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Martín Vizcarra, Barbadillo y el penal de Lurigancho ¿quiénes integran y como funciona la junta de clasificación del INPE?
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Un abogado, una psicóloga y una trabajadora social. Una nueva Junta Técnica de Clasificación del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), integrada por profesionales de estas tres áreas, será la encargada de analizar y definir si el exmandatario Martín Vizcarra, quien purga cinco meses de prisión preventiva, continuará en el penal de Barbadillo o si es reclasificado y trasladado a otro establecimiento penitenciario. Su decisión se dará en las próximas horas.
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La controversia surgió a la interna de la misma institución, que preside desde julio pasado Iván Paredes, y ha generado todo un enredo que amerita dilucidarse. La oficina regional de Lima del INPE declaró como nula la clasificación efectuada el pasado 14 de agosto sobre Vizcarra Cornejo; es decir, un día después de darse la orden judicial en su contra por las presuntas coimas cuando era gobernador de Moquegua. La nulidad fue una decisión de oficio.
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La Junta Técnica de Clasificación del Establecimiento Transitorio de Lima había dispuesto ese día que el exmandatario sea clasificado en Barbadillo, ubicado en Ate, y en donde también se encuentran actualmente los expresidentes Alejandro Toledo, Pedro Castillo y Ollanta Humala. Al anunciar su clasificación, la propia institución indicó que se “garantiza el respeto de sus derechos fundamentales y el estricto cumplimiento del régimen penitenciario conforme a ley”.
Sin embargo, la oficina regional observó —según se indicó— “irregularidades” en la clasificación, así como que no se había cumplido con una directiva dada que viene desde 2023.
“De la revisión y evaluación de la ficha de clasificación de fecha 14 de agosto de 2025, la Junta Técnica de Clasificación del Establecimiento Transitorio de Lima ha otorgado puntaje 10 y ubicado al EP Barbadillo, cuando lo correcto, según establece la directiva, debería ser ubicado al EP Lurigancho”, se sostiene en la Resolución Directoral N°398-2025, suscrita por el director Roy De la Torre Sucñier, a la que accedió El Comercio.

Sin embargo, esta es confusa y contradictoria en sí misma. Pues allí también se advierte que el penal de Barbadillo “no se encuentra en la directiva de clasificación como un establecimiento penitenciario de destino; es decir, no faculta a la Junta Técnica de Clasificación del Establecimiento Transitorio de Lima ubicar a internos varones en ese establecimiento”.
Pero también se advierte que “la situación del interno no se encuentra comprendida” en las excepciones que se señalan en la directiva. Y se considera “importante” que, a fin de garantizar la seguridad personal del interno Vizcarra, “resultaría conveniente recluirlo en un establecimiento penitenciario que garantice su seguridad, considerando el alto grado de hacinamiento de nuestros recintos”. No se brinda mayores fundamentos.

Así las cosas, el director de la oficina regional Lima optó por declarar la nulidad de lo que se dispuso el 14 de agosto, conformándose a su vez una nueva junta clasificatoria. Esta estará compuesta por tres profesionales: el abogado Rolando Huilca Arbieto, la psicóloga Mónica Evaristo Puño y la trabajadora social Elena Ríos Saeñz.
Es la propia directiva N°006-2023-INPE-DTP la que establece que la junta técnica está conformada por un psicólogo, un trabajador social y un abogado. Esta es encargada de clasificar al interno de acuerdo a las variables, indicadores y puntajes determinados en el mismo documento, como la situación jurídica, el número de ingresos a un penal, así como la lesividad de la conducta delictiva.


“La Junta Técnica de Clasificación es autónoma y responsable de su decisión en la clasificación del interno, debiendo cumplir lo establecido en la norma vigente. (...) La supervisión no implica de modo alguno interferencia en el proceso de clasificación”, se apunta también en la directiva.
“Debería ir a Lurigancho”
Tras conocerse este hecho, el jefe del INPE, Iván Paredes, brindó entrevistas que, lejos de aclarar lo sucedido, han dejado mayores interrogantes sobre la mesa. A lo largo de su alocución, Paredes explicó que estaba dentro de las facultades de director regional de Lima el declarar la nulidad; y que la decisión de la nueva junta de clasificación se podría conocer este viernes. Insistió en que la junta es autónoma.
“Y hay un puntaje, y hay tres tipos de régimen cerrado ordinario. De 4 a 7, se va a Ancón II; de 8 a 11, se va a Lurigancho; de 12 a 13, a Castro Castro. Según el puntaje que le pusieron a Martín Vizcarra, es diez, por lo tanto, según esta resolución que es la que está vigente, debería ir —no estoy diciendo que va— a dónde, debería ir a Lurigancho”, sostuvo Paredes en entrevista con RPP.
En su explicación, el actual jefe del INPE también puso en duda de que todos los expresidentes, solo por su condición, deban ser internados en el penal de Barbadillo. Al ser consultado sobre si se reexaminará entonces la situación de los otros exmandatarios, argumentó que recién ingresó al cargo.
“Yo tengo un mes y medio. Yo hacia adelante estamos tratando de solucionar muchos problemas graves que hay en el INPE. Nosotros de acá en adelante tenemos que subsanar y corregir muchas deficiencias que había antes. Yo como presidente del INPE lo primero que puedo pensar es por qué se emiten normas en favor de las personas, lo cual es inconstitucional”, insistió sin volver a aclarar el tema.

Puntos de vista
César Cárdenas Lizarbe, exjefe del INPE, consideró que el sustento brindado en la resolución directoral “es absolutamente incompleto, muy limitado y no guarda con el estándar que se exige en este tipo de decisiones”. Afirmó que es entendible el razonamiento jurídico para anular la decisión adoptada.
“Cuando uno anula un acto administrativo, como ocurre en el caso de la clasificación de una persona privada, hay que justificar cuáles son las razones expresas para efectos de no tomar una decisión arbitraria. Esa es una exigencia constitucional y legal. (...) En mi opinión, no está debidamente sustentada ni motivada esta resolución”, dijo en diálogo con El Comercio.
Explicó que, en virtud de la anulación, puede que la nueva junta tenga la misma opinión que la anterior y mantener a Vizcarra en el penal de Barbadillo; o, por el contrario, podría disponer que esté en otro establecimiento. En su mirada, debería mantenerse lo dispuesto inicialmente.
Por su parte, el exjefe del INPE, Wilfredo Pedraza, consideró que solo se estaría intentando “subsanar” un tema administrativo, a fin de validar el penal de destino de Vizcarra que sería Barbadillo.
Según comentó, todos los internos pasan por una evaluación de la junta, que analiza un conjunto de factores que van sumando puntajes para decidir el penal de destino. Sin embargo, esta junta solo está habilitada para proponer penales ordinarios, como Lurigancho y Castro Castro.
Agregó que es solo la autoridad superior —como el director regional— la que tiene la potestad de derivar a penales especiales como Barbadillo o la Base Naval del Callao, sobre la base de la evaluación inicial misma. A su juicio, se está “manejando incorrectamente” un asunto que tenía que haberse resuelto prontamente, con un acto administrativo adicional.
“Mi primera lectura del documento es esa, la junta de clasificación incorrectamente envió a Vizcarra a Barbadillo, no tenía facultades. Hay una reevaluación, pero para confirmar su destino: Barbadillo”, aseveró Pedraza.
En su mirada, el destino final de Vizcarra no puede ser otro que ese establecimiento. “No se trata de que Vizcarra tenga prisión preventiva por actos como presidente regional, sino se trata de que, aún en ese contexto, ejerció la Presidencia de la República y eso constituye en una obligación del Estado de dotarle de elementos razonables de seguridad. Y eso solo lo puede garantizar, en este momento, el penal de Barbadillo. Trasladarlo a otro penal sería una arbitrariedad y un despropósito”, aseveró.
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