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César Acuña y su presunta infracción a la ley electoral que fiscaliza el JEE: ¿cuáles son los límites de neutralidad y propaganda?
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El Jurado Electoral Especial (JEE) de Chiclayo fiscaliza una presunta infracción al principio de neutralidad política del gobernador regional de La Libertad, César Acuña. El motivo es su participación en un evento proselitista organizado por su partido, Alianza para el Progreso (APP), el pasado 12 de julio en Piura, en el que se impulsó abiertamente su candidatura presidencial de cara a las elecciones generales de 2026.
La actividad se realizó en el “Fundo Stewart” y congregó principalmente a jóvenes militantes de APP. Acuña asistió en su calidad de líder político sin dejar de ser, formalmente, una autoridad en funciones.
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Según el informe elaborado por Vladimir Chilquillo, coordinador de fiscalización del JEE de Chiclayo, el líder de APP “habría infringido el principio de neutralidad en periodo electoral, mediante la realización de propaganda y proselitismo político en favor de la organización política Alianza para el Progreso”.
En el documento se destaca que el artículo 346° de la Ley Orgánica de Elecciones prohíbe expresamente a cualquier autoridad política o pública “hacer propaganda a favor o campaña en contra de ninguna agrupación política o candidato”.
Además, el reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad establece que “es deber esencial de toda autoridad, funcionario o servidor público, independientemente de su régimen laboral, actuar con imparcialidad en el ejercicio de sus funciones, en el marco de un proceso electoral”.
ESTE ES EL INFORME:
La participación de Acuña en un evento donde se promovió su candidatura podría entrar en conflicto con este principio legal, dependiendo del contexto y de los detalles específicos de su intervención.
El fiscalizador Chilquillo recomendó que el informe pase a evaluación del pleno del JEE de Chiclayo, que deberá determinar si corresponde abrir un procedimiento sancionador o archivar el caso.
Nuevamente en la mira de la autoridad electoral
La actividad también tuvo como participante a Yessenia Lozano Millones, jefa del Centro de Modalidades Formativas del Congreso de la República. Su intervención es mencionada en otro informe elaborado por el mismo fiscalizador, donde se señala que Lozano también “habría infringido el principio de neutralidad en periodo electoral”.

Lozano no es nueva en el radar de las autoridades electorales. En un pronunciamiento reciente, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) concluyó que vulneró la neutralidad al exhibir en su oficina congresal una imagen de César Acuña junto al logo del partido APP.
Tantas veces APP
La intervención del JEE de Chiclayo ocurre en un contexto de reiteradas observaciones al accionar del partido APP. Solo en lo que va del 2025, las autoridades electorales han detectado al menos cinco casos de difusión de propaganda electoral prohibida en favor de ese partido y de César Acuña. Todos los hechos ocurrieron en el norte del país.
Las irregularidades están relacionadas principalmente con la aparición de pintas en muros de predios públicos y privados, en los que se difunde el nombre o la imagen del partido, sin contar con autorización del propietario o administrador del inmueble. Esto constituye una infracción según el reglamento de propaganda electoral vigente.

El personero legal de APP, Carlos Enrique Cabrera, ha informado al JEE de Chiclayo que la propaganda fue retirada por el partido. Sin embargo, en sus descargos, dejó constancia de que no se asume responsabilidad sobre la autoría de los mensajes publicitarios.
“No existe prueba alguna que confirme que el partido fue responsable de las pintas. El hecho de que la propaganda detectada esté relacionada con nuestra organización política, siendo catalogada como propaganda electoral, no significa que nosotros hayamos dispuesto que la misma se ejecute”, aseguró Cabrera en documentos enviados a la autoridad electoral.
Al filo de la ley
¿Hasta qué punto una autoridad en funciones puede participar de actividades partidarias sin vulnerar el principio de neutralidad?
Los especialistas en derecho electoral Julio Silva y Roy Mendoza coinciden en que, con base en la información pública disponible, César Acuña podría sostener que su participación en la actividad del sábado 12 de julio no transgrede expresamente las normas vigentes.
“Ese tipo de actos o situaciones de parte de autoridades normalmente se vinculan a posibles infracciones al deber de neutralidad. Sin embargo, la defensa de las autoridades va en el sentido de que las realizan fuera del horario laboral, por ejemplo, los fines de semana, o que han pedido licencia para ello”, explicó Silva.
Además, el reglamento de propaganda electoral establece dos condiciones para que una conducta sea considerada infracción en materia de neutralidad: la primera, que el acto se realice dentro de una actividad oficial o como ejercicio de una función pública; la segunda, que el funcionario invoque su condición como autoridad para beneficiarse políticamente.
Roy Mendoza añadió: “Acuña podría alegar que esas actividades no son oficiales. Solo en el caso de que sean oficiales y haya invocado su condición de gobernador podría configurar la falta”.
Este razonamiento también podría beneficiar a Yessenia Lozano. De acuerdo con Mendoza, “la funcionaria podría alegar que la actividad la realizó fuera de su horario laboral y que no está relacionada con su función” como jefa del Centro de Modalidades Formativas del Congreso de la República.
Con la carrera presidencial en ciernes, los límites entre la propaganda permitida, la promoción personal y la neutralidad de los funcionarios en ejercicio se volverán cada vez más relevantes.
Otros casos
En Lima, un informe de fiscalización electoral señala una presunta vulneración al principio de neutralidad por parte del regidor Renzo Reggiardo, a favor de Renovación Popular y Rafael López Aliaga.
De acuerdo con el informe, Reggiardo los habría beneficiado mediante declaraciones realizadas en dos eventos oficiales organizados por la Municipalidad Metropolitana de Lima.
En uno de ellos, durante la inauguración de una obra pública el pasado 27 de junio, señaló: “Yo creo que Rafael sería un presidente de lujo. [...] Qué mejor oportunidad para nuestro país que tengamos a un hombre con liderazgo, a un hombre que ejecuta, a un hombre que hace obra”
Otro informe de fiscalización concluye que López Aliaga “habría infringido el principio de neutralidad en periodo electoral”, por pintas y paneles a favor de su partido. No obstante, el alcalde ha respondido que no se cumplen las condiciones para considerar que ha cometido una infracción.










