El Congreso aprobó este viernes 13 de diciembre la prórroga, por cuatro años más, de la vigencia de la ley 31096, que precisa los alcances de la ley 28972, que establece la formalización del transporte terrestre de pasajeros en automóviles colectivos.
Por 82 votos a favor, 6 en contra y 9 abstenciones, la representación nacional dio luz verde al texto sustitutorio presentado por la presidenta de la Comisión de Transportes, Hilda Portero (Acción Popular). Fue exonerado de segunda votación.
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La norma establece la extensión de la vigencia de la Ley 31096, que vence en diciembre, manteniéndose subsistentes las condiciones y el plazo para la prórroga adicional a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) o autoridad competente.
Los autos colectivos son los de la clasificación vehicular M1, cuyas carrocerías, peso neto, cilindrada mínima, potencia del motor y demás características técnicas se establecen en el reglamento de la ley.
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“Para dicho efecto, se consideran como criterios la seguridad, la sostenibilidad ambiental y otros que garanticen la idoneidad del servicio”, indica la norma.
Asimismo, establece que en el plazo máximo de seis meses contados a partir de la vigencia de la ley, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) realizará la evaluación técnica de la oferta, la demanda y las condiciones de infraestructura vial mínima, en las rutas concesionadas y no concesionadas.
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Dicha evaluación deberá ser remitida a la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso, a través del MTC, bajo responsabilidad del titular del sector.
“La evaluación técnica considera las zonas o áreas de Lima Metropolitana y de la Provincia Constitucional del Callao en las que la población residente no se encuentra dentro del área de cobertura y de acceso al servicio de transporte público regular de personas o en las que exista insuficiencia de oferta del servicio”, detalla.
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