La Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima concedió una medida cautelar a favor de los siete magistrados de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), ordenando así suspender el proceso que se había iniciado en su contra para su remoción al interior del Congreso.
La decisión se plasmó en la Resolución N°2, suscrita por los jueces superiores Néstor Paredes Flores, José Velarde Acosta e Iván Cabrera Giurisich, la misma que ha sido cursada y notificada esta misma tarde al Parlamento Nacional, que tenía previsto decidir mañana el futuro de la JNJ.
“Aun cuando se pudiera asumir la posición que existen algunos actos emitidos por el Congreso que no pueden ser judicializados (…) debe quedar claro que esto no excluye los casos cuando un Parlamento (es decir un acto político, como puede ser dentro de las comisiones investigadoras u otras), interviene de manera directa los derechos fundamentales de las personas a las que someten”, se lee en la resolución.
Así, la sala dispone conceder en parte la medida cautelar y “suspender provisionalmente todos los efectos de la imputación de cargos” que la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso formuló a los integrantes de la junta, como parte de la investigación sumaria.
Esto, se precisa, “tendrá vigencia hasta que se resuelva el proceso principal y sin prejuicio de las investigaciones o procedimientos parlamentarios que sobre aquellos recaen en la actualidad o puedan recaer en el futuro”.
Tras conocerse esta decisión, el presidente del Congreso, Alejandro Soto, emitió un pronunciamiento rechazando la misma. “El equilibrio de poderes y la rendición de cuentas son pilares fundamentales para la democracia”, indicó.
ESCENARIOS EN EL CONGRESO
Para este miércoles 8 de noviembre se había convocado a una sesión de pleno a fin de escuchar los descargos de los miembros de la JNJ y abordar el informe final de la Comisión de Justicia que propone la remoción de sus miembros por presunta falta grave.
Especialistas consultados por El Comercio advierten que con esta resolución se estaría afectando la independencia del Congreso, pues el Tribunal Constitucional ya se había pronunciado en febrero pasado sobre procesos de amparo por la designación del defensor del Pueblo y la reforma de la Sunedu.
“Esta resolución de la sala es una intromisión en las funciones del Congreso de la República y viola la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que ha señalado que no puede el Poder Judicial entrometerse en las funciones del Congreso”, dijo a este Diario el constitucionalista Alejandro Rospigliosi.
Sin embargo, ciertamente hay opiniones divididas sobre lo que ocurriría este miércoles. Para Rospigliosi, por ejemplo, lo que corresponde a partir de ahora es al procurador del Congreso apelar esta decisión ante la Corte Suprema; y “en tanto no se deje sin efecto esta medida cautelar, el Congreso no podría votar el informe”.
Opinión distinta tiene el exoficial mayor del Congreso José Cevasco, quien advirtió que, con el antecedente establecido por el TC, el Congreso bien podría continuar con el procedimiento. “Ya el máximo órgano interpretativo de la Constitución estableció un límite de las competencias de ambos poderes, hay que respetarlo”, remarcó.
Agregó que cuando no se contaba con la demanda competencial, la Junta de Portavoces se reunía y tomaba una decisión al respecto. “En este caso, el presidente del Congreso liminarmente podría tomar conocimiento y dejar el tema a un costado; salvo que prefiera llevarlo a la Junta de Portavoces. Porque el Congreso ya tiene la sentencia del TC”, aseveró.
En tanto, a través de su cuenta de X, la exministra de Justicia Ana Neyra refirió que “el Congreso debe cumplir medida cautelar” y suspender los efectos de la imputación realizada por la Comisión de Justicia.