‘Pérdida de la confianza’. Ese es el nuevo motivo por el que pueden ser destituidos ahora los miembros del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU). Así lo dictaminó el Consejo de Ministros la tarde de este miércoles, tras aprobar un Decreto Supremo propuesto por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
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Lo que se ha hecho es modificar el numeral 12.1, del artículo 12, del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la ATU, agregando “pérdida de la confianza de la autoridad proponente” a la lista de causales de vacancia o remoción. Esta incluye razones como “fallecimiento”, “incapacidad permanente”, “renuncia aceptada” e “impedimento legal”.
Las causales antes mencionadas ya habían sido estipulados inmediatamente después de la creación de la ATU en el 2019, a través de la Ley Nº 30900. Precisamente esta norma señala que los ocho miembros del Consejo Directivo de dicho organismo son designados por un período de cinco años. Es decir, la gestión de María Jara, presidenta ejecutiva de la ATU, debería finalizar en el 2024.
Por tal motivo, distintas voces han manifestado su preocupación por esta decisión tomada desde el Ejecutivo, ya que se da en medio de la polémica por el inicio del empadronamiento de conductores de taxi colectivo por parte de la Municipalidad de Lima, así como la presentación de un proyecto de ley en el Congreso para formalizar este tipo servicio en Lima y Callao.
En ese sentido, la alteración de las causales de remoción de altas autoridades de la ATU significaría un tercer intento, en menos de una semana, para frenar la contrarreforma del transporte urbano.
Al respecto, el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, argumentó que el Gobierno tiene la obligación de relanzar sus políticas públicas referidas al transporte público, sobre todo de Lima y Callao, por lo que se requiere tomar e implementar determinadas decisiones.
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En tanto, la ministra de Transportes y Comunicaciones, Paola Lazarte, mencionó que la medida tomada servirá para evaluar a los funcionarios que dirigen la ATU y conminarlos a la obtención de resultados concretos. “Se busca tener en un corto plazo beneficios tangibles en el transporte urbano, sobre todo con su formalidad, en la seguridad y en la disminución de los tiempos de transporte”, indicó.
Por su parte, María Jara expresó su malestar tras esta medida, pues señaló que llama la atención que suceda “al mismo tiempo en que en el Congreso se quiere mover una ley para formalizar autos colectivos”.
“Se quiere generar incertidumbres. El mandato es por cinco años, no puede venir un decreto supremo ha modificar eso. Es una barbaridad jurídica. Como con todas las normas y decisiones que ha tomado la actual gestión del MTC nos hemos enterado por redes sociales”, dijo.
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Asimismo, la presidenta de la ATU envió un oficio dirigido al primer ministro Otárola en el que expresa su preocupación por la aprobación del mencionado decreto y le precisó que acciones como esa debilitan la institucionalidad de las entidades públicas y deterioran la confianza de los ciudadanos en sus autoridades.
“Causa extrañeza y preocupación que una entidad creada precisamente para desarrollar políticas en materia de transporte urbano desde una perspectiva técnica y con independencia a los momentos políticos que pueda presentarse en el gobierno, hoy pretenda ser reformulada a fin de que los miembros del Consejo Directivo puedan estar sujetos a la decisión de la autoridad política de turno”, se lee en el documento.
Jara solicitó una reunión con el premier para presentarle el plan de trabajo institucional de la ATU con miras a lo que resta del presente año. “Confiamos en que el trabajo coordinado y puesto al servicio de limeños y chalacos permitirá mejorar la calidad y seguridad de nuestro transporte público”, resaltó.
¿Es legítima esta modificación?
En la carta dirigida a Otárola, Jara sostiene que la autonomía del organismo que preside ha sido defendida en diversos espacios e incluso mereció el pronunciamiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) ante una consulta formulada por el propio MTC, “dejando en claro que los cargos de miembros del Consejo Directivo son de designación regulada, cuyos requisitos para acceder, así como las causales de remoción se encuentran establecidas en el propio reglamento de la entidad”.
Conforme lo señala Servir, existen funcionarios de libre designación y remoción, así como funcionarios de designación y remoción regulada. Esta precisa que los segundos, a diferencia de los primeros, “no pueden ser removidos del cargo bajo el sustento de ‘pérdida de confianza’, sino que dicha remoción solo puede fundamentarse por las causales objetivas previstas en norma con rango de ley”, es decir, por las razones estipuladas inicialmente en el ROF.
En esa línea, el abogado laboralista Jorge Toyama indicó a El Comercio que, de acuerdo a la norma de creación de la ATU, los miembros del Consejo Directivo son designados por cinco años. Por lo tanto, es como una garantía a su integridad y gestión que tengan una estabilidad por ese periodo de tiempo.
“Al añadirle la posibilidad de que sean retirados por ‘pérdida de confianza’, en mi opinión, no se está cumpliendo con la finalidad de la ATU, muy aparte del grado de idoneidad de los actuales funcionarios”, consideró.
Además, sostuvo que sacar una norma donde el único cambio sea este, no parece razonable y no se ajustan a las buenas prácticas legislativas. Diferente hubiera sido, agregó Toyama, si esta causal hubiera estado desde un inicio en el ROF, cuando se crea la ATU en 2019, y no estuviera dirigido a ninguna persona en particular.
“Si se tratase de una norma abstracta, sin nombre propio, pensada para mediano y largo plazo, puede ser. Pero lo que aparentemente pasa aquí es que a los días de aprobarse esta nueva causal se procedería a retirar a personas por este motivo. Se trata de una actitud arbitraria y con nombre propio. No puede hacerse un cambio legal para remover expresamente a alguien”, dijo el experto.
Toyama resaltó también que si en los siguientes días se concreta efectivamente la salida de personas por la referida causal de confianza estas podrían llevar a cabo una demanda y reclamar una indemnización por daños y perjuicios. “Creo que el Estado tiene el deber de decir cuál es el sustento de esta medida”, añadió.
¿Cuál sería el propósito de esta medida?
Para Franklin Barreto, exjefe de investigación de accidentes de tránsito de la PNP, la aprobación de este decreto supremo no es nada conveniente, en principio, porque al tratarse la ATU de un organismo técnico, la designación de sus integrantes y otras decisiones tienen que estar relacionadas a condiciones técnicas y no del simple hecho de tener la confianza o no de la autoridad proponente.
“Acá se tienen que tomar decisiones completamente técnicas, más allá de cualquier opinión o posición política que pudiera haber. Todo debe estar encaminado a buscar mejorar el sistema de transporte”, opinó.
Por tal motivo, Barreto cree que al agregar la causal de ‘pérdida de confianza’ para la remoción de altas autoridades de la ATU se pretende contar con una herramienta idónea para retirar a alguien que tenga una posición incómoda o no se alinee a la posición del Gobierno. Destacó que no debería existir este tipo de situaciones.
“En otros casos hay causales por faltas graves, por hacer algo que no está establecido, que es diferente, pues con un procedimiento administrativo se le remueve. Sin embargo, desde el momento que existe una causal tan genérica como la confianza definitivamente se presta a suspicacias de todo tipo. Es como decir ‘no me gusta como piensas y no está alineado’”, comentó.
Por otro lado, el especialista dejó en claro que lo que realmente está fallando en la ATU y otras instituciones es el tema técnico. Consideró que las personas que están actualmente en cargos altos tienen un conocimiento muy limitado de los problemas, pese a que todo ya está diagnosticado. Piensan que se puede solucionar todo tocando un simple punto, como, por ejemplo, empadronar a los colectiveros, lo que es un desconocimiento del tema.
“He visto que la ATU se preocupa mucho en otras cosas y no en lo que es urgente, como los corredores, el transporte público. Entonces, posiblemente se entienda que se debe cambiar el rumbo, pero no creo que a través de medidas como la que se ha aprobado sea lo mejor, pues quienes conforman la ATU finalmente se entiende que son personas con conocimiento técnico, que puedan aportar soluciones para el tema del transporte”, señaló.
Por su parte, Patricia Alata, directora técnica de ‘Lima Cómo Vamos’, indicó a este Diario que la aprobación de este decreto supremo iría en contra de las intenciones con las que ha sido generado el Consejo Directivo de la ATU, las cuales van dirigidas a que sea un espacio, un órgano técnico, que perdure en el tiempo, a fin de sentar las bases necesarias para procesos largos requeridos en el tema del transporte.
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“Meter esta cláusula podría generar que haya procesos de rotación muy constantes y es algo al que hay que estar atentos. Es un retroceso a los avances de los últimos años. Hay otros elementos por los que debería apostarse para el fortalecimiento de la ATU y que no guarda relación a quiénes conforman el Consejo Directivo”, dijo.
Alata mencionó también que, si bien el Congreso no necesita de alguna medida del MTC para poder, si en caso esa fuese su intención, dar un paso para buscar la formalización de taxis colectivos en Lima y Callao, sí puede aprovechar este contexto. De repente, a través de un cambio en la ley, algo que podría darse sin mayor reparo, agregó.
“Decisiones de este tipo abren puertas para que los colectiveros formen parte del transporte público formal y esa es una forma de debilitar a los rostros que conforman la ATU. Asimismo, las distintas medidas que puede estar tomando el organismo corren el riesgo de verse como débiles. Esperemos que este cambio no tenga que ver con estos intereses”, opinó.
Los otros dos intentos para frenar reforma del transporte
Pese al desorden y el caos en el transporte al que contribuyen en gran medida los autos colectivos, en los últimos días se han originado dos iniciativas tanto en el Congreso como en la Municipalidad de Lima que buscarían prolongar el tiempo de vida de estos vehículos.
El último viernes, el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, anunció el inicio del empadronamiento de colectiveros que circulan por las vías de la capital, a cargo de la Policía Nacional. Como parte de una primera etapa, agregó, esta acción se viene llevando a cabo en la avenida Arequipa.
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El burgomaestre explicó que la medida tomada por la Municipalidad de Lima responde a la suspensión temporal de las rutas 101 y 107 del corredor amarillo, que originará que miles de usuarios opten por abordar colectivos. “No es mi culpa (que empadronar a colectiveros sea peligroso). Yo estoy reaccionando a un problema que es de la ATU”, expresó.
En tanto, el congresista Segundo Montalvo, de la bancada de Perú Libre, presentó un proyecto de ley para formalizar el servicio de autos colectivos en Lima Metropolitana y el Callao. Se trata de la iniciativa legislativa N° 04909/2022-CR.
La propuesta, suscrita también por otros parlamentarios de la misma bancada, busca modificar la sexta disposición complementaria de la Ley N° 31096, norma que precisa los alcances de la Ley N° 28972, que establece la formalización del transporte terrestre de pasajeros en automóviles colectivos a nivel nacional, a excepción de Lima Metropolitana y el Callao.
En ese sentido, con dicha iniciativa se propone que los transportistas de las unidades de clasificación vehicular M1 y M2 sean autorizados para brindar el servicio de colectivo sin distinción alguna, es decir, incluyendo Lima y Callao.
Expertos han coincido que ambas medidas buscarían convertir al servicio de colectivo en un sistema formal, debilitando de esta manera a los corredores complementarios. Los buses de este medio de transporte se someten cada día a una competencia desleal contra los autos colectivos en rutas donde, de acuerdo al contrato de concesión, no debería haber ningún tipo de servicio informal.