La primera semana de octubre es, desde hoy, una fecha clave para la agenda de organizaciones civiles, feministas y entidades como la Defensoría del Pueblo. El primer ministro Walter Martos anunció este martes ante el Congreso que, como una de las medidas del Ejecutivo para frenar la violencia de género, dentro de 40 días útiles, se implementará el sistema de búsqueda de personas desaparecidas que se espera desde hace 17 años.
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El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables destacó así el anuncio del primer ministro en su presentación ante el Congreso para pedir el voto de confianza.
Martos dijo que con este sistema se habilitará el Registro Nacional de Información de Personas Desaparecidas, así como el Portal de Personas Desaparecidas. Además, aseguró que se fortalecerá la Línea 114 creada para atender las denuncias de mujeres desaparecidas.
-”Estaremos vigilantes”-
La Defensoría del Pueblo había alertado que la desaparición de mujeres no cesó ni durante la cuarentena por la pandemia del coronavirus. La entidad reportó que, entre el 16 de marzo y el 30 de junio, se identificaron 915 casos de mujeres desaparecidas en el país. De ellas, 315 eran adultas y 600 niñas y adolescentes.
Incluso, a fines de julio, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifestó su preocupación por esta cifra y exhortó al Ejecutivo a implementar las medidas necesarias para evitar que aumente.
Para Eliana Revollar, adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo, lo anunciado por Martos es un paso muy importante, necesario y esperado para la lucha contra la violencia contra la mujer.
“Consideramos que es importante porque es una deuda histórica que viene desde hace 17 años. Se han dado pasos, pero estaban pendientes dos instrumentos fundamentales que son el registro de personas desaparecidas y contar con un portal web que realmente sea útil y que responda a la lógica nacional de la búsqueda de personas. Esperemos que en estos 40 días se pueda cumplir con ese ofrecimiento. Desde la defensora estaremos vigilantes”, opinó.
Katherine Soto, fundadora de la asociación Mujeres Desaparecidas Perú, también saludó el anuncio, pero cree que faltó un gesto muy importante para los cientos de familiares de las mujeres desaparecidas: pedir perdón por la demora.
“Lo anunciado era una deuda pendiente con las mujeres y familias. Me hubiese gustado que el anuncio de la implementación venga con una disculpa pública a las familias, porque no es un favor el que va a realizar. Estamos hablando de una deuda pendiente porque la norma existía desde hace 17 años. Hubiese sido importante una mención porque hasta hoy no sabemos cuantas mujeres desaparecieron y en qué condiciones. Es importante sí, saludamos que haya un compromiso y vamos a estar vigilantes”, indicó.
-El registro de búsquedas-
En el 2003 se dispuso la creación de un Registro Nacional de Información de Personas Desaparecidas con la promulgación de la Ley Nº 28022. Esto se dispuso durante el gobierno del expresidente Alejandro Toledo. Con esta norma, el Estado tenía la obligación de crear una base de datos pública de personas reportadas como desaparecidas. El reglamento, que salió a fines de ese mismo año, establecía que el Ministerio del Interior (Mininter) y la PNP serían los encargados de la administración de la plataforma. Lo único que se logró fue la firma de un convenio de cooperación interinstitucional con la Fundación Peruanos Desaparecidos para registrar los casos de personas desaparecidas. El portal dejó de funcionar en el 2017.
Un año después de la desaparición, violación y asesinato de la pequeña Ximena en San Juan de Lurigancho en el 2018, el Ejecutivo promulgó el reglamento del Decreto Legislativo N° 1428 que desarrolla medidas para casos de desaparición de Personas en situación de vulnerabilidad (norma que reemplazó a la llamada Ley Brunito). En esta ley se establecieron los pasos que los denunciantes deben seguir, así como la tarea de las autoridades.
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El Mininter creó la página https://teestamosbuscando.pe/ para reportar y actualizar las denuncias de menores desaparecidos. Incluso, anunciaron la implementación del sistema de alerta Amber, pero no se avanzó más.
Además de registrar los casos de menores desaparecidos, la norma incorpora como víctimas potenciales de desaparición a mujeres que sufren violencia, desplazados y migrantes internos. Ellos, además de menores, personas con discapacidad y adultos mayores, quienes ya estaban contemplados en la ley anterior.
También establece que, luego de recibir una denuncia, la policía debe emitir una nota de alerta y, si se requiere, una alerta de emergencia. La comunicación y difusión será inmediata. Estos reportes se incluirán en el Portal de Personas Desaparecidas, que tendrá un registro de casos no resueltos.
Con esa nueva norma, se estableció que así funcionarían las denuncias en casos de desaparecidos:
Para Eliana Revollar, es importante la creación del portal porque no solo ayudará a registrar las denuncias diarias, sino que, además, brindará información vital para medir la situación de vulnerabilidad de las mujeres.
“Va a permitir información estadística porque información sobre notas de alerta de mujeres adultas desaparecidas no hay. Esto no puede esperar. Nos ayudará a ver a cuántas están desaparecidas y también a conocer cuántas adolescentes huyen de sus hogares. Ese es un indicador de que en ese hogar puede haber casos de violencia”, precisó.
Otro punto importante que también establece este decreto es que el MIMP tiene la responsabilidad de brindar asistencia y apoyo a los familiares de las personas desaparecidas.
*DATO: Si usted agotó todos los esfuerzos en ubicar a su familiar, en el acto acérquese a la comisaría más cercana o llamé al Departamento de Investigación y Búsqueda de Personas Desaparecidas de la PNP al número 431-8140/ 330-7068/ 942072845. También se habilitó la línea gratuita 114.
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