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Caso “Mochasueldos”: ¿Por qué el PJ ordenó levantar el secreto bancario del congresista Luis Cordero Jon Tay?
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El Poder Judicial (PJ) ordenó el levantamiento del secreto bancario contra el congresista Luis Cordero Jon Tay (Alianza Para el Progreso) en el marco de la investigación que se le sigue por el caso “Mochasueldos”.
El legislador es investigado junto al ex servidor parlamentario Braden Alexander Paredes Calla y su pareja Faviola Maribel Torres García, por el presunto delito contra la administración pública en la modalidad concusión.
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Héctor Villalobos analiza a fondo los hechos políticos que definen la agenda, cada miércoles.
De acuerdo a la resolución judicial a la que accedió El Comercio, la medida abarcará desde el 1 de septiembre de 2021 al 31 de enero de 2022.
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De esta manera, se declaró fundado el requerimiento de la Fiscalía de la Nación solicitado a través del Área de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales.
“Disponer que las entidades bancarias procedan al Levantamiento del Secreto Bancario de Luis Gustavo Cordero Jon Tay; Braden Alexander Paredes Calla y Faviola Maribel Torres García, y cumplan con remitir las información requerida por la fiscalía, por el periodo correspondiente del 01 de septiembre de 2021 al 31 de enero de 2022.”
Juan Carlos Checkley, juez supremo de Investigación Preparatoria
La defensa de Cordero Jon Tay se había opuesto a la medida, alegando que no había elementos para sustentarla.
Además, señaló que la fiscalía había realizado el requerimiento fuera de plazo. Incluso, el parlamentario de APP, a través de su defensa, ha interpuesto un recurso de control de plazo alegando que su investigación venció en junio pasado; por lo que el juzgado evaluará el pedido el próximo 2 de octubre.

¿Cuáles son los hechos por los que Luis Cordero es investigado?
En enero del 2025, la Fiscalía de la Nación inició diligencias preliminares, por 60 días, contra Luis Gustavo Cordero Jon Tay como presunto autor del delito contra la administración pública en la modalidad de concusión.
De acuerdo a las pesquisas, a mediados del año 2021, Rafael Aurelio Cabrejos Vela, quien se encontraba atravesando problemas familiares y financieros recibió una propuesta por parte del entonces servidor parlamentario Braden Alexander Paredes Calla -vinculado a Cordero- para laborar en el Congreso de la República.

Según la fiscalía, dentro de la propuesta se le indicó que había que pagar un “derecho de piso”, dado que estos cargos eran reservados para las personas que apoyaban en la campaña de manera laboral o económica.
Por ello le mencionó que a cambio del puesto, debía pagar un monto mensual de S/2 mil.
Si bien, Cabrejos Vela se negó inicialmente, terminó por aceptar ya que le ofrecían beneficios laborales que podrían ayudar a su problema familiar.
Es así que, el día 21 de septiembre de 2021 ingresó a laborar al despacho del congresista Cordero Jon Tay en el cargo de Técnico nivel ST – 6. Con ello, a los pocos días, pudo hacer uso de su seguro de salud.
“El recurrente prestó sus servicios en el despacho del congresista Luis Gustavo Cordero Jon Tay hasta el 20 de enero de 2022, pues días antes, el día 5 de enero del 2022 el congresista Luis Gustavo Cordero Jon Tay le escribió un mensaje agradeciéndole por sus servicios prestados y que ya no continuaría laborando en su despacho, dejándolo en el trabajo hasta el día 20 de enero del 2022 fecha en que sería reemplazado por Roxana María Gonzales.”
Fiscalía de la Nación
En enero del 2022, de acuerdo a la fiscalía, el congresista Cordero Jon Tay le informó a Cabrejos Vela que ya no continuaría laborando en su despacho.
No obstante, el 7 de febrero del 2022, Cabrejos fue contratado para desempeñar el cargo de asesor nivel SP 8 — en la Comisión Multidisciplinaria de Análisis, Seguimiento, Coordinación y Formulación de Propuestas para el Proyecto Binacional Puyango Tumbes, en el despacho de la entonces congresista María del Pilar Cordero Jon Tay, bajo “las mismas condiciones” con las que había aceptado el puesto anterior.
Defensa de Cordero Jon Tay señaló que no había elementos que lo vinculen a los hechos
En el requerimiento para que se levante el secreto bancario del congresista Luis Cordero Jon Tay y de sus co-investigados, la fiscalía de la Nación señaló que existían los elementos necesarios para declarar procedente la medida.
El fiscal Luis Felipe Zapata Gonzáles, indicó que se corrobora la contratación de Rafael Aurelio Cabrejos Vela en el despacho parlamentario.
Además, se presentó la declaración testimonial de Giovana Grieve Soto, que confirma la concurrencia de Braden Paredes Calla al despacho durante el periodo señalado.
Otro elemento son las declaraciones de Cabrejos Vela, quien confirmó que entregó en tres oportunidades la suma de S/2 mil mensuales, dos veces en efectivo a Paredes Calla y una transferencia bancaria a la cuenta de Faviola Torres García -esposa de Paredes-. Esto fue corroborado mediante la revisión de los estados de cuenta y movimientos financieros.

Por su parte, el abogado Juan Mallqui La Barrera, defensa legal del parlamentario, cuestionó el pedido de levantamiento del secreto bancario al señalar que no existen los indicios sólidos.
Por tanto, aseguró que los elementos presentados por la fiscalía “resultan insuficientes” para vincular a su patrocinado con la presunta comisión del delito de concusión.
Puntualizó que la declaración de la testigo Giovana Emidia Grieve Soto solo acredita el conocimiento personal entre las partes, y no aporta elemento objetivo que sustente la presunta exigencia o recepción de sumas de dinero.
El abogado indicó que no existen elementos indiciarios concretos que corroboren el destino y la naturaleza de los retiros bancarios señalados, así como la carencia de soporte probatorio en cuanto a la presunta transferencia de dinero hacia su patrocinado o terceros vinculados con él; en cuanto a las comunicaciones telefónicas, las calificó de parciales y descontextualizadas, toda vez que se limita a un solo registro entre cientos de comunicaciones habituales con funcionarios que desempeñan labores conjuntas, e imposibilita inferir cualquier conducta ilícita.
Juan Mallqui La Barrera,
El abogado sostuvo que la medida era desproporcionada e innecesaria, puesto que existían otros mecanismos alternativos como la solicitud de información bancaria sobre terceros directamente implicados.
Finalmente, alegó que fiscalía solicitó la medida fuera del plazo legal para la investigación preliminar —asegurando que la misma venció el 23 de junio del 2025—, y la presentación del requerimiento fue el 16 de julio.
La defensa de Paredes Calla no se opuso al pedido de la fiscalía, señalando que buscaba el esclarecimiento de los hechos. Mientras que la defensa de Torres García no se presentó pese a que fue notificada.

Tras escuchar los argumentos de las partes, el juez supremo Juan Carlos Checkley, precisó que, de acuerdo al pedido fiscal, resulta indispensable el levantamiento del secreto bancario, en atención a las declaraciones y constancias de retiro y transferencia proporcionadas por el investigado Cabrejos Vela.
En consecuencia, consideró que se busca obtener información de las operaciones financieras y bancarias de los afectados que los vincularían con los hechos materia de investigación.
“La tesis fiscal sostiene la presunta entrega de beneficios monetarios en favor del parlamentario Cordero Jon Tay, en su condición de Congresista de la República, por parte del ex trabajador de dicho despacho Cabrejos Vela (técnico nivel ST-6), mediando en dicha actividad el investigado Paredes Calla, así como la utilización de la cuenta bancaria de Torres García, esposa de Paredes Calla;por el periodo comprendido entre el 01/09/2021 al 31/01/2022.”
Juan Carlos Checkley, juez supremo
Por tanto, el magistrado enfatizó que los elementos presentados sí son suficientes y sostienen la imposición de la medida.
Sumado a ello, indicó el juez, la medida es idónea y necesaria puesto que permite obtemer los datos exactos de las operaciones financieras, bancarias y en el mercado de valores.
“Como es de verse de lo señalado en la audiencia, debe resaltarse que de las constancias de retiro de dinero por la suma de S/2,000 soles que adjuntó el investigado Cabrejos Vela así como la transferencia a la cuenta de Torres García, se debe verificar si efectivamente se realizaron a dicha cuenta y a su vez le fueran entregadas las cantidades señaladas al investigado Cordero Jon Tay, por lo que es necesaria la medida para efectos de corroborar lo dicho en declaraciones tanto de los afectados como del denunciante y testigo.”
Juan Carlos Checkley, juez supremo
Por ello, declaró fundado el requerimiento fiscal y ordenó a la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP que requiera a las entidades bancarias y financieras a nivel nacional entreguen información a la Fiscalía de la Nación al periodo correspondiente del 1 de septiembre de 2021 al 31 de enero de 2022.
Dicha información deberá contener titularidad de cuentas bancarias, estados de cuenta, informe de operaciones, transferencias bancarias (inter-bancos, inter-cuentas, a cuenta propia), origen y el destino de las transferencias, movimientos de cuentas (activas y pasivas), origen y destino de los movimientos, transferencias y remesas de fondos locales; asimismo la transferencia al extranjero vía Swift, internet u otros, usando cuentas y sin uso de las cuentas, etc.












