La suspendida fiscal de la Nación, Delia Espinoza, fue inhabilitada por el Congreso. (Foto: Mario Zapata N. / @photo.gec)
La suspendida fiscal de la Nación, Delia Espinoza, fue inhabilitada por el Congreso. (Foto: Mario Zapata N. / @photo.gec)
/ Mario Zapata N.

La expresó su preocupación por la decisión del Congreso de inhabilitar por 10 años para ejercer cargos públicos a la suspendida fiscal de la Nación, .

A través de un pronunciamiento publicado en sus redes sociales, recordó que las personas operadoras de justicia cuentan con “garantías reforzadas de estabilidad” y cualquier remoción debe obedecer “las causales permitidas y procedimientos justos”.

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Héctor Villalobos
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“La CIDH expresa su profunda preocupación ante la decisión del Congreso de la República de inhabilitar a la Fiscal Suprema Delia Espinoza para el ejercicio de funciones públicas por un plazo de 10 años”, expresó.

“La CIDH recuerda que las personas operadoras de justicia cuentan con garantías reforzadas de estabilidad. Cualquier remoción debe obedecer las causales permitidas y procedimientos justos que aseguren objetividad e imparcialidad según la Constitución o la ley”, agregó.

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Finalmente, la CIDH remarcó que las inhabilitaciones del Congreso contra fiscales y jueces “amenazan la separación e independencia de poderes” cuando no existe respeto el debido proceso y al principio de legalidad.

“A criterio de la CIDH, las inhabilitaciones decididas por el Congreso contra fiscales e integrantes de órganos autónomos amenazan la separación e independencia de los poderes cuando no se respeta el debido proceso y el principio de legalidad”, sentenció.

El pasado 3 de diciembre pleno del Congreso aprobó la inhabilitación por 10 años de la suspendida fiscal suprema Delia Espinoza para el ejercicio de cargos públicos, tras prosperar un pedido de reconsideración que dio marcha atrás a una votación realizada horas antes.

La inhabilitación fue avalada por 71 votos a favor, 19 en contra y tres abstenciones. El Parlamento atribuyó a Espinoza la responsabilidad por la aprobación de un reglamento en el Ministerio Público que “contraviene algunos extremos” de la Ley 32130, la cual establece que la investigación preliminar de los delitos corresponde a la Policía Nacional.

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