La entidad consideró que la sentencia vulnera “de manera muy grave, reiterada y manifiesta el derecho fundamental a un debido proceso” y que por ello debe de ser rectificada. El TC decidió el 8 de febrero que la administración tributaria y judicial no deben cobrar intereses moratorios por deudas tributarias tras vencerse el plazo legal en que las autoridades tienen que resolver un recurso administrativo. Según especialistas consultados por El Comercio, el plazo máximo para poder cobrar estos intereses sería de entre 12 y 18 meses, dependiendo del proceso legal.
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Entre los argumentos planteados asegura que Maxco, la empresa demandante ante el TC no pidió que se inaplique la norma tributaria a otros deudores tributarios.
Asimismo, indicó que las partes involucradas en la sentencia no tuvieron la oportunidad de alegar o defenderse frente al fallo. “Tampoco fue objeto de debate entre las partes en ninguna de las etapas de este proceso”, agregó la Sunat.
Por otro lado, indicó que la Constitución solo faculta a los congresistas y a los gobiernos locales la creación, modificación o extinción de beneficios tributarios o de establecer una amnistía tributaria.
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La Sunat enfatizó, además, que la sentencia definitiva del TC beneficiaba a las grandes empresas que se encuentran en procesos judiciales para el reconocimiento de sus deudas tributarias e intereses.
“Los actuales integrantes del TC beneficiaron indebidamente a las grandes empresas que, en conjunto, adeudan al Estado más de S/25 mil millones en impuestos, pues, por aquella decisión, su deuda se reduciría en más del cincuenta por ciento (50%), tal como lo confirman diversos especialistas. Es decir, vuestra decisión perjudica directamente a la población, pues el Estado dejaría de percibir más de S/12 mil millones”, sentenció.
Propuesta infundada
Según especialistas consultados, la postura de la Sunat no tendría sustento legal para propiciar la nulidad de la sentencia del TC.
“La Sunat no utiliza argumentos legales, sino efectistas, de connotación más política, pero no es algo con real valor legal. Dice que dejamos de recaudar S/12 mil millones para atender demandas sociales, entonces su postura va por una línea con poca base legal. Quiere decirle al TC que no se podrá invertir por culpa de esto. Ese no es un argumento legal que permita atender el pedido de nulidad”, afirmó Rodrigo Flores, socio del estudio Hernández y Cía.
“El tema de fondo es que Sunat no presenta argumentos legales para ver si corresponde o no que los contribuyentes paguen los intereses moratorios más allá del plazo legal. Mencionar a las grandes empresas es un argumento político porque aquí no se da un beneficio tributario, sino que el TC está interpretando la ley y aclara donde había un punto gris”, agregó, en el mismo sentido, Klever Espinoza, socio del estudio KERZ.
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Los especialistas coincidieron en que la sentencia del TC legisla independientemente de si el contribuyente es una persona natural o jurídica.
“La interpretación del TC no distingue a los grandes de los pequeños, uno debe ver a quién perjudica la demora en la resolución de recursos administrativos y la demora perjudica a cualquier contribuyente que está en litigio. Lo de las grandes empresas es circunstancial, hoy puede salir a favor de ellas, pero a futuro también puede beneficiar a una persona o a una micro o pequeña empresa”, resaltó Espinoza.
Para Flores también sería errado considerar que el TC no puede interpretar una ley.
“Sunat intenta decir es la empresa Maxco, solo pidió que se inapliquen los intereses moratorios a ellos particularmente, por lo que el TC está yendo más allá de lo que solicitó. Es el argumento que más se acerca a la legalidad, pero eso no es tan exacto porque el TC es el supremo intérprete de la Constitución, entonces no tiene que pedir permiso a nadie para interpretarla y publicar una sentencia vinculante. A partir de este caso el tribunal advierte de un error conceptual que afecta a todos por igual y administra”, concluyó.