El juez Jorge Chávez Tamariz ordenó este lunes que el proceso contra Pedro Pablo Kuczynski por el caso Odebrecht retroceda hasta el final de su etapa de investigación, específicamente, hasta lo avanzado hasta el 12 de mayo pasado. Ese día, la fiscalía había dispuesto cerrar la indagación al exmandatario y, consecuentemente, emitió su acusación penal, en la que piden una condena de 35 años de cárcel para él.
La decisión del magistrado de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada (CSNJPE) se tomó a partir de un pedido de los abogados del propio PPK, su coacusado Gerardo Sepúlveda y la empresa First Capital. En concreto, dispuso que la investigación se reabra para que se hagan diligencias adicionales, entre estas recibir un peritaje de parte hecho por encargo de las defensas. Luego de eso, la fiscalía decidirá si mantiene su acusación, para lo cual podrá volver a presentar el requerimiento acusatorio.
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La resolución del juez no aborda ni valora el sustento de la acusación del fiscal José Domingo Pérez. Tampoco se pronuncia respecto a si esta tiene defectos formales o de fondo. La decisión se tomó en base a lo planteado por los abogados al alegar que el cierre de la investigación por parte de la fiscalía (el 12 de mayo) vulneró su derecho a la defensa. Así, tampoco se ha anulado todo lo recolectado como parte de las pesquisas fiscales desde el 2018, sino solo lo actuado desde el 12 de mayo pasado: es decir, la presentación del requerimiento acusatorio. Así lo señaló la propia defensa de PPK.
Según conoció El Comercio, la fiscalía es crítica de la decisión del juez de declarar fundado el recurso, en aspectos como que no se puede amparar durante la etapa intermedia, salvó en casos sencillos o de acusación directa. Por ello, espera que se revierta en segunda instancia, con lo que la investigación se cerraría y la acusación se retomaría. Sala de apelaciones evaluará el tema en los próximos días.
¿Qué dijeron la defensa y la fiscalía?
Tal como había adelantado en diálogo con El Comercio, el defensor legal de PPK, Julio Midolo, presentó ante el Poder Judicial un recurso (tutela de derechos) para buscar que la investigación fiscal sea reabierta. Aquella vez, el abogado argumentó que la indagación había sido cerrado de forma arbitraria por parte de la fiscalía cuando todavía quedaban pendientes actos de investigación. Las defensas de Gerardo Sepúlveda y First Capital se sumaron con argumentos similares.
Jorge Chávez Tamariz fue el encargado de evaluar y pronunciarse sobre el recurso. El juez ha estado a cargo de este caso desde el 2019, año en el que decidió imponerle prisión preventiva por 36 meses a PPK, a solicitud del fiscal José Domingo Pérez. Luego, una Sala de Apelaciones dispuso variar esa prisión preventiva por arresto domiciliario. La audiencia para evaluar esta tutela de derechos se realizó el 18 de mayo.
Ante el juez, la defensa de PPK alegó que la indagación se cerró sin que se les permita “presentar su informe de parte para que sea evaluado por el perito oficial”, esto como parte de una de las pericias contable-financiera hechas dentro de la investigación fiscal (pericia N.°02-2023- EC/31-2017), y que con ello “se emita un informe pericial definitivo”. Según dijo aquel día la defensa, la pericia esta vinculada al presunto rol de Transportadora de Gas del Perú (TGP) dentro de la tesis fiscal.
Lo relacionado a TGP es uno de los siete hechos por los que la fiscalía acusó a PPK. La imputación es que se lavaron, a través de empresas, US$ 1′879.122 provenientes de TGP, consorcio vinculada al proyecto del Gas de Camisea. De acuerdo con la acusación fiscal, la empresa Westfield Capital recibió US$ 45 mil directamente de TGP, mientras que First Capital recibió US$ 1′833.455. También se alega que ese dinero sirvió luego para comprar la casa del expresidente en Cieneguilla por US$ 320 mil mediante la empresa Dorado.
La defensa alegó ante el juez que el peritaje se amplió para incluir esos hechos y que se iban a realizar sesiones de trabajo relacionadas el 5 y el 12 de mayo, pero que el 11 de mayo se dio por concluida y notificada la pericia oficial. Luego, añadieron, se concluyó la investigación al día siguiente antes de que pudieran presentar su pericia de parte o sus observaciones a la pericia oficial.
También indicaron que no se terminó de recogerse los testimonios -mediante cooperación internacional a Estados Unidos- de los empresarios extranjeros Paolo Rocca (de la empresa Techint), Ray Hunt (de la empresa Ray Hunt) y Nicolas Rohatyn (de The Rohatyn Group), que consideraron “importantes por los graves hechos que se le imputan”.
En tanto, el fiscal Dennier Villanueva, del despacho del fiscal José Domingo Pérez, señaló que el peritaje fue dispuesto con fines de corroborar la imputación y que se realizó entre el 24 de febrero y el 24 de abril. Luego, se dio un plazo adicional de 20 días, en los que solo la defensa de Gerardo Sepúlveda solicitó una sesión de trabajo pericial, para lo que se dieron las fechas del 5 de mayo y el 12 de mayo. A la primera, informó, no concurrió la defensa de PPK. Luego, el 11 de mayo, el perito oficial presentó su informe.
El fiscal también dijo que el cierre de la investigación no impedía que la defensa de PPK presente su pericia de parte y que el mismo día de esa audiencia, el 18 de mayo, vencía el plazo para presentarla, lo que hasta ese momento, no se había hecho. Por otro lado, recordó que en los casos de Ollanta Humala, Keiko Fujimori y Susana Villarán (que ve el propio juez Chávez Tamariz) también se presentaron recursos para que sus casos vuelvan a fase de investigación bajo argumentos similares a los de PPK, pero que todos ellos se rechazaron.
Audiencia en la que se debatió la tutela
En cuanto a los testigos que faltaban declarar, indicó que ellos están referidos a hechos por los que se decidió desacumular el caso para que se vean en una carpeta fiscal distinta e independiente. “La acusación no versa sobre esos hechos. Esos testigos que están pendientes no tienen nada que ver con los hechos acusados [...] Esperar esas diligencias [las declaraciones] significaría esperar casi un año”, dijo el representante del Ministerio Público. Sin embargo, para la defensa todos se relacionan al hecho vinculado a TGP.
Por otro lado, el fiscal cuestionó que la defensa de PPK, en diversos momentos y en distintas declaraciones a la prensa, solía reclamar que el Ministerio Público no acusaba pese a tener más de tres años de investigación. “Resulta que ahora, cuando la fiscalía acusa, pide 35 años de pena para la persona que ha regalado nuestro gas y ha entregado los proyectos a Odebrecht, nos viene hablar de que la fiscalía se ha apresurado ”, dijo.
Los argumentos del juez
Luego de escuchar a ambas partes, el juez Chávez Tamariz dio a conocer su decisión este lunes por la tarde. En esta, señaló que las declaraciones de los testigos mencionados son “elementos importantes no solo porque pueden incriminar sino que, también pueden servir como elementos de descargo [para las defensas]” y que la pericia “debe ser concluida porque está relacionada al derecho a la prueba del procesado Pedro Pablo Kuczynski”.
“[Esta situación] no puede ser limitada con la conclusión de la investigación preparatoria del modo que se ha desarrollado, esto considerando que el proceso penal tiene como misión ejercer una tutela capaz de minimizar la violencia y de maximizar la libertad”, afirmó el juez. El magistrado señaló que el rechazo a pedidos similares en otros casos de Lava Jato no es algo vinculante y consideró que se debe “brindarse la protección judicial para mantener igualdad procesal y un debido proceso, más si está relacionado a la formación de lo que en el futuro será la prueba pericial según a la naturaleza del delito de lavado de activos”.
Lectura de la resolución
Así, para el juez se evidenció una “seria afectación a los derechos como el de defensa, derecho a contradecir, obtener información que permita preparar su defensa y aportar todo medio de investigación y de aquellos que tienda a preparar posteriormente la prueba de los procesados”. Esto porque se cerró la investigación sin darles tiempo a PPK y Gerardo Sepúlveda para que presenten sus observaciones de parte al informe pericial y que seal perito oficial quien emita una pronunciamiento “en aras de alcanzar la verdad de los hechos”.
También consideró necesario que se garantice recibir las declaraciones de los testigos Paolo Rocca, Ray Hunt y Nicolas Rohatyn, “agotando todos los medios necesarios que se encuentren a su alcance, porque en el caso de los últimos testigos no es un pedido caprichoso o inoficioso de las defensas, sino como consecuencia de la imputación que se ha formulado la Fiscalía contra los referidos procesados que tienen derecho a conocer si las versiones de ellos les resulta favorable o le son útiles como un elemento de descargo”.
Las consecuencias de la decisión
En consecuencia, el juez consideró que se debe ordenar que se declare “nulo lo actuado [tras el cierre de la investigación]” y el proceso judicial se retroceda hasta la etapa de investigación preparatoria para que allí “se desarrollen las actuaciones pendientes en las que las defensas venían participando como testimoniales y pericia contable-financiera que tiene directa vinculación con el derecho a la prueba como una manifestación implícita del debido proceso”.
Con ello, se declaró fundada la tutela de derechos y se dispuso que la fiscalía “culmine la pericia contable-financiera” y “las diligencias pendientes de actuarse con necesaria participación de la defensa”. Conocida la decisión, la defensa se manifestó conforme, mientras que la fiscalía apeló. Por lo tanto, la palabra definitiva respecto a este tema la tendrá la sala de apelaciones a cargo del caso.
En diálogo con El Comercio, el abogado penalista Andy Carrión comentó que la implicancia de esta decisión es que el proceso “se retrotraiga de etapa”. “Cuando un fiscal cierra la investigación y procede a formular una acusación, ya en rigor nos encontramos en la etapa intermedia, o de control de acusación. Pero con esta tutela, amparada en primera instancia, se retrotrae y ya no estaríamos en etapa intermedia, sino en etapa de investigación preparatoria”, declaró.
Indicó que ya de vuelta en etapa de investigación, la fiscalía deberá “permitir a la defensa culminar con su pericia y proponer algunos actos de investigación que amparen su derecho a la defensa”. Una vez terminados los nuevos actos de investigación, explicó, el fiscal “tendría que volver a evaluar el fondo” para decidir si insiste en su requerimiento acusatorio. No obstante, estimó que “es altamente probable que insista en la acusación luego de que se cumplan con las diligencias pendientes”.
El abogado de Kuczynski, Julio Midolo, comentó a El Comercio que al declararse nulo el cierre de la investigación, consecuentemente también “queda nulo también el requerimiento acusatorio, aún cuando este nunca nos llegó a ser notificado”. Sin embargo, dijo que “no tiene una expectativa favorable respecto a lo que pueda resolver la fiscalía [cuando vuelva a cerrar la investigación]. Ellos ya sentaron su posición, consideran que mi cliente es culpable. Pero esto demuestra, desde nuestra perspectiva, que el Ministerio Público se ha apresurado”.
Usualmente, el plazo para que una defensa presente sus observaciones a un peritaje oficial es de cinco días. Sin embargo, el abogado explicó que han pedido al juez una aclaración respecto a si la pericia de debe realizar desde cero o si se debe tomar el plazo natural de cinco días para presentar su postura de parte. En cuanto, a las declaraciones, dijo que esto dependerá de las gestiones a nivel de cooperación internacional con Estados Unidos. Así, respecto al plazo que podría tomarse la reapertura de la investigación, dijo que “el plazo de la investigación formalmente se agotaba en septiembre [...] Incluso, cabría la posibilidad de que la fiscalía, si no culmina [lo ordenado por el juez], pueda pedir una ampliación adicional”.
La acusación contra PPK consta de más de 5.000 páginas, en las que la fiscalía le atribuye siete hechos delictivos y haber lavado más de US$ 12 millones provenientes de Odebrecht y otras empresas. El documento incluye el ofrecimiento de más de 130 testigos (entre ellos el expresidente Alejandro Toledo y exejecutivos de la constructora brasileña) y más de 1.500 documentos como pruebas, además de tres pericias contables. La resolución del juez Chávez, detalló Andy Carrión, no afecta la posibilidad de que de toda esa evidencia sea parte del eventual requerimiento acusatorio que se presente tras el retroceso a la fase de indagación.
Una de las mencionadas tres pericias, la vinculada a TGP, es en la que la defensa del expresidente alegó que no pudo presentar sus observaciones de parte. Las otras dos pericias contenidas en la acusación se cerraron en septiembre del 2022 y abril del 2023. Están vinculadas a las otros hechos y proyectos relacionados al dinero supuestamente lavado: Carretera Interoceánica y Trasvases Olmos, y Rutas de Lima.
Al respecto, Carrión consideró que si bien esa pericia está vinculada a uno solo de los hechos, el fiscal debe analizar todos los hechos en global y determinar si esa última pericia cambia su razonamiento sobre el caso. “Puede cambiar su perspectiva, pero mi apreciación es que el fiscal va a insistir en su acusación”, comentó. Por otro lado, señaló que es bastante inusual que un juez disponga a través de una tutela de derechos.
Finalmente, advirtió que es falso que esto signifique que el caso contra Pedro Pablo Kuczynski se haya caído o decir que toda la investigación vuelve a foja cero. “Eso es falso. Es simplemente un plazo ampliatorio respecto a la investigación preparatoria para cumplir con estas diligencias, las demás quedan incólumes. No es que se haya caído la investigación, pero sí es un varapalo para la fiscalía”, dijo.
El propio abogado de Kuczynski coincidió al decir que “no es exacto” afirmar que el caso se ha caído. “No significa que el juez ha anulado los seis años de investigación y que tiene que volverse a hacer todas las declaraciones, la revisión de información. Eso subsiste. Lo que ha anulado es esta última parte [...] Eso no significa que lo que ya se avanzó quede sin efecto”, dijo.
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