Gutiérrez, en su carta de renuncia, exhorta a la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, a realizar el proceso de selección de su sucesor en la Defensoría del Pueblo de manera "oportuna" y "transparente". (Foto: Britanie Arroyo | GEC)
Gutiérrez, en su carta de renuncia, exhorta a la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, a realizar el proceso de selección de su sucesor en la Defensoría del Pueblo de manera "oportuna" y "transparente". (Foto: Britanie Arroyo | GEC)

Después de cinco años y siete meses, el defensor del Pueblo, , presentó este miércoles su carta de renuncia al cargo. El ex decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), cuyo periodo oficial había vencido el 5 de setiembre pasado, se pronunció en contra de la instalación de una y sugirió que el Congreso archive “sin escalas” el proyecto del gobierno que promueve la redacción de una nueva Carta Magna.

“Yo he leído el proyecto que se ha presentado, es muy confuso, y creo que ese documento debería ir sin trámite y sin escalas al archivo”, manifestó.

Gutiérrez Camacho indicó que, si bien la Constitución requiere ser reformada, no es el momento para que el país se embarque en una larga tarea de discusión de entre 12 y 18 meses, cuando existen temas “más urgentes” para el país, como la salud, la educación, el trabajo, la alimentación y la atención a las personas con discapacidad.

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“¿La Constitución necesita ser reformada? Sí, hay necesidad de hacer cambios, hemos tenido 12 constituciones, y no es más que un papel si no se materializan los derechos. Es fácil hablar de constituciones, es fácil hablar de derechos si no se acompaña con la materialización. Y esto depende de la gestión pública, de quienes estamos en el Estado”, remarcó.

El abogado, quien estará en la Defensoría del Pueblo hasta el viernes, dijo que no cree que un documento cambie la situación del Perú “de la noche a la mañana”.

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Durante la conferencia de prensa, Gutiérrez también dio cuenta de sus últimas acciones como defensor del Pueblo. Por ejemplo, informó que presentó una demanda de competencia contra el Ejecutivo ante el Tribunal Constitucional “por el menoscabo” de las atribuciones que el artículo 162 de la Constitución le da a su institución.

Explicó que el artículo 162 de la Carta Magna facultad a la Defensoría del Pueblo a cautelar los derechos fundamentales y a supervisar la buena marca de la administración pública y de los servicios estatales. Agregó que, bajo este parámetro, han emitido una serie de informes solicitando correcciones al gobierno de Pedro Castillo. Sin embargo, estos documentos no han recibido ninguna respuesta.

(Foto: El Comercio)
(Foto: El Comercio)

Gutiérrez afirmó que, si bien estos informes no son de carácter vinculante, si es necesario que el gobierno responda por qué no ha tomado en cuenta sus recomendaciones.

Recordó que la Defensoría del Pueblo advirtió, en enero pasado, que el Ejecutivo. También recordó que le enviaron una misiva a Castillo Terrones, a través de la cual le pidieron a la hora de nombrar a los integrantes de su Gabinete Ministerial.

“Esto no se ha cumplido, tal es así que el Congreso ha censurado ministros, y también hemos visto [fuertes cuestionamientos] a funcionarios de alto nivel, como en Salud y en Petro-Perú. Esta omisión del Ejecutivo, disminuye la posibilidad de que la defensoría cumpla sus funciones. ¿Qué estamos pidiendo? Que el Ejecutivo cumpla con responder, y no una respuesta nominal”, subrayó.

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Una interpretación sobre la denuncia constitucional

El saliente defensor del Pueblo, además, indicó que han realizado un informe sobre “La responsabilidad constitucional del presidente de la República”, que interpreta los artículos 99, 100 y 117 de la actual Carta Magna.

Gutierrez explicó que el inciso 1 del artículo 118 de la Constitución establece que el presidente está obligado a cumplir con la Carta Magna y las leyes vigentes. Pero sostuvo, si en la práctica, el jefe de Estado incumple con estos deberes, es necesario encontrar en el mismo texto constitucional un mecanismo para remediar esta situación.

Por ello, agregó, que los artículos 99 y 100 de la Carta Magna fijan la figura del juicio político en contra de altos funcionarios del Estado, entre ellos el mandatario, por grave infracción a la Constitución.

El defensor del Pueblo saliente consideró que el artículo 117 que plantea que el presidente de la República en ejercicio no puede ser acusado ni penal ni constitucionalmente ha sido interpretado de manera aislada.

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“En resumen, lo que tendríamos que decir es que, en nuestro modelo constitucional, sí es posible acusar a altos funcionarios. ¿El presidente está blindado? Sí. ¿El presidente no puede ser perturbado en su actividad? No, no puede, pero la razón por la que se le ha blindado es porque él es el guardián de la Constitución, no es porque él deba violar la Constitución. Sería una paradoja que él esté blindado para violar la Constitución”, expresó.

“Esa interpretación, desde nuestro punto de vista no es admisible, no puede ser que la Constitución se haya diseñado de tal modo para que en el Perú exista un ciudadano, un funcionario que sea inmune por la violación a la Constitución”, complementó.

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De otro lado, Gutiérrez anunció que la Defensoría del Pueblo presentará al Congreso un proyecto de ley para brindarle independencia al Instituto de Radio y Televisión del Perú (IRTP) frente a los gobiernos de turno.

La institución propone que la designación del presidente ejecutivo del IRTP y de los otros integrantes de su consejo directivo se realicen a través de concurso público.

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Gutiérrez, en presencia de la abogada Eliana Revollar, quien asumirá la conducción interina de la Defensoría del Pueblo, mostró a las cámaras su carta de renuncia.

“No es tan difícil renuncia, como se dan cuenta”, dijo, en aparente referencia a la solicitud que le hizo al presidente Castillo ante la crisis política, social y económica por la que atraviesa el país.


Cabe recordar Walter Albán (2000-2005) y Eduardo Vega (2011-2016) fueron defensores del Pueblo interinos por cinco años, debido a que los parlamentos de entonces no lograron ponerse de acuerdo para elegir a los titulares de la institución.


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