” aprobados por la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC), mediante los cuales se describen y delimitan los alcances de estas facultades de investigación en materia de libre competencia.
Como se sabe, la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia es la autoridad encargada de investigar y detectar posibles prácticas anticompetitivas, para lo cual la Ley de Libre Competencia le confiere una serie de facultades de investigación.
Entre estas facultades destaca la posibilidad de realizar visitas de inspección a los locales de las empresas investigadas, mediante las cuales los inspectores pueden examinar la documentación que encuentren, así como copiar los libros, archivos físicos o electrónicos que consideren pertinentes y solicitar explicaciones al personal de estas empresas.
La experiencia nacional e internacional demuestra que estas inspecciones son una de las herramientas más eficaces para detectar prácticas anticompetitivas, especialmente cárteles, pues su naturaleza inmediata y sorpresiva permite a los inspectores acceder a distinta evidencia sobre dichas infracciones.
De hecho, gracias a esta herramienta la Secretaría Técnica ha obtenido múltiples pruebas para sancionar diversos cárteles que afectaron la canasta básica familiar y perjudicaron a un gran número de consumidores.
Siguiendo la regulación, jurisprudencia y experiencia de autoridades internacionales, y los comentarios recibidos de parte de expertos y diversas entidades al proyecto publicado en octubre de 2019, los Lineamientos brindan mayores alcances sobre el desenvolvimiento de las visitas de inspección y desarrollan las disposiciones contenidas en la Ley de Libre Competencia.
Los Lineamientos describen los parámetros para iniciar estas inspecciones, las facultades que tienen los inspectores, y los derechos y obligaciones de las empresas o personas naturales inmersas en estas investigaciones, así como la finalización de la visita y el tratamiento que se dará a la información obtenida por la autoridad, entre otros.
Con ello se busca asegurar un equilibrio entre los derechos de los sujetos inspeccionados y la eficacia de las investigaciones de la Secretaría Técnica, destinadas a proteger la libre competencia en los mercados.