El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) decidió declarar como improcedente la candidatura a la alcaldía de Lima de Luis Molina por el partido Avanza País, así como de 38 postulantes a regidores de su lista.
La resolución 1417-2022-JNE confirma la decisión tomada en primera instancia por el Jurado Electoral Especial Lima Centro que había rechazado como improcedente la candidatura de Molina y todos sus regidores.
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El JNE, en segunda y última instancia, resolvió únicamente variar la decisión en el caso de la regidora número 24 de la lista de Avanza país, María Elena Soto Velásquez, sobre quien señaló que podrá seguir en carrera para las elecciones del próximo 2 de octubre.
La resolución detalla que las leyes electorales exigen que se presenten, en el plazo establecido, los tres anexos con información personal y legal de todos los candidatos, siempre con las firmas digitales del personero legal.
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La defensa de Avanza País, en su apelación, aseguró que en las primeras páginas de los anexos figuraba la firma del personero legal y que ésta se extiende al resto del documento por estar en un mismo archivo PDF.
“Sin embargo, esta situación no es la misma que acaece en el caso materia de análisis, puesto que, en la plataforma electoral, se advierte que los Anexos 1, 2 y 3 de los candidatos, que fueron materia de observación por el JEE, no contienen la firma digital del personero legal y, además, estos se encuentran comprendidos en diferentes archivos PDF”, señalan.
Específicamente, detectan esta falla en el anexo 1 de la candidata a regidora N°36, en el anexo 2 del candidato a la alcaldía de Lima Luis Molina y de 38 de la lista a regidores.
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