

La Sala Especializada en Protección al Consumidor de Indecopi confirmó, en segunda instancia, una sanción total de 44.8 UIT (S/239.680) contra el Banco Internacional del Perú S. A. A. (Interbank), por haber afectado los saldos disponibles de sus usuarios y no brindar información oportuna sobre el incidente ocurrido el 4 de mayo del 2024.
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De acuerdo con Indecopi, Interbank debe responder por las fallas en sus sistemas que conllevaron a que miles de consumidores tengan inconvenientes cuando pretendían disponer de los saldos de sus cuentas bancarias.
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Si bien el banco señaló haber informado lo ocurrido a través de sus canales oficiales, la Sala determinó que la comunicación fue tardía, dado que recién se difundió alrededor de la 1:00 p. m., pese a que identificó las causas del incidente y definió el plan de acción respectivo aproximadamente a las 8:30 a. m. del 4 de mayo.
Es decir, el mensaje oficial y masivo llegó cerca de cinco horas después, incumpliendo el deber de brindar información clara, suficiente y de fácil acceso a los consumidores.
Además de la multa, la resolución ordena a Interbank implementar un Programa de Cumplimiento Normativo (compliance) para prevenir y gestionar futuras fallas operativas, con identificación de riesgos, implementación de buenas prácticas, mecanismos internos de control, auditorías independientes y capacitación al personal.
Asimismo, Interbank deberá rectificar cualquier inconsistencia en los saldos afectados y entregar al Indecopi un listado detallado de consumidores perjudicados, el monto involucrado y las acciones adoptadas. La autoridad verificará su cumplimiento mediante una muestra representativa.
Respecto a lo comunicado por Indecopi, Interbank señaló que el incidente ocurrido el 4 de mayo del 2024 afectó a un grupo reducido de clientes. “No se trató de una falla masiva. Fue solucionado y comunicado el mismo día utilizando nuestros canales de atención”, comunicó la entidad bancaria.
La compañía precisó, también, que ya cuentan con políticas y protocolos de actuación para estos casos.
De otro lado, Indecopi remarcó que con este pronunciamiento se agota la vía administrativa, al ser la segunda y última instancia.
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