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Ejecutivo tiene ya facultades para legislar e incorporar delito de “revelación de información reservada”: ¿Qué escenarios le espera a la prensa?
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Ejecutivo tiene ya facultades para legislar e incorporar delito de “revelación de información reservada”: ¿Qué escenarios le espera a la prensa?

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El otorgó facultades al para legislar en materia de y lucha contra la , y en las que se incluye la potestad para incorporar en el Código Penal el delito “revelación de información reservada en el marco de investigaciones penales y actuaciones policiales”.

De acuerdo a la Ley Nº 32527, publicada este lunes en las normas legales de El Peruano, el Gobierno podrá modificar el Decreto Legislativo 635, a fin de incorporar en referido delito, que, además, se ha previsto sancionar con inhabilitación en caso de ser condenado.

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Héctor Villalobos

Según el texto que otorga facultades al Ejecutivo, se garantizará el derecho fundamental a la libertad de información, la libertad de y el secreto profesional, vinculado a medios de prensa y periodistas.

“Modificar el Código Penal (...) a fin de incorporar (...) el delito de revelación de información reservada en el marco de investigaciones penales y actuaciones policiales; así como establecer un supuesto específico de inhabilitación aplicable en caso de condena por dicho delito, garantizando el derecho fundamental a la libertad de información, la libertad de prensa y el secreto profesional”, indica la norma.

MIRA: George Forsyth: Los detalles de la decisión del Poder Judicial que amplió la investigación en su contra

Esto forma parte de un paquete de facultades que solicitó el gobierno de , para legislar e incrementar las penas aplicables al delito de resistencia o desobediencia a la autoridad e incorporar el delito de suministro ilegal de servicios de telecomunicaciones en establecimientos penitenciarios.

También para crear el Subsistema Especializado contra la Extorsión y sus Delitos Conexos (SEEDC), así como para actualizar las sanciones e incorporar nuevas figuras delictivas vinculadas a la minería ilegal, entre otros.

El presidente José Jeri, el premier Ernesto Álvarez, y ministros. Foto: PCM.
El presidente José Jeri, el premier Ernesto Álvarez, y ministros. Foto: PCM.

De acuerdo a la norma publicada, será deber del titular de cada sector informar a la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso por escrito, y dentro del plazo de 60 días calendario desde la publicación de los decretos legislativos, los avances de la implementación de las medidas legislativas anunciadas.

En el caso de la incorporación del delito de “revelación de información reservada en el marco de investigaciones penales y actuaciones policiales” en el Código Penal (previsto en el artículo 2.1.4) estará a cargo del Ministerio del Interior.

“2.1.4 Modificar el Código Penal, Decreto Legislativo 635, a fin de incorporar en el capítulo III del título XVIII del libro segundo el delito de revelación de información reservada en el marco de investigaciones penales y actuaciones policiales; así como establecer un supuesto específico de inhabilitación aplicable en caso de condena por dicho delito, garantizando el derecho fundamental a la libertad de información, la libertad de prensa y el secreto profesional.”

LEY Nº 32527

Ley publicada por el Congreso que otorga facultades al Ejecutivo.
Ley publicada por el Congreso que otorga facultades al Ejecutivo.

Zuliana Lainez, presidenta de la ANP: “Un periodismo sin fuentes es un periodismo que se debilita”

En diálogo con El Comercio, Zuliana Lainez, presidenta de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP) afirmó que un aspecto positivo del texto publicado es que, a diferencia del presentado por el Ejecutivo, se incluye las garantías para la libertad de información, libertad de prensa y sobre todo el secreto profesional de los periodistas.

Ello, indicó, es respuesta a las primeras críticas que se realizaron cuando el Gobierno presentó su proyecto de ley.

Sin embargo, precisó, el problema con dicho texto es que aún sigue subsistiendo “una ambigüedad en los conceptos”.

Por ello, sostuvo que es necesario que se precise a qué se refiere cuando se habla de “información reservada” en una investigación policial y penal, pues ello puede llevar a “interpretaciones arbitrarias y abusivas”.

Recordó que, incluso, hoy en día, los periodistas ya están viendo ese tipo de interpretaciones cuando realizan pedidos de acceso a la información pública y se le da el rótulo de ‘reservada’ para restringir su divulgación.

“Si hay algo positivo, es el haber incorporado lo del secreto profesional, el respeto a la libertad de información y de prensa, pero el problema serán las interpretaciones que se le va a dar a eso, porque hay ambigüedad de conceptos ¿Quién va a definir qué es una información reservada en el marco de un investigación penal o actuaciones policiales? Pueden haber interpretaciones arbitrarias”, advirtió.

Medios de prensa.
Medios de prensa.
/ NUCLEO-FOTOGRAFIA > JORGE CERDAN

La representante de la ANP señaló que si bien se dijo que esta norma no estaba dirigida a la prensa, sino a evitar filtraciones de los operadores de justicia, remarcó que es innegable que afecta la labor de los periodistas, ya que estos tienen fuentes en diversos sectores, incluso en los operadores de justicia, que han servido para poner el foco en temas de interés público.

Sin embargo, puntualizó, ante regulaciones y sanciones como la inhabilitación, fomentaría que las fuentes “se desincentiven” y ya no quieran hablar con la prensa, provocando un grado de “autocensura” que haga que llegue menos información a la prensa.

“Incorporar inhabilitación para jueces y fiscales también va a desincentivar que las fuentes quieran hablar con la prensa y eso va a generar de que muchas fuentes, que son legítimamente fuentes de quienes hacen labor informativa, se autocensuren frente a una posibilidad de inhabilitación y un periodismo sin fuentes es un periodismo que se debilita.”

Zuliana Lainez, Presidenta de la ANP

Zuliana Lainez,

La vocera de la ANP recordó que ya existe legislación, que sanciona dentro de procesos administrativos, a quienes faltan a la reserva de las investigaciones, por lo que recurrir a una “sobrelegislación”, puede llevar a criminalizar a muchos operadores de justicia, que son fuente de la prensa y que se instale la sobre-censura, que “también es un ataque a la libertad de expresión”.

“El problema es que la formulación es muy gaseosa y puede generar múltiples interpretaciones porque no hay delimitaciones claras de a qué llaman información reservada. Una formulación tan abierta puede ser que todo sea reservado. Incluso ahora que hemos tenido atentados contra la prensa, ¿no podemos acceder a cómo avanzan las investigaciones? ¿Todo será reservado? Por eso es bueno determinar ese tipo de formulaciones”, cuestionó.

Policías, fiscales y jueces en la mira del poder político.
Policías, fiscales y jueces en la mira del poder político.

Al ser consultada sobre la constante búsqueda de legislar, desde el Ejecutivo y Legislativo, que restringen derechos de información y libertad de prensa, Lainez atribuyó a la muestra de que el periodismo está haciendo su trabajo, siendo incómodo, con destapes, ya que buena parte de las investigaciones que se hacen a los actores políticos o grandes hechos de corrupción, han salido de la prensa y no, inicialmente, de los operadores de justicia.

Recordó que fue la prensa la que en su momento denunció el tema de Los Niños, Qali Warma y el Caso Rolex.

En ese sentido, advirtió que lo que se busca es “escarmentar” a esa prensa porque está haciendo su trabajo y por eso, no es solo el Ejecutivo hoy, a partir de un pedido de facultades; sino también el Legislativo.

Al respecto, precisó que el Congreso ha intentado elevar las penas por difamación, aprobar proyectos para penalizar los dichos de los colaboradores eficaces y criminalizar la revelación de los contenidos de las investigaciones penales.

Por ello, calificó de “insólito” que un pedido de facultades del ejecutivo, que además de luchar contra la criminalidad, garantizar la seguridad, incluya un tema que tiene que ver con medios de comunicación y que tendría un impacto en la tarea de los y las periodistas.

“Creo que hay un claro acoso al trabajo de los periodistas y un acoso instrumentalizando la capacidad de legislar desde el Legislativo; y en este caso, en un pedido de facultades legislativas del Ejecutivo, para escarmentar a una prensa que está haciendo su trabajo y que es incómodo porque ese es el trabajo de los periodistas, ponerle luz a aquello que no quieren que se sepa. Nos quieren acotar por todos lados, criminalizar actividad, instrumentalizar de tal modo la capacidad de legislar que acoto su capacidad de actuación (de la prensa).”

Zuliana Lainez, Presidenta de la ANP

Roberto Pereira: “Por tratar de establecer quién ha filtrado la información” se procesaría a periodistas donde “se les exija revelar su fuente”

Roberto Pereira, abogado penalista y especialista en libertad de expresión, dijo -a El Comercio- que si bien lo aprobado este lunes difiere un poco con el texto presentado por el Ejecutivo -dado que se agregó que se garantizará el derecho fundamental de la libertad información y el secreto profesional- se debe esperar los cambios al Código Penal.

“Eso es un avance, sin embargo, yo creo que hasta que no salga el texto de la norma no vamos a conocer los riesgos efectivos y reales de esto, porque la redacción es muy fundamental para poder advertir si podría o no involucrar a periodistas”, anotó.

Pleno del Congreso. Foto: Andina.
Pleno del Congreso. Foto: Andina.

Pereira advirtió que aún cuando la redacción sobre el tipo penal tenga como funcionario público implicado a un juez, fiscal y policía, penalmente no solo se responde a título de “autor”; sino que la ley actual también prevé que se responda penalmente a título de “cómplice”.

“Entonces, se puede considerar, por ejemplo, que la difusión de información por parte de un medio de comunicación o un periodista se vea como complicidad en la revelación de información. Entonces, eventualmente, podrían sancionar”, explicó.

Otro aspecto que se debe tener en cuenta, expresó el asesor de IPYS, es que se use la norma para exigirle a un periodista que revele su fuente, bajo la excusa de buscar qué funcionario ha revelado información.

“El otro punto es sobre el secreto profesional, porque en este tipo de casos lo que se busca es quién ha filtrado la información, quién ha revelado la información y eso muchas veces hace recaer un peso importante en un periodista o en un medio, por tratar de establecer quién ha filtrado o revelado la información, eso podría terminar en un procesamiento a periodistas en los que se les exija revelar su fuente.”

Roberto Pereira, abogado y asesor jurídico del IPYS

Roberto Pereira,

Recordó que, en este momento, existe una investigación contra el periodista Rodrigo Cruz, se ha pedido el levantamiento de sus comunicaciones y se le está exigiendo que revele qué cosa pasó en esa interrelación con su fuente, lo que consideró un “acto de vulneración al secreto de las fuentes periodísticas”.

 El Poder Judicial (Fuente: El Peruano)
El Poder Judicial (Fuente: El Peruano)

De acuerdo al especialista, la norma oficializada y que se pretende legislar es “innecesaria”, puesto que la justificación es que se trate de jueces, fiscales o policías que le brinden información a los delincuentes.

No obstante, remarcó que quienes filtran ese tipo de información es porque pertenecen a las organizaciones criminales o colaboran con ellas, en cuyo caso puede ser incriminado como un “cómplice de esas organizaciones” por frustrar una investigación o la diligencia judicial. O, en otro supuesto, se trata de personas a las que le pagan o gente rentada para dar información.

“O es parte de la organización o le están pagando. Entonces, en ambos casos el Código Penal ya prevé figuras para ese tipo de situaciones. Por ejemplo, alguien que colabore con las organizaciones es claramente un cómplice, por ejemplo de encubrimiento, en caso se frustren diligencias para capturar o para recopilar medios probatorios. Y si le están pagando es un delito de corrupción, cohecho.”

Roberto Pereira, abogado y asesor jurídico del IPYS

De acuerdo a Pereira, el trasfondo de querer legislar sobre este tema, en esta oportunidad, sería “en el contexto de un populismo penal”. Ello, debido a que no se sabe muy bien qué hacer frente a un grave problema como la inseguridad ciudadana.

“Entonces, no se sabe qué hacer con la inseguridad ciudadana, cómo enfrentar este asunto, entonces dicen: hay que dar normas penales, que se agraven las penas, que se creen estos delitos, que se sancione penalmente a jueces , fiscales y policías; cuando ya existen normas para enfrentar eso y no han funcionado. Entonces, ¿Qué cosa les hace pensar que ahora va a funcionar cuando se incrementan las penas o se crean nuevos delitos como el que estamos comentando?”, cuestionó.

Por tanto, concluyó, se trataría de una reacción simbólica para enviar el mensaje de que a partir de ahora sí se va a combatir la criminalidad de manera firme y con resultados.

“La verdad, soy muy escéptico frente a esta medida porque responde al fenómeno que se ha denominado populismo penal, la demagogia de recurrir a las normas penales como un paliativo frente a la demanda ciudadana que exige a los políticos que solucionen esto y no tienen la más mínima idea o las soluciones no son a corto plazo y estos entren en angustia y recurren a lo más fácil que es mostrar la supuesta celeridad penal con este tipo de cosas y acá podría ponerse en riesgo la libertad de información”, dijo.

¿Qué dijo el Gobierno cuando presentó el pedido de facultades?

El Ejecutivo presentó el pedido de facultades el 20 de noviembre. En el punto 3.1.5 incluía modificar el Código Penal “para incorporar el delito de revelación de información reservada en el marco de investigaciones penales y actuaciones policiales; así como para establecer un supuesto específico de inhabilitación aplicable en caso de condena por dicho delito”.

El Gobierno presentó ante el Congreso el proyecto de ley para que se le otorgue facultades especiales para legislar en distintas materias.
El Gobierno presentó ante el Congreso el proyecto de ley para que se le otorgue facultades especiales para legislar en distintas materias.

Frente a las críticas que despertó ese texto, el presidente José Jerí negó que se busque limitar el trabajo de los medios de comunicación y sostuvo que lo que están intentando es cautelar la información reservada y clasificada.

A modo de ejemplo mencionó que si un funcionario revela los detalles de una intervención a un búnker, cuando realicen el operativo ya no podrán capturar a los delincuentes porqe se filtró la información.

Por esos días también, el primer ministro Ernesto Álvarez negó que el pedido de facultades busque afectar la libertad de prensa.

No existe ninguna voluntad de atacar o de indisponerse con la prensa. Todo lo contrario. Cuando tengamos que redactar el decreto legislativo, vamos a convocar a periodistas para que puedan revisar los borradores y ellos mismos puedan hacer sus sugerencia y recomendaciones”, señaló a RPP.

Ya durante el debate en el Congreso, se añadió “garantizando el derecho fundamental a la libertad de información, la libertad de prensa y el secreto profesional”.

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