En un país donde en los dos últimos años murieron más de 5 mil personas por accidentes de tránsito y otras 87.900 resultaron con lesiones, el Congreso –con iniciativa del Ejecutivo – permitirá que los choferes con papeletas por infracciones graves no paguen sus multas.
El último miércoles, el Pleno aprobó en primera votación el texto sustitutorio del Proyecto Ley 1706, que propone otorgar amnistía a los transportistas del servicio público terrestre y de pasajeros en vehículos menores, por causa de infracciones cometidas durante el estado de emergencia nacional por COVID-19. Fueron 68 congresistas de bancadas como Perú Libre, Acción Popular, Renovación Popular y Bloque Magisterial quienes votaron a favor.
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La propuesta, que deberá ser sometida a una segunda votación, plantea que se condonen las deudas por infracciones de tránsito cometidas entre el 16 de marzo de 2020 y 31 de marzo de 2022.
El proyecto partió de una iniciativa presentada en abril pasado por el Ejecutivo, con la firma de Pedro Castillo y Aníbal Torres, bajo la justificación de “impulsar la reactivación económica del sector de transportistas afectado por la pandemia y la crisis económica”.
A diferencia del proyecto inicial, el texto sustitutorio excluyó a todas las multas tipificadas como “muy graves”, pero mantiene aquellas “graves” vinculadas al uso de vías, respeto de paraderos o práctica de maniobras peligrosas. De aprobarse se dejará de sancionar, por ejemplo, a los choferes de combis, coasters o colectivos que se estacionaron en cualquier zona, afectando la fluidez del tránsito (G-47) o los que no llevaron las placas de rodaje en el lugar que corresponde, una práctica usada por vehículos informales para evadir la fiscalización.
Algunas multas graves que serán exoneradas si se aprueba PL | |
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G11 | Circular, estacionar o detenerse sobre una isla de encauzamiento, marcas delimitadoras de carriles, separadores centrales, bermas, aceras, áreas verdes, pasos peatonales, jardines o rampas. |
G16 | Conducir un vehículo por una vía en la cual no está permitida la circulación o sobre mangueras contra incendios |
G29 | Circular en forma desordenada o haciendo maniobras peligrosas |
G32 | Circular por la ciclovía |
G40 | Estacionar el vehículo en zonas prohibidas o rígidas señalizadas o sin las señales de seguridad reglamentarias en caso de emergencia. |
G47 | Estacionar en lugar que afecte la operatividad del servicio de transporte público de pasajeros o carga o que afecte la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o impida observar la señalización. |
G58 | No presentar la Tarjeta de Identificación Vehicular; la Licencia de Conducir, salvo que esta sea electrónica; y/o el DNI, según corresponda |
G61 | No llevar las placas de rodaje en el lugar que corresponde. |
V09 | Estacionarse en lugares no autorizados como paraderos |
V14 | Prestar el servicio excediendo la velocidad permitida. |
“El sector transporte ha sido un pilar fundamental en la lucha contra la pandemia de COVID-19″, argumentó el congresista Luis Aragón (Acción Popular), presidente de la Comisión de Transporte, para pedir la votación. En su breve intervención en el pleno, el parlamentario remarcó que la ley no considera amnistía para papeletas por conducción en estado de ebriedad, sin licencia de conducir o por manejar con exceso de velocidad. Sobre las infracciones graves causantes de accidentes y caos vehicular no se pronunció.
Promesa de campaña
Incluso con la exclusión de las papeletas “muy graves”, para especialistas consultados por este diario el mensaje es nocivo para los intentos de reformar el transporte público en el país porque los principales beneficiados serán los choferes de taxi colectivo e informales que no respetan las normas.
“Es un despropósito, se alienta la impunidad de los conductores”, advierte el coronel PNP (r) Franklin Barreto, ex jefe de la Unidad de Investigación de Accidentes de Tránsito, quien añade que las infracciones tipificadas como “graves” también generan un peligro. “Se afecta la seguridad vial, las infracciones están concebidas para proteger el derecho de los demás y resguardar a los usuarios”, sostiene.
Para Lino de la Barrera, ex titular de la Dirección de Transporte Terrestre del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), la justificación de la pandemia no es suficiente para permitir que las infracciones no sean sancionadas. “¿Cuál es el estudio que explica la relación entre la pandemia y haber cometido infracciones de tránsito? No tiene nada que ver una cosa con la otra. La persona que maneja y viola la ley no puede escudarse en una situación que afectó a todo el Perú para que se le perdone las multas”, enfatiza.
Ambos recuerdan que la condonación de deudas fue una promesa de campaña de la gestión de Castillo. De hecho, la amnistía fue uno de los acuerdos pactados entre el exministro Juan Silva, hoy con orden de captura, y nueve empresas de transporte que en suma adeudan casi 53 millones de soles en papeletas en una reunión realizada en noviembre del 2021 para evitar que vayan a huelga. “La amnistía es producto de una negociación en la que pusieron al MTC al borde del precipicio y este, con una absoluta ineptitud, para negociar aprobó mandar eso al Congreso. Me sorprende que ahí haya tenido eco”, señala De la Barrera.
El impacto también es económico. Un antecedente reciente es el informe emitido en noviembre pasado por la Contraloría General de la República que da cuenta que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), dejó de recaudar S/ 4 605 033 por una ordenanza municipal que establecía la aplicación de descuentos de hasta el 80% en papeletas de infracciones de tránsito, también bajo la justificación de la pandemia. Dicho monto correspondía al periodo 1 de abril al 30 de noviembre de 2020. En este caso, los beneficios sí consideraron las papeletas tipificadas como “muy graves”.