El presidente del Congreso Eduardo Salhuana, brindó una conferencia de prensa donde habló sobre el proyecto de ley del legislador Luis Cordero Jon Tay. (Foto: Joel Alonzo / @photo.gec)
El presidente del Congreso Eduardo Salhuana, brindó una conferencia de prensa donde habló sobre el proyecto de ley del legislador Luis Cordero Jon Tay. (Foto: Joel Alonzo / @photo.gec)
Redacción EC

El presidente del Congreso, (Alianza para el Progreso), consideró “totalmente inconveniente” el proyecto de ley presentado por el legislador Luis Cordero (Somos Perú) para que los .

En conferencia de prensa, estimó que la propuesta de Jon Tay no prosperará porque la tendencia es contraria a esa iniciativa y remarcó que se deben tomar medidas para evitar que personas sentenciadas por delitos graves accedan a altos cargos públicos.

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“No creo que sea un proyecto que prospere, la tendencia es al revés, es totalmente contrario, creo que hay que tomar medidas para evitar que ciudadanos o personas que hayan tenido una sentencia por delitos graves no puedan acceder a altos cargos de la magistratura en el país. Creo que sería totalmente inconveniente”, expresó.

Cabe indicar que la iniciativa fue presentada formalmente el pasado 1 de agosto por Luis Cordero y cuenta con las firmas de otros miembros de Somos Perú, como Alfredo Azurín, José Jerí, José Pazo, Hitler Saavedra y Héctor Valer.

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El texto busca modificar el literal J del artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones, y así eliminar la precisión de que no podrán ser candidatos a la presidencia o vicepresidencias de la República los condenados por crímenes de corrupción, aún cuando han sido rehabilitados.

Según el proyecto de ley, se propone este cambio para reestablecer “el fin resocializador de la pena, en aplicación del derecho constitucional de elegir y ser elegido”.

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Cabe indicar que el artículo 107 de la ley electoral es la que establece quiénes están impedidos para postular a la presidencia o las vicepresidencias de la república.

Asimismo, incluye en su literal J que están incluidos los que, como funcionarios públicos, fueron condenados con sentencia consentida o ejecutoriada como autores de delitos dolosos de colusión, peculado o corrupción de funcionarios “aun cuando hubieran sido rehabilitadas”.

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Además de estos delitos en el literal J, también se considera que haber cumplido la condena no habilita para ser candidatos a la presidencia en casos de personas condenadas por delitos de terrorismo, tráfico ilícito de drogas y violación sexual.