El vacado expresidente Pedro Castillo viene cuestionando en la vía judicial la prisión preventiva que se le dictó por los presuntos delitos de corrupción y crimen organizado. Además, insiste en ser liberado pues considera que su detención por el golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022 no se ajustó al proceso establecido.
Desde que decidió ir en contra del orden constitucional, tribunales del Poder Judicial le han reiterado en diversos recursos que no existe, a la fecha, indicios de vulneración de sus derechos.
Castillo no ha sido el único que ha venido cuestionando su vacancia, detención y prisión preventiva. Recursos paralelos de terceras personas se han tramitado en el sistema de justicia y seis de ellos ya lograron llegar al Tribunal Constitucional (TC) hasta la fecha, según la lista obtenida por El Comercio.
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La norma, cabe precisar, permite que terceras personas, sin necesidad de ser sus abogados acreditados, interpongan recursos a favor del exmandatario.
De los recursos, vinculados a procesos de hábeas corpus, cuatro de ellos serán vistos por el Pleno del TC y los otros dos en respectivas salas (integradas por tres tribunos). Hasta el momento, ninguna de las causas tiene fecha de vista.
¿Quiénes han presentado los recursos?
Los recursos han sido interpuestos por un profesor de la Federación Nacional de Trabajadores en la Educación del Perú (Fenate Perú), gremio fundado por Pedro Castillo cuando era dirigente sindical, amigos del otrora gobernante, abogados y excandidatos al Congreso, entre otros.
Uno de ellos es un personaje ya conocido. Se trata de Brangil Juan Mateo Blas, amigo del expresidente y profesor adherido a Fenate.
En el 2017, cuando el ex jefe del Estado encabezó una huelga nacional del magisterio, Mateo Blas fue el dirigente de las protestas en Huancayo.
En mayo del 2022, cuando Castillo Terrones tenía diez meses en la presidencia de la República, nombró a su amigo Brangil Mateo en el cargo de prefecto regional de Junín a través de la resolución Nº 098-2022-IN.
El cargo no le duró mucho después del golpe de Estado de su colega profesor.
Por ello, emprendió una demanda de hábeas corpus ante la Corte de Justicia de Junín cuestionando la detención de Castillo Terrones, horas después de haber anunciado el cierre del Congreso y la toma del Poder Judicial y el Ministerio Público.
“Los argumentos de la demanda constitucional de hábeas corpus presentada a favor del ciudadano José Pedro Castillo Terrones -por la presunta vulneración del derecho a la libertad-, que aquel habría sido detenido arbitrariamente por su escolta, por orden del jefe de Seguridad del Estado y dirigido por la Fiscal de la Nación, aduciéndose que se encontraría en flagrancia de los presuntos delitos de rebelión, conspiración, abuso de autoridad e infracción a la Constitución Política del Perú, hecho acaecido el 07 de diciembre de 2022, a las 1:42 de la tarde, siendo trasladado a la Prefectura de Lima donde se encontraría privado de su libertad arbitrariamente”, indica la resolución obtenida por este Diario.
Sin embargo, su recurso en primera y segunda instancia fue declarado “improcedente” por los jueces de Junín.
“Esta Sala Superior advierte que la detención del beneficiario se produjo en la ciudad de Lima y que se encuentra detenido en dicha ciudad, en ese sentido, es el Juez Constitucional de la ciudad de Lima el competente territorialmente para avocarse al conocimiento y resolver una demanda de habeas corpus por los hechos descritos en la demanda, no siendo de recibo los argumentos del apelante”, declaró la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Huancayo.
Ante el rechazo de su demanda, Mateo Blas interpuso un recurso de “agravio constitucional” a fin de que el caso sea remitido al TC.
En enero del 2023, la Sala Superior declaró fundado dicho recurso y envió el expediente ante la máxima instancia de la interpretación constitucional. El caso llegó al TC el 27 de febrero y hasta el momento se encuentra pendiente.
Otro de los recursos fue interpuesto por el abogado Jesús Alvaro Linares Cornejo, quien fue militante del Partido Nacionalista desde el 2015 hasta setiembre del 2021.
Además, fue candidato al Congreso en las elecciones generales del 2021 por el Partido Frente de La Esperanza 2021, pero no tuvo suerte.
Sus coloridos argumentos apuntaron a cuestionar a los órganos de justicia, al Congreso y al mismo expresidente al que busca beneficiar.
“Que, está acreditado y probado el fraude en el concurso a la Junta Nacional de Justicia, en adelante, JNJ-, y que el expresidente Pedro Castillo, por más delincuente y golpista que sea, no goza del trato igualitario, pues los delitos imputados a él, ejecutados verbalmente Mensaje a la Nación (del Golpe de Estado), en dos minutos, sin ningún decreto supremo y haber ejecutado en lo mínimo, fue suficiente, para encarcelarlo y destituirlo al cargo”
Jesús Linares
Sus argumentos tampoco fueron acogidos por el juzgado y la sala superior que rechazaron el pedido de Linares Cornejo para disponer la libertad inmediata de Castillo.
El abogado solicitó que el caso sea enviado al Tribunal Constitución y así lo admitió la Tercera Sala Constitucional de Lima que derivó el expediente el 22 de marzo del 2023.
Otras personas se han identificado como Sara Adelina Toledo Oberti, Rocio Margot Calderón Contreras y Alejandro Zoilo Ríos Pallesa.
Este último, ha venido pronunciándose a través de su red social de Facebook a favor de la libertad de Castillo.
Además, sus expresiones son en contra del Gobierno de Dina Boluarte y a favor de las manifestaciones, calificándolas como “el pueblo en insurgencia”.
Proceso acumulado en el PJ
Respecto a los recursos constitucionales interpuestos por Pedro Castillo, en marzo, el Décimo Juzgado Constitucional de Lima dispuso acumular todos los expedientes a fin de resolverlos en un solo proceso.
Se encontraba en trámite una demanda constitucional interpuesta por su exabogado Raúl Noblecilla, tras la detención del expresidente debido al golpe de Estado.
Además, Castillo interpuso un recurso ante el Quinto Juzgado Constitucional de Lima contra la Procuraduría Pública del Congreso solicitando su inmediata excarcelación.
“Se advierte de ambos procesos, que tienen un petitorio similar en cuanto al pedido de anulación de la resoluciones del Congreso anotadas, siendo que en el segundo se adiciona en el petitorio la anulación de la resolución judicial acotada, solicitando además la inmediata excarcelación del beneficiario”, indicó el juez Iván Cabrera.
Estos seguirán su curso en el Poder Judicial hasta su resolución. Luego, recién podrían pasar al Tribunal Constitucional si así lo solicita Castillo Terrones o su defensa.