Víctor Rodríguez Monteza es el fiscal supremo que saltó a la palestra pública hace más de un año por estar presuntamente implicado con la organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto, una de las más grandes investigaciones de corrupción de los últimos años.
Por estos días, Rodríguez Monteza ha vuelto al ojo público por su accionar como fiscal supremo. Esto, tras proponer a la Corte Suprema que anule la condena de 27 años que se le impuso al narcotraficante Fernando Zevallos González, alias “Lunarejo”, hallado responsable del delito de lavado de activos en el 2019.
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Actualmente, Rodríguez Monteza, viene siendo investigado disciplinariamente por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por dos casos: Cuellos Blancos del Puerto y su desempeño como fiscal supremo de Control Interno.
Pero, ¿Cuál ha sido el papel de Víctor Rodríguez como fiscal supremo y los casos importantes que han pasado por sus manos?
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Víctor Rodríguez Monteza inició su carrera como funcionario público del Ministerio Público en el 2003, cuando el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) lo nombró fiscal adjunto supremo titular de la Fiscalía Suprema Nacional a través de la resolución Nro. 069-2003-CNM, del 17 de marzo del 2003.
A diferencia de otros fiscales que han laborado desde las primeras instancias, Rodríguez Monteza -desde que ingresó al MP- trabajó dentro del equipo de asistencia en las distintas fiscalías supremas que tiene la Fiscalía de la Nación.
Eso, hasta que, en agosto de 2016, el CNM lo nombró como fiscal supremo titular e integrante de la Junta de Fiscales Supremos. Antes de ello laboró en la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo, la Fiscalía Suprema de Control Interno y la Fiscalía Suprema en lo Civil.
-Fernando Zevallos y la audiencia-
Este jueves 13 de julio a las 9:30 de la mañana, la Sala Suprema Penal Permanente de la Corte Suprema, analizará el recurso de nulidad que interpuso Fernando Zevallos, su hermana Lupe Zevallos -hoy prófuga de la justicia- y otros, contra la sentencia del 2019, que lo condenó por el delito de lavado de activos.
Es en esta causa que la presencia del fiscal supremo Rodríguez Monteza ha entrado a tallar. En su opinión, dicha condena no fue debidamente sustentada por la Sala Penal Nacional, que -a su criterio- aplicó incorrectamente las normas vigentes.
Según informó Cuarto Poder, el fiscal supremo emitió una controvertida opinión ante los jueces de la Corte Suprema, considerando que el juicio y la condena de 27 años contra Zevallos, su hermana Lupe y otros, debe ser anulada y nuevamente juzgada.
El otrora dueño de Aerocontinente ya cuenta con una condena previa impuesta en 2004, consentida y ejecutoriada, por el delito de tráfico de drogas y lavado. Se le impuso 20 años de cárcel por encabezar una organización criminal dedicada al tráfico internacional de estupefacientes.
Y, en 2019, Fernando Zevallos, su hermana Lupe Zevallos y otras 19 personas, fueron halladas culpables de blanqueo de capitales en la modalidad de ocultamiento y tenencia.
Sin embargo, para Rodríguez Monteza, el Poder Judicial no cumplió con analizar adecuadamente la aplicación de las normas vigentes en ese momento respecto al lavado de activos.
“Siendo así, este despacho fiscal supremo debe destacar que el razonamiento que sostiene el fallo de la Sala Penal Superior no fue capaz de sustentar válidamente una sentencia condenatoria pues no fundamentó de forma correcta (no ha desarrollado el principio garantista de la tipicidad legal -expresa e inequívoca- de la conducta reprochable), por ende, no ha resuelto de manera justificada el conflicto normativo que suponía la sucesión de hechos desde 1992 hasta el 2007”, indica Rodríguez Monteza en su opinión fiscal del 7 de julio último a la que accedió El Comercio.
Procuradora Sonia Medina: Análisis de fiscal Rodríguez Monteza no se ajusta a los hechos
Para la procuradora antidrogas, Sonia Medina, el análisis jurídico que hace el fiscal Rodríguez Monteza no se ajusta a los hechos vistos en el proceso judicial. Y es que, remarcó, este segundo proceso por lavado de activos es autónomo e independiente y se ha seguido por casi cinco años.
“Lo que no toma en cuenta el señor Rodríguez, dice que son los mismos hechos de lavado de activos, y eso no es cierto. Porque tráfico y lavado de dinero (del primer juicio) se llevó en su momento hasta el año 1995; luego, se investiga y nace lavado de activos que lo hace la fiscal Luz Loayza. El expediente de drogas, donde Zevallos es sentenciado, es solo es el delito precedente y no tiene nada que ver con el (nuevo) de lavado de activos”, explicó a El Comercio.
Es este reciente proceso, indicó Medina, el que ha llegado a la Corte Suprema y “por suerte para ellos, le sale la opinión de Rodríguez Monteza”.
“Aquí la opinión de Rodríguez Monteza se equivoca, porque el delito precedente no ha sido materia de contradictorio (en el segundo juicio), se equivoca y lo desconoce”, anotó.
Humberto Abanto, abogado de Miguel Halabi La Rosa, uno de las personas investigadas y que terminó siendo absuelto por este caso de delito de lavado de activos, sostuvo a este diario que “las personas solo pueden ser procesadas por lo que es delito al momento de la comisión del presunto delito”.
“El autolavado no estaba contemplado y no hay delito si no hay ley previa. El principio de legalidad no lo han establecido Los Cuellos Blancos, eso nació con el pensamiento ilustrado”, alegó.
Sostuvo que el lavado de activos sí existía en la época en que se han procesado los hechos, “pero el acto de dárselo uno mismo no existía como delito de lavado”. Por tanto, indicó que en ese momento el Congreso no había tipificado dicho delito específico.
Será por tanto, la Sala Suprema Penal Permanente, la que analizarán este jueves quién tiene la razón; y sobre todo, si le da o no validez al análisis fiscal que hace Rodríguez Monteza, sobre la tipificación del delito de lavado de activos y la sentencia impuesta contra Zevallos.
La opinión del fiscal Rodríguez Monteza, como en otras causas, no es vinculante para los magistrados de la Sala Suprema.
El expediente, no tiene calificación previa, y se analizará el pedido de fondo por ser un caso del Antiguo Código Penal.
El tribunal, es presidido por el juez supremo César San Martín e integrado por los magistrados, Aldo Figueroa Navarro, Jorge Carlos Castañeda, Iván Alberto Sequeiros Vargas y Erazmo Armando Coaguila Chávez.
Llamamos al fiscal Rodríguez Monteza, pero no respondió.
-Los audios de Cuellos Blancos-
Antes de ser implicado directamente en el Caso Los Cuellos Blancos del Puerto, Rodríguez Monteza fue cuestionado por su desempeño al frente de la Fiscalía Suprema de Control Interno por su proceder en dicho caso.
Tras revelarse los primeros audios contra el exjuez Walter Ríos en el 2018, obtenidos en esta investigación fiscal por el portal IDL Reporteros, Rodríguez fue el primero en investigar al expresidente de la Corte Superior del Callao.
No obstante, tras publicarse otros audios que ya lo empezaban a vincular con la mencionada organización criminal, el entonces jefe de la Fiscalía Suprema de Control Interno conminó a dicho medio digital y al programa Panorama, para que revelen sus fuentes y le entreguen los audios que aún no habían sido publicados. Incluso, el requerimiento fiscal llegó con la advertencia que, de hacer caso omiso, podría levantar cargos contra ellos por desobediencia a la autoridad.
-Investigado por organización criminal-
Pero la situación de Rodríguez Monteza fue tornándose más compleja dentro de este caso, tras ser incluido como parte del eje de altos funcionarios que operarían dentro de la organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto, según el informe 01-05-2018-FECOR de la fiscal contra el crimen organizado del Callao, Sandra Castro.
En octubre del 2019, el fiscal supremo fue incluido en este caso como investigado por el delito de organización criminal, junto al suspendido fiscal supremo Pedro Chávarry.
Y, en marzo de 2020, el fiscal supremo Pablo Sánchez emitió un informe sobre el caso Los Cuellos Blancos del Puerto, en el que consideraba que las investigaciones habían determinado que Rodríguez Monteza alertó a la organización criminal de las primeras pesquisas que realizaba la fiscal Sandra Castro.
“La información fue comentada por el fiscal supremo titular Víctor Raúl Rodríguez Monteza al hermano del doctor Duberlí Rodríguez Tineo en una fiesta donde asistieron los miembros del CNM”, precisa el documento.
En dicha fiesta, según el informe, “le comentaron -al hermano del juez Duberlí Rodríguez- que habían grabado un audio entre Walter Ríos y Gianfranco, donde se les escucha la ayuda para el nombramiento de un fiscal titular adjunto en la ciudad de Tacna, entre otros”.
En el informe de Sánchez también se menciona la declaración del colaborador eficaz 108-2018, quien señaló que “Walter Ríos se enteró -de la investigación en su contra- por el doctor Hinostroza Pariachi, comentándole que vería la forma de manejarlo ante el fiscal supremo de Control Interno (Víctor Raúl Rodríguez Monteza) porque la medida que autoriza el levantamiento del secreto de las comunicaciones al doctor Hinostroza y a Ríos debió ser realizada por el juez supremo instructor”.
-Caso Keiko Fujimori-
Como titular de la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal, a donde fue designado en enero del 2019, Rodríguez Monteza tuvo otra controvertida opinión ante la Corte Suprema, mostrándose a favor de que se declare procedente el pedido de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, para anular su prisión preventiva por el Caso Odebrecht.
En dicha alegación, por entonces contraria a la del Equipo Especial Lava Jato, que investiga a la excandidata presidencial, el fiscal supremo argumentaba que la prisión preventiva en el caso, sería una suerte de sentencia adelantada, que no se daban los estándares en graves y fundados elementos de convicción para imponer la medida y porque se estaban violando derechos fundamentales de la investigada.
Rodríguez Monteza no se presentó a la audiencia para sustentar su posición.
La opinión fiscal tampoco fue acogida en su la Corte Suprema, que confirmó la prisión de la lideresa de FP, pero dijo rebajar de 36 a 18 meses el plazo. La medida, fue anulada por el Tribunal Constitucional meses después.
-Caso de Banda Criminal-
El 20 de mayo del 2019, Rodríguez Monteza también pretendió desconocer el análisis judicial y la sentencia que impuso la Corte Superior de Lima a cuatro integrantes de una organización crimina por los delitos de robo agravado y banda criminal, por el asalto al Instituto Superior Técnico Limatambo, en setiembre del 2017.
Fue la Tercera Sala Superior Penal de Lima que condenó a Antonio Cipriano Guzmán Gonzales, Aldo Joel Solórzano Ccollatupa, José Manuel Hurtado Risco y Damián Duval Calderón Vega, al determinar que reconocieron haber cometido robo agravado, pero el tribunal también halló pruebas para sentenciarlos por actuar bajo la modalidad de banda.
Sin embargo, la opinión de Rodríguez Monteza fue favorable para los condenados, afirmando que en dicho caso, la unión o constitución del grupo de personas había sido “circunstancial o causal, ya que desde un inicio los mencionados procesados no tuvieron el propósito fundado de cometer delitos, tal como se advierte de sus propias declaraciones”.
La opinión del fiscal supremo fue rechazada por la Corte Suprema que confirmó la condena y declaró que no había razones para anularla.