Corte Suprema analizará en audiencia pública un recurso vinculado al proceso seguido contra Keiko Fujimori.  (Foto: Archivo El Comercio)
Corte Suprema analizará en audiencia pública un recurso vinculado al proceso seguido contra Keiko Fujimori. (Foto: Archivo El Comercio)
Karem Barboza Quiroz

La analizó este viernes el recurso de casación que presentó el Equipo Especial Lava Jato contra la decisión de la Sala Superior Nacional que admitió la apelación de la defensa de y anuló su prisión preventiva el 31 de abril del 2020 en el Culminado el debate, tribunal dará a conocer su decisión el jueves 23 de junio, a las 08:15 de la mañana.

Según la resolución a la que accedió El Comercio, el tribunal supremo aceptó uno de los dos pedidos del Ministerio Público y rechazó evaluar los argumentos de la defensa de la lideresa de Fuerza Popular.

El recurso de casación es un instrumento legal usado a fin de resolver controversias respecto a la aplicación de una norma o desarrollar doctrina jurisprudencial.

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¿Qué se analizará?

En este caso, los jueces supremos consideran necesario desarrollar doctrina jurisprudencial nacional “a fin de establecer desde cuándo debe computarse el plazo de tres días que prevé el inciso 1 del artículo 278 del Código Procesal Penal”. Planteamiento propuesto por la fiscalía.

En el 2020, la Fiscalía cuestionó que la defensa de la excandidata presidencial de Fuerza Popular tenía hasta el 31 de enero para apelar la prisión de 15 meses que se le impuso, sin embargo, el recurso fue interpuesto el 3 de febrero.

Y es que, para el MP, el recurso de apelación contra la prisión de Keiko Fujimori nunca debió ser admitido por la Sala Superior porque se presentó fuera del plazo. La fiscalía señala que la ley establece tres días (Artículo 278 del ) ; sin embargo la Sala que liberó a la excandidata presidencial consideró que sería de cinco días (Artículo 405 del Código Procesal Penal) para aceptar una apelación.

“En ese entender, concluimos que los agravios denunciados tienen sustento suficiente para emitir un pronunciamiento de fondo, en los términos expuestos ello con relación a las causales previstas en los incisos 1 y 22 del artículo 429 del Código Procesal Penal, de modo que corresponde declarar bien concedido el recurso propuesto”, indicaron.

Equipo Especial había cuestionado la decisión del Poder Judicial que dispuso excarcelación de Keiko Fujimori (Foto: Andina)
Equipo Especial había cuestionado la decisión del Poder Judicial que dispuso excarcelación de Keiko Fujimori (Foto: Andina)

Argumentos rechazados

En la misma resolución, la Corte Suprema rechazó el pedido de la fiscalía para que se analice la decisión de la Sala Superior Nacional por no cumplir con notificarles los fundamentos del recurso de apelación de la defensa de Fujimori, además por llevar la audiencia a cabo y emitir una resolución genérica.

También rechazó los argumentos de la defensa de Fujimori Higuchi que propuso, entre otros temas, definir si “la existencia de un determinado hecho generador de activos debe conducir a la idea de que sí o sí se trata de dinero de origen ilícito que necesita ser lavado” y “la idoneidad del testigo impropio como objeto material del delito de obstaculización de la justicia”.

Al respecto, la Corte Suprema resolvió que no existen suficientes razones para unificar interpretaciones contradictorias respecto a la configuración de la gravedad de la pena como presupuesto de la prisión preventiva, los estándares de valoración de las sospechas suficientes y, por otro lado, la configuración del delito de lavado de activos.

“No expusieron de forma clara y puntual las razones que justificarían el desarrollo jurisprudencial solicitado ni precisaron la incidencia favorable del desarrollo jurisprudencial requerido y la ayuda que prestaría ello a la actividad judicial nacional”, concluyeron.

LEE AQUÍ LA RESOLUCIÓN DE LA CORTE SUPREMA



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