La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). (Foto:  Diana Chávez / GEC)
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). (Foto: Diana Chávez / GEC)
/ DIANA CHAVEZ
Redacción EC

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP () aprobó diversas medidas dirigidas a mejorar el proceso de cobranza de los aportes obligatorios, cuyo pago está a cargo de los empleadores, con la finalidad de fortalecer la capacidad de las para recuperar los aportes impagos al Sistema Privado de (SPP).

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Entre las mejoras introducidas en la , publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, destaca la implementación de un sistema de gestión de cobranza de la deuda previsional por parte de las AFP, sujeto a condiciones mínimas.

Una de ellas es el establecimiento de estrategias de cobranza más flexibles, sobre la base de una evaluación del perfil de pago del empleador, lo cual implica un cambio en el enfoque actualmente vigente. Cabe indicar que estas entidades tendrán un plazo de ocho meses para la implementación de este sistema de gestión de cobranza.

Además, se establece un único plazo para que la AFP pueda interponer la demanda judicial de cobranza de aportes. Actualmente, la norma establece diferentes plazos para demandar a un deudor en función a la forma en que la AFP recibe la información de los aportes adeudados, generando que diariamente se interpongan demandas ante el Poder Judicial.

Con la modificación aprobada, se unificarán los plazos para propiciar el manejo de expedientes judiciales en función a un mayor volumen de deuda previsional, evitando así su atomización.

La norma precisa que el único medio para el pago de los aportes, ya sea obtenido a través de cobranza administrativa o a través de un proceso judicial, es el Portal de Recaudación AFPnet.

Por otro lado, se dispone la obligación por parte de las AFP de remitir información sobre empleadores morosos a Sunafil, de forma periódica para los fines de supervisión que podría necesitar la referida entidad.

Asimismo, se consolidan las disposiciones contenidas en Oficios Circulares, a fin de uniformizar en una sola normativa las definiciones referidas a la cobranza de aportes, tales como deuda presunta, deuda cierta, criterios para considerar negligencia, criterios para declarar inubicable a un empleador moroso, entre otros.

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