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JNJ inicia proceso de vacancia contra su presidente Gino Ríos: ¿qué dice la ley y qué viene ahora?
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El organismo encargado de seleccionar, nombrar y ratificar a jueces y fiscales del país, la Junta Nacional de Justicia (JNJ), inició un proceso de vacancia contra su propio presidente, Gino Ríos Patio, por contar con una sentencia consentida por violencia familiar.
La medida fue formalizada mediante una resolución fechada el 19 de agosto, a la que accedió El Comercio. Con esta se admite a trámite un grupo de solicitudes de vacancia presentadas por congresistas, organizaciones no gubernamentales a favor de los derechos de la mujer y otras instituciones.
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Héctor Villalobos analiza a fondo los hechos políticos que definen la agenda, cada miércoles.
Ya en julio pasado, este Diario reveló que al interior de la JNJ se iniciaron acciones tras conocerse la sentencia contra su presidente.
El caso marca un nuevo capítulo en la compleja situación institucional que atraviesa la JNJ. En abril pasado, otro de sus integrantes, Rafael Ruiz Hidalgo, fue vacado tras denunciarse que ocultó una condena por prevaricato, pese a que en su defensa alegó que el delito ya había prescrito.
Ríos tampoco mencionó su sentencia por violencia familiar durante la entrevista que sostuvo con la comisión especial encargada de elegir a los miembros de la JNJ en octubre de 2024.

El origen del caso
El 20 de julio pasado, el programa “Cuarto Poder” reveló que Ríos fue condenado en 2008 por el Primer Juzgado Transitorio Especializado de Familia de La Molina y Cieneguilla en un proceso por violencia familiar.
Cuatro días después, el propio Ríos reconoció públicamente la existencia de esa sentencia. No obstante, sostuvo que no se trataba de una condena penal ni configuraba una causal de vacancia en su cargo.
Según su versión, el fallo fue emitido en el marco de un proceso de divorcio y correspondía a un caso de “violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico”. Afirmó que contó con fundamentos para apelar, pero decidió no hacerlo porque, en sus palabras, buscó “retomar la armonía familiar”.
El caso se remonta al 2007, cuando la entonces esposa del actual presidente de la JNJ lo denunció en la Comisaría de Santa Felicia, en La Molina.
En junio de ese año se recogió oficialmente la declaración de la denunciante y, en octubre, la del propio Ríos, quien en ese momento se desempeñaba como procurador público. Tras evaluar las diligencias iniciales, la Policía Nacional derivó el caso al Ministerio Público, que en enero de 2008 dispuso medidas de protección a favor de la víctima, a fin de salvaguardar su integridad emocional.
Dos meses después, en marzo, la fiscal Milagros Mora Balarezo presentó una demanda contra Ríos. El proceso judicial, sin embargo, se prolongó por más de dos años. Recién el 20 de mayo de 2011 se emitió sentencia.
En su fallo - al que accedió El Comercio recientemente - el juez Lorenzo Barturén concluyó que había quedado “acreditado” el daño psicológico y que existía “convicción” sobre el maltrato ejercido por Ríos.
El trámite

Tras la emisión del reportaje, la Secretaría General de la JNJ recibió diversas solicitudes de vacancia contra Ríos. La primera fue presentada el 21 de julio por los congresistas Héctor Acuña (Honor y Democracia) y Susel Paredes (Bloque Democrático Popular). Ellos plantearon tres medidas concretas: inicio del procedimiento de vacancia, declaración de la vacancia y separación inmediata del cargo.
Poco después, las congresistas Ruth Luque (Bloque Democrático Popular) y Flor Pablo (no agrupada) también solicitaron la vacancia. A ellas se sumaron pedidos similares del Frente Unitario de los Pueblos del Perú, el Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, el Movimiento Manuela Ramos, el Instituto de Defensa Legal (IDL) y otras instituciones.
Las solicitudes destacaron que la Ley Orgánica de la JNJ detalla los impedimentos para integrar la institución; entre ellos, haber sido condenado por delito doloso, incluyendo violencia contra la mujer o integrantes del grupo familiar.
El artículo 18 de la citada ley señala las causales de vacancia, entre ellas la existencia de una sentencia firme por violencia familiar.
La vicepresidenta de la JNJ, María Teresa Cabrera, asumió la conducción del caso y ordenó requerir al Poder Judicial (PJ) la remisión de copias certificadas del expediente contra Ríos, como contó este Diario.
El PJ remitió el expediente N.º 00310-2008 el pasado 12 de agosto. Luego, el 15 de agosto, la JNJ requirió que se le informe si Ríos cuenta con sentencia condenatoria.
Procedimiento
La resolución emitida el 19 de agosto oficializa el inicio del proceso de vacancia y ordena notificar a Ríos para que, en un plazo de cinco días hábiles, presente sus descargos y pruebas.
El documento también precisa que “oportunamente se evaluará” la solicitud de suspenderlo de manera inmediata mientras dure el procedimiento.
Cumplido el plazo para los descargos, la vicepresidenta de la JNJ deberá convocar, en un máximo de cinco días hábiles, a una audiencia pública para la vista de la causa.
En la audiencia se expondrán las imputaciones y la defensa de Ríos. Luego, el pleno se reunirá para tomar una decisión. En esa cita, Ríos no podrá participar.
Para declarar la vacancia del cargo de un miembro se requiere de cinco votos; es decir, los dos tercios del número legal de miembros de la JNJ.
Contra la resolución que declara la vacancia solo cabe presentar un recurso de reconsideración, el cual debe interponerse en un plazo máximo de cinco días hábiles. El pleno tiene un plazo no mayor de 15 días hábiles para resolverlo.
Posturas
Para el abogado penalista Gilmar Andía, el procedimiento de vacancia “no debió haberse iniciado”. Según explicó, el propio reglamento de la JNJ establece que la vacancia se declara de manera directa, sin necesidad de proceso previo, cuando existe una sentencia firme por violencia contra la mujer o contra integrantes del grupo familiar.
“Por cómo están iniciando; es decir, realizando un procedimiento donde no debería haber, creo que van a desestimar el pedido de vacancia”, estimó Andía.
No obstante, el abogado penalista Andy Carrión señaló que será la JNJ la que defina si la conducta atribuida a Ríos debe considerarse un delito doloso o si, por el contrario, en la época en que ocurrió, se trató únicamente de una causal de divorcio.
“Es problemático afirmar desde ahora que se trató de un delito doloso. Esa es, precisamente, la cuestión que deberá resolverse en este procedimiento”, señaló a este Diario.
La legisladora Flor Pablo señaló en diálogo con Canal N que Ríos “nunca debió haber sido miembro de la junta, y menos presidente de esta, porque no cumplía con la idoneidad moral que señala el propio reglamento”.










