A pocas semanas de que se lleven a cabo las Elecciones Generales del 2021, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) dio a conocer las multas que se aplicarán a las personas que incumplan su deber en estos comicios.
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¿Cuáles son estas multas electorales?
En la página oficial de ONPE figuran los tres tipos de multas electorales:
Multa por elector omiso:
- Si vives en distrito no pobre: S/ 88.00
- Si vives en distrito pobre no extremo: S/ 44.00
- Si vives en distrito pobre extremo: S/ 22.00
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El voto es obligatorio a partir de los 18 años, cumplidos el mismo día de la elección. Para los mayores de 70 años el voto es facultativo.
- Multa por miembro de mesa omiso: si fuiste sorteado miembro de mesa (titular o suplente) y no ejerces esta función, pagarás S/ 220.00.
- Multa por miembro de mesa y elector omiso: si no cumples con la función de miembro de mesa y no vas a votar, tendrás que pagar S/ 220.00 y la multa de elector omiso, según el distrito en el que vives. Es decir, pagarás dos multas.
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¿Qué pasa si no pagas una multa?
- No podrás inscribir cualquier acto relacionado con tu estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.).
- No podrás intervenir en procesos judiciales o administrativos.
- No podrás realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato.
- No podrás ser nombrado funcionario público.
- No podrás inscribirte en cualquier programa social y/o obtener brevete.
El monto de multa por no ejercer la labor de miembro de mesa no varía según la clasificación del distrito, y en caso el ciudadano designado tampoco acuda en la segunda vuelta de las elecciones recibirá una nueva sanción por el mismo monto.
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