Según avanzan las cifras oficiales, el expresidente Martín Vizcarra, se proyecta a ser uno de los candidatos más votados para el Parlamento. Mientras tanto debe continuar afrontando las diversas denuncias en su contra, en el Congreso de la República que, incluso, este viernes podría tomar la decisión de inhabilitarlo. Además, en el fuero común enfrenta procesos por los casos “VacunaGate”, “Richard Swing” y “Gobierno Regional de Moquegua”.
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Al cierre de esta nota, según el último reporte de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (Onpe), Vizcarra logra más de 123 mil votos al 70.886% de las actas procesadas. Y el partido Somos Perú alcanza el 5.88% al 85.389% de actas procesadas.
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Sin embargo, pese a que habría alcanzado una curul -hasta el cierre de este informe- en los próximos días se decidirá si podrá asumir y ejercer como congresista para el período 2021-2026, pues se encuentra sometido a un juicio político en el Congreso que podría impedirle ejercer un cargo público por 10 años.
Inhabilitación ad portas
Este viernes 14 a las 9 de la mañana, Cornejo Vizcarra debía presentarse ante el Pleno del Congreso de la República que agendó la acusación constitucional en su contra por el caso “VacunaGate”. Sin embargo, ni el exmandatario ni su abogado concurrieron.
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En dicha sesión, el Parlamento podría determinar la inhabilitación del expresidente para que no pueda volver a ejercer cualquier cargo público por espacio de 10 años.
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El jueves último, la Comisión Permanente aprobó las conclusiones finales del informe de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales que establecía la infracción de seis artículos de la Constitución por haberse inoculado las dosis de la vacuna de Sinopharm pese a que no ser voluntario de los ensayos clínicos, cuando se desempeñaba como presidente de la República, en octubre del 2020.
Según el informe, Vizcarra Cornejo debe ser inhabilitado. Ello, pues según el informe, se habría probado que usó su cargo como exjefe de Estado para beneficiarse con la dosis de la vacuna experimental contra el Covid-19 e intervino para que su esposa Maribel Díaz Cabello y su hermano César Vizcarra, también sean inoculados con las dosis.
Por tanto, habría infringido sus deberes de garantizar una política de salud equitativa para todos los peruanos, habría garantizado “sus intereses particulares” y habría preferido “hacer mal uso de su poder para beneficiarse él (así como beneficiar a su esposa y hermano)” y prefirió vacunarse; antes que aquellos que necesitaban la protección contra el Covid-19.
Por este caso, cabe precisar, ha interpuesto dos recursos de amparo contra el Congreso y la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, alegando la vulneración del debido proceso.
A juicio de Vizcarra, el desarrollo de las denuncias por el “VacunaGate” al interior del fuero parlamentario, se realizó de manera “espress” y vulnerando principios fundamentales como la debida motivación, la precisión de los cargos en su contra, los plazos razonables, etc.
Por el momento, el Poder Judicial no se ha pronunciado sobre ambos recursos.
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Aplicación inmediata
Según el expresidente del Tribunal Constitucional (TC), Óscar Urviola, si el Pleno del Congreso decide inhabilitarlo la aplicación de esta medida es inmediata.
Incluso, sostuvo, aún siendo electo congresista, no podría ejercer el cargo. “La aplicación de la inhabilitación por parte del Congreso en un juicio político es inmediata, no hay otra instancia”, sostuvo.
Urviola Hani también analizó los recursos de amparo que interpuso el ex jefe de Estado a través de su defensa legal, explicando que para ser admitidos se debe demostrar un peligro o una violación constitucional inminente.
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“No creo que ningún juez dicte una medida cautelar por un juicio político. A mi manera de ver las cosas la acción de amparo no tiene viabilidad porque se trata de un juicio político”, remarcó.
El constitucionalista sostuvo que los procedimientos dentro del Congreso se rigen por la jurisprudencia del TC y ésta, a su vez, con la Convención Americana que garantizan el debido proceso en cualquier sede civil, penal y política.
En esa línea, Urviola recordó que el proceso de juicio constitucional, como el que se emprendió contra Vizcarra, está marcado por el Reglamento del Congreso; y en la medida que siga con los lineamientos establecidos en este, “ese es el debido proceso”.
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No hay un tema express
José Tello Alfaro, abogado experto en derecho electoral, consideró que la inhabilitación que se propone contra Martín Vizcarra, “no es un procedimiento express”.
“Es algo que está con arreglo a la norma, porque cumple con toda la hoja de ruta que tiene que cumplir para efectos de poder llevar adelante el proceso de la acusación constitucional”, afirmó en primer término.
Explicó que el Congreso está actuando de acuerdo a sus prerrogativas y teniendo en cuenta que puede terminar en una inhabilitación de acuerdo al artículo 100 de la Constitución; este antejuicio político, tiene que cumplir una serie de procedimientos regulados en el Reglamento del Congreso.
“Hay que recordar que el presidente como otros funcionarios, ministros, jueces supremos fiscales supremos, están supeditados al antejuicio político de acuerdo al artículo 99 de la Constitución”, agregó.
Procesos judiciales
El penalista Carlos Caro consideró que en la eventualidad de que Vizcarra acceda al Congreso, ese cargo no podría beneficiarlo para algunas investigaciones.
Por ejemplo, en el “Caso de Moquegua” (Club de la Construcción) donde es investigado por presunta corrupción por hechos correspondientes al periodo en que se desempeñó como Gobernador Regional de Moquegua (2011-2014) “ya no tendría ninguna protección constitucional”, pues los congresistas ya no cuentan con inmunidad parlamentaria.
Vizcarra es investigado por presuntamente recibir dos coimas que ascenderían a más de S/2 millones, por la licitación del Hospital Regional de Moquegua y el proyecto “Lomas de Ilo”.
“El hecho de que sea congresista no le otorga ninguna garantía, premonición o protección especial, por lo que el caso seguirá su curso como si no hubiera pasado nada, no importa que se congresista”, dijo.
En este caso, agregó, la fiscalía puede pedir impedimento de salida del país, insistir en la prisión, acusarlo y eventualmente, condenarlo. Entonces, manifestó el abogado, su investidura como congresista no lo protege por este caso.
Sobre los casos “Ricard Swing” y el “VacunaGate”, donde viene siendo investigado ante la Fiscalía de la Nación por hechos cometidos durante su gestión de presidente de la República, Caro puntualizó que en estos “está protegido por el antejuicio constitucional como exmandatario”.
En ese caso, si la Fiscalía de la Nación considera que hay delito, tendrá que pedir ante el nuevo Congreso -del que formaría parte Vizcarra- que se inicie el antejuicio.
Para el analista político y especialista en temas electorales, Alejandro Rospigliosi, uno de los temas más importantes de los partidos políticos es pasar la valla electoral que corresponde al 5% de los votos emitido por el partido político, a través de sus candidatos al Congreso de la República.
“Pasar la valla y tener representación en el Congreso es tener financiamiento público del Estado; no pasar la valla es borrarte del registro político y no tener financiamiento del Estado”, remarcó.
Por ejemplo, explicó, puede haber un candidato más votado por Tumbes, Arequipa o Puno, pero si su partido político, como tal; no pasa la valla, él no va a llegar al Congreso. Y, contrariamente, puede ocurrir que los candidatos menos votados sí lleguen al Congreso porque su partido pasó la valla del 5% a nivel nacional.
“Yo creo que Somos Perú nunca debió permitir que sea usado de manera oportunista por algunas personas, que para huir de la justicia, dejó postular al Congreso como el señor Vizcarra”, comentó.
Podría tener una medida a su favor
Por su parte, el analista político Jorge Jáuregui señaló que, considerando que el mismo Parlamento lo vacó el 30 de octubre del 2020, “es razonable pensar que esas mismas personas votarían por la inhabilitación”.
Con ello, Vizcarra quedaría impedido de poder jurar como congresista, y, por tanto, no recibiría su credencial, ni asumiríael cargo. “Solo quedaría como un candidato electo”, añadió.
Recordó que el candidato al Congreso ha interpuesto dos recursos de amparo y aseguró que hará lo jurídicamente posible para que su derecho no sea vulnerado.
Para Jáuregui sí existirían argumentos a favor de una medida cautelar, pues la inhabilitación es un mecanismo que afecta derechos fundamentales.
“Es decir, una persona inhabilitada no puede ejercer cargo público, no puede ejercer el derecho constitucional de representación política. Para limitar un derecho fundamental, ya lo dijo la ponencia de la magistrada de Marianella Ledesma en la sentencia del Tribunal Constitucional sobre inhabilitación, que la limitación de un derecho constitucional requiere la plena garantía de un debido proceso”, anotó.
“El contendor político no puede decir que su contraparte es infractor es inhabilitarlo y menos en un proceso electoral”, advirtió.
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