Se trata de dispositivos de impacto social, nacional y regional aprobados con prioridad por el Poder Legislativo desde agosto del 2021 hasta el pasado 18 de abril. (Foto: Congreso)
Se trata de dispositivos de impacto social, nacional y regional aprobados con prioridad por el Poder Legislativo desde agosto del 2021 hasta el pasado 18 de abril. (Foto: Congreso)
Redacción EC

Un total de 11 leyes de impacto social, nacional y regional -cuyos proyectos fueron presentados por el Poder Ejecutivo y aprobados con prioridad por el desde agosto del 2021 hasta el pasado 18 de abril- no pueden aplicarse porque no han sido reglamentadas por el Gobierno dentro de los plazos estipulados.

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Entre estas leyes que no pueden aplicarse está, por ejemplo, la que promueve la protección y el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes huérfanos y que se encuentran en situación de pobreza y extrema pobreza.

Otras leyes aprobadas -y que carecen de reglamentación- está la que fortalece la seguridad ciudadana, a través de las entregas voluntarias de armas de fuego ilegales o irregulares y de municiones; la que regula el saneamiento físico-legal de los bienes inmuebles del sector Educación destinados a instituciones educativas públicas así como la que promueve la industrialización del agro.

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Del mismo modo, la ley que reconoce la labor de los canillitas y la que propone el enriquecimiento del arroz en el Perú tampoco pueden aplicarse, porque el Poder Ejecutivo no cumplió con dictar los correspondientes reglamentos.

Otras normas que no rigen es la ley que ayuda a las micro y pequeñas empresas (mypes) para la cancelación de sus facturas, así como la ley que regula el servicio de extensión agropecuaria.

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Tampoco pueden regir en todos sus alcances la ley que perfecciona la asociatividad de los productores agrarios en cooperativas agrarias, y aquella que establece la condición militar de los oficiales profesionales de reserva de las Fuerzas Armadas.

El Reporte de Antecedentes Legislativos, perteneciente al Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria, informa que la ley que declara de interés nacional la erradicación del trabajo forzoso y la creación del Observatorio Nacional de Trabajo Forzoso, igualmente no se cumple por falta de su reglamento respectivo.