

El Ministerio Público solicitó a la presidenta Dina Boluarte observar la autógrafa, aprobada en segunda votación, por el Congreso de la República que modifica la Ley de Extinción de Dominio.
A través de un comunicado, señaló que como organismo constitucional autónomo encargado de defender la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos tutelados por ley, ratifica su postura dada ante el Parlamento el pasado 20 de febrero.
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“Por lo tanto, al no haberse promulgado aún la ley, respetuosamente hacemos un llamado a la presidenta de la República para que, en consonancia con el comunicado emitido el día de hoy por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, observe la autógrafa que le será remitida, que propone modificaciones a la Ley de Extinción de Dominio, a fin de que se mantenga la norma vigente, la cual en los últimos años ha permitido obtener resultados positivos en la lucha contra los delitos contra el medio ambiente, el lavado de activos y la corrupción de funcionarios”, subrayó.
Asimismo, destacó que la vigente Ley de Extinción de Dominio cumple con los compromisos internacionales asumidos por el Perú a través de las convenciones de Palermo y Mérida, así como con los parámetros establecidos por las Naciones Unidas en la materia.
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Señaló que la norma constituye una “herramienta legal eficaz” contra la criminalidad organizada, que actualmente aqueja a nuestra sociedad, la cual viene siendo víctima de delitos de alta peligrosidad, como la extorsión, el sicariato y el secuestro.
“Finalmente, reiteramos el compromiso inquebrantable del Ministerio Público en la lucha contra el crimen organizado, aun cuando este se cometa más allá de nuestras fronteras, con repercusión nacional”, manifestó.
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“Esta tarea debe contar con herramientas legales efectivas, como la vigente Ley de Extinción de Dominio, cuya mejora puede evaluarse, pero sin comprender la esencia que la convierte en una pieza clave en la defensa de la legalidad y la justicia”, sentenció.
¿Qué dice la norma?
El Congreso aprobó el último jueves en segunda votación el dictamen que modifica el régimen de extinción de dominio, herramienta clave para el decomiso de bienes vinculados a delitos como corrupción, narcotráfico y lavado de activos. La propuesta recibió 42 votos a favor, 25 en contra y 10 abstenciones.
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La norma, contenida en el Proyecto de Ley 3577/2022-CR, introduce cambios en artículos del Decreto Legislativo 1373, incluyendo modificaciones al título preliminar y la incorporación de un nuevo artículo, el 40-A.
El dictamen había sido aprobado en primera votación en diciembre del 2024 y fue impulsado inicialmente por Fuerza Popular. Propone que la confiscación de bienes de origen ilícito solo se lleve a cabo una vez que exista una sentencia judicial firme y definitiva.
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“No se necesita la emisión de una sentencia firme y consentida o de un laudo, si están referidas a las siguientes actividades ilícitas penales: tráfico ilícito de drogas, terrorismo, secuestro, extorsión, trata de personas, contrabando, defraudación aduanera, defraudación tributaria, minería ilegal, estafa y delitos informáticos contra el patrimonio”, dice el documento.
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