Últimos acontecimientos del drama cotidiano de nuestra sociedad nuevamente han traído a la mente de algunos antiguos y nóveles legisladores, y de no pocas personas, la reinstauración de la . Ello, inevitablemente, trae sesudos debates jurídicos, políticos y sociales acerca de la necesidad de la sociedad de defenderse adecuadamente, de la proporcionalidad de las penas, del factor discutidamente disuasivo de la pena capital y hasta de su propia semántica como pena al ser terminal; cuando, por su propia definición humanitaria, la pena es siempre reeducativa, sancionadora y no vindicativa. Pero esto último resulta siendo lo más discutible.

Y es que, tal vez,el plano de discusión de la pena de muerte es fundamentalmente el moral, y por eso la imposibilidad de llegar a un consenso razonable, por eso la posición cambiante de la sociedad que, de tiempo en tiempo, gira entre la pena de muerte y su proscripción. Siendo moral el real fondo de la discusión, esta jamás tendrá fin. No podemos, si queremos ser consecuentes con una verdadera vocación democrática, imponer nuestra moral a los demás, máxime cuando ella misma nos enseña el camino de la tolerancia, de la aceptación de los demás, aunque no sean de nuestro agrado.

Es curioso comprobar que en ello muchas veces se descubre una doble moral –que en el fondo es ninguna–, cuando, por ejemplo, los mismos personajes que a capa y espada reprueban el tema del aborto se definen partidarios de la pena de muerte como opción social en la sanción a los que se entienden como los crímenes más aberrantes de nuestra sociedad, incluyendo en ello a importantes líderes de la Iglesia que, Biblia en mano, pueden incluso justificar su aplicación a la luz de su interpretación de las Sagradas Escrituras.

El tema de la pena de muerte, sin solución teórica a la vista, enfrenta una cultura de vida con una cultura de muerte. Saber si vamos a responder con la ley de talión y si por cada vida arrebatada arrebataremos en nombre de la ley otra es lo que debemos determinar de cara a nuestro futuro como nación.

Además, el tema de la pena de muerte nos enfrenta a un problema de legalidad internacional. La Convención Americana de Derechos Humanos de San José de Costa Rica, suscrita en 1969 y ratificada por partida doble por el Perú en 1978 y en 1980 señala en su artículo 4 la prohibición de que los estados parte que hayan suprimido la pena de muerte la reimplanten, o luego de vigente para ellos el tratado, la extiendan a supuestos de hecho derogados a esa fecha o derogados a futuro. Si bien en 1978 el Perú contemplaba la pena de muerte en caso de homicidio calificado contra miembros de las FF.AA. o FF.PP., o violación de menores, en 1980 fue restringido por mandato constitucional a solo un supuesto: traición a la patria en caso de guerra exterior, dejando fuera de tal sanción la traición a la patria en tiempos de paz.

Nuestra obligación, so riesgo de incurrir en grave responsabilidad internacional, nos llevaría, en caso de tratar de reimplantar la pena de muerte para supuestos diferentes, a tener que denunciar el Pacto de San José, debiendo esperar un año de moratoria que su sistema de desvinculación exige, con el descrédito y la inconveniencia internacional que ello supondría, responsabilidad que muy pocos valoran.

Pero, quizás, quien mejor pueda adentrarnos en su mejor reflexión sea el profesor Daniel Sueiro, quien expresa: “A lo largo de los años y de los siglos ha ocurrido que solo se ahorcó simplemente cuando hubo que dejar de descuartizar, solo se agarrotó cuando hubo que dejar la espada o el hacha, solo se gaseó o electrocutó cuando fue preciso dejar de linchar o arrancar la piel a tiras... Cuando haya que dejar de electrocutar y gasear, de fusilar y agarrotar, de guillotinar y ahorcar, que no sea porque los reos puedan suicidarse a escondidas, sin hacérnoslo saber ni hacérnoslo sentir. Que sea porque se puede dejar de matar”.

*El Comercio abre sus páginas al intercambio de ideas y reflexiones. En este marco plural, el Diario no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta.

Aníbal Quiroga León es jurista y profesor principal en la PUCP

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