Otro juez decidió inaplicar ley de amnistía en proceso por abuso de autoridad, tortura y violación contra quince comuneros. (Foto: Andina/ Referencial)
Otro juez decidió inaplicar ley de amnistía en proceso por abuso de autoridad, tortura y violación contra quince comuneros. (Foto: Andina/ Referencial)

El Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró infundada la solicitud de en el proceso seguido a Jaime Pando Navarrete y otros 7 acusados por los delitos de contra quince comuneros.

En ese sentido, el juez Leodan Cristóbal Ayala decidió inaplicar, en el caso concreto mediante la potestad constitucional del control difuso, la Ley N° 32419, al considerarla “inconstitucional” y contraria a los tratados internacionales suscritos por el Perú.

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Héctor Villalobos

Los hechos se remontan a abril de 1990 cuando torturaron a cinco comuneros en las orillas del río Huacullo en el distrito de Totora Oropesa, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac.

Días después los agentes acusados torturaron a tres mujeres. Posteriormente, otra comunera fue torturada en su vivienda y una más fue violada junto a su hija de 16 años. Un hecho similar ocurrió con otras dos campesinas en la misma comunidad.

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En su resolución el juez señaló que las solicitudes de excepción de amnistía postuladas por la defensa de los acusados deben ser desestimadas, dado que la norma en cuestión limita a que los hechos atribuidos a los acusados sean esclarecidos en el curso regular del proceso penal, luego concluir con un pronunciamiento sobre el fondo y con ello -ambas partes- alcancen justicia en la fase del juicio.

Asimismo, enfatizó que corresponde inaplicar la ley aprobada por el Congreso a dicho caso “porque no se justifica el olvido ni la impunidad en delitos graves que violan los derechos humanos como son los delitos de tortura y violación sexual”.

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Del mismo modo, remarcó que debe “preferirse la consecución del proceso penal en favor del esclarecimiento de los hechos, la protección de las garantías judiciales, derecho a la verdad y tutela jurisdiccional efectiva de las víctimas y los suyos”.

Como se recuerda, el Gobierno promulgó la ley que concede amnistía a los miembros de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional y de los comités de autodefensa que participaron en la lucha contra el terrorismo entre los años 1980 y 2000.

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