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A menos de tres meses para las elecciones generales, el Ministerio de Salud (Minsa) aprobó el protocolo con las medidas de seguridad para evitar contagios de COVID-19 durante las actividades de campaña.
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Carlos Medina, médico infectólogo de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, cree que las medidas son insuficientes, pues, pese a la prohibición de concentrar personas, “la población igual tiende a aglomerarse”.
“Lamentablemente, los municipios han demostrado durante la primera ola que no tienen la capacidad para asumir estas situaciones de inseguridad o controlar el aforo”, indica.
Para Patricia García, exministra de Salud, el protocolo no establece mayores novedades, pues las recomendaciones deberían ser cumplidas por los candidatos sin la necesidad de una directiva.
“Es exactamente lo mismo que se recomienda hace un año en esta pandemia. Es, más bien, irresponsable por parte de los candidatos, que deberían ser quienes den el ejemplo, que no sean capaces de seguir las recomendaciones”, señala.
La exministra agrega que “es un exceso que por cada cosa que se haga se necesite un protocolo. [...] Para mí, no es la crítica MINSA sobre porqué recién saca el protocolo, sino la barbaridad de que se tenga que sacar protocolo porque quienes comandarían el país aun ahora no saben, no entienden o no quieren seguir las recomendaciones para reducir riesgos. También me parece terrible que tengamos que recurrir a sanciones”.
1. Medidas de prevención y control
Según el documento publicado ayer por el Minsa, los partidos políticos deberán aplicar un distanciamiento físico de al menos dos metros entre las personas. Asimismo, se exhorta a evitar “en todo momento” el contacto físico “al saludar, despedirse u otros”.
Se recomiendan el lavado regular de las manos, así como el uso de mascarilla de manera “correcta y permanente” y escudo facial en espacios cerrados.
2. Priorización de la difusión virtual
Los partidos políticos y candidatos deben priorizar las actividades de campaña “virtuales, digitales o no presenciales” para dar a conocer “su plan de gobierno y los perfiles de sus candidatos y candidatas, al igual que realizar todo acto de comunicación partidaria, individual o colectiva”.
3. Reuniones presenciales
Durante el estado de emergencia, quedan suspendidas todas las actividades que impliquen “concentración o aglomeración de personas”.
En caso de que el partido se vea en la necesidad de realizar una actividad presencial, esta debe procurar contar únicamente con la presencia del candidato y del “equipo indispensable” para ello.
Se prohíben, además, el consumo de alimentos y bebidas durante las actividades proselitistas, así como la entrega de “papeles, folletos u otros”, a menos que sean previamente desinfectados.
4. Responsabilidades
Son responsables de verificar el cumplimiento del protocolo las direcciones regionales de salud, las gerencias regionales de salud, las direcciones de redes integradas de salud y los gobiernos locales.
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