El impuesto al patrimonio o a la riqueza ha vuelto a ser discutido luego de que un nuevo proyecto de ley se presentara en el Congreso de la República. Además de las propuestas de las bancadas del Frepap y Somos Perú, llegó una nueva iniciativa del Frente Amplio (FA), presentada por las congresistas Mirtha Vásquez y Rocío Silva Santisteban, que busca crear un impuesto a las grandes fortunas a través de una ley y con el objetivo de recaudar fondos para financiar la lucha contra el COVID-19 a partir de enero del 2021.
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Este gravamen afectaría al patrimonio que supere las 400 UIT (S/1’720.000), y se incluiría en el cálculo de la base imponible a los inmuebles, vehículos automotores, activos financieros como acciones y bonos, depósitos bancarios y créditos, colecciones de arte y joyas cuyo valor supere las 2 UIT (S/8.600), entre otros. Está enfocado, además, en personas naturales domiciliadas en el Perú, y permitiría la deducción de los pasivos asociados a los activos que conforman esta base: si uno tiene una hipoteca, por ejemplo, la deuda asociada al préstamo hipotecario se puede deducir del total.
Por otro lado, el proyecto estipula que el impuesto se determina aplicando una escala progresiva de tasas que ascienden de 1% (más de 400 UIT a 700 UIT) al 5% (por exceso de 1.600 UIT).
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Rocío Silva Santisteban, una de las autoras del proyecto, comentó a El Comercio que lo que busca su bancada es hacer “justicia fiscal en un momento de pandemia”. No obstante, agrega que tanto la base imponible como el porcentaje del impuesto “son ámbitos que pueden modificarse”.
“Entendemos que para algunas personas esa cantidad de dinero no es una gran fortuna, sino un patrimonio de una persona de clase media o media alta. [Con respecto a las tasas] podemos empezar con 0,3% o 0,4%”, señala la congresista. “[Pero] no podemos quedarnos atrapados en los tecnicismos legales de la propuesta, sino ir al fondo del planteamiento, y el fondo es que acá nos mojamos todos”, asevera.
SOBRE EL PROYECTO
Consultada respecto sobre esta propuesta, la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, indicó este miércoles que en el aspecto tributario las respuestas no pueden darse sin un análisis estructural que deje de lado los problemas de fondo. En ese sentido, alertó sobre los altos niveles de incumplimiento en el sistema fiscal: un 48% en el caso del Impuesto a la Renta (IR) y un 32% en lo que es el Impuesto General a las Ventas (IGV).
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“Nuestra posición es que en lo tributario siempre vamos a tener un trabajo técnico, responsable, minucioso, y en su debido momento será presentado. Por el momento estamos muy focalizados en atender la emergencia y en paralelo estamos trabajando en una propuesta estructural [del sistema]”, detalló.
Para Víctor Valdez, asociado senior del estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas, aunque el proyecto del FA tiene un mayor desarrollo en el ámbito técnico, un aspecto a considerar es que los inmuebles y vehículos automotores ya están sujetos al impuesto predial. “Gravarlos en un nuevo impuesto es una doble imposición. Ahí se puede hablar de un vicio de inconstitucionalidad”, comenta a este Diario. Sobre este punto, Silva Santisteban comenta que desde su despacho observaron que dicho problema no se presentaría.
Por otro lado, Valdez manifiesta que puede surgir también un error técnico al incluir los activos financieros (acciones o bonos). “[El proyecto] dice que el impuesto se aplica en base a su cotización bursátil. El problema aquí es que puedes tener acciones en cartera de cualquier empresa del mundo que al inicio del año costó US$100 y a fin de año su valorización llega a US$500, pero la persona no ha generado esa ganancia; es simplemente un valor de mercado. Y la norma tomaría como referencia esos US$500”, explica.
Desde la perspectiva de Alfredo Thorne, exministro de Economía, sigue siendo un mal momento para centrar el debate en nuevos impuestos o un aumento de los mismos. “Yo veo que es muy difícil que se recaude mucho con este impuesto, y el mejor ejemplo es el incumplimiento en nuestro IR”, remarca.
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En segundo lugar, Thorne considera que la implementación del mismo “es muy difícil”. “No es que la riqueza esté en propiedades. al final de cuentas los que tienen propiedades son la clase media y la media alta. lo que va a terminar haciendo [la propuesta] es subir los impuestos sobre la clase media, media alta y ese es un efecto negativo sobre la economía”, agrega.
A pesar de un existir un indicador de la riqueza en el Perú, en el artículo 8 de la propuesta del Frente Amplio, detalla Silva Santisteban, se plantea la creación de un padrón de riqueza que sería encargado a la Sunat, quien tendría la tarea de hacer este mapeo. “Uno de los puntos interesantes de nuestro país es que hemos hecho mucha investigación de la pobreza, pobreza extrema, está mapeada y analizada, peor no se ha analizado de manera tan amplia la riqueza”, detalla la congresista.
Pero sobre el aspecto de la información. Valdez, del estudio Rebaza, menciona que se pueden presentar grandes dificultades si se añade en el cálculo gravable a las colecciones de arte u otros artículos preciados. Esto, en principio, porque determinar el valor de mercado de estos bienes es “sumamente complicado” e implicaría que la autoridad competente exija tasaciones todo el año. “eso es una carga económica y operativa porque no es fácil encontrar valuadores de arte, y además, es sumamente subjetivo. Un valuador en subastas se ven precios disímiles que dependen de quien puja más por comprar una obra de arte. Es algo que puede generar mucha complicación a nivel de operatividad del impuesto”
“En otros países si se aplican este tipo de gravámenes de forma muy puntual, pero sobre el valor de adquisición. Entonces sería probablemente una forma de aplicar el impuesto para viabilizarlo. Pero este punto de las obras de arte y de colección genera mucha inseguridad sobre cómo se aplicará el impuesto porque si bien es posible inscribir algunas obras de arte, no todas están inscritas. También hay que cuestionar cuál va a ser la facultad real de la Sunat para fiscalizar este impuesto”, añade Valdez.
¿BAJO QUÉ SUPUESTOS EL CONGRESO PUEDE CREAR NUEVOS IMPUESTOS?
Durante la conferencia del Presidente de la República este último miércoles, Vicente Zeballos, presidente del Consejo de Ministros, mencionó que la legislación en materia triburaria o económica es materia exclusiva y excluyente del Ejecutivo. ¿Es correcto este enfoque?
Valdez explica que interpretarlo de esta manera es un error conceptual. “Aquí se deben tomar dos artículos como referencia, el artículo 74 de la Constitución, que señala que los impuestos como tales son únicamente competencia del poder Legislativo; o sea solamente, el Congreso puede crear impuestos. Más bien el Ejecutivo no puede crear impuestos y es tan de ese tipo la prohibición que cuando el Ejecutivo quiere crear impuestos, necesita pedirle al Congreso que le delegue facultades. Entonces eso realmente no es exacto”, detalla.
No obstante, señala que donde sí hay un punto es que en el artículo 79 de la misma Constitución, en su segundo párrafo, se lee que el Congreso “no puede crear impuestos con fines predeterminados, salvo por solicitud del Poder Ejecutivo”. Esto significa que si el Congreso buscara crear un impuesto destinado a recaudar fondos de los contribuyentes para financiar un acto público específico, de acuerdo al abogado, ello sería inviable.
¿Este último punto artículo dista con la propuesta del FA? Valdez aclara que no es así. “El proyecto de Somos Perú sí tenía un tributarimiento específico, decía que lo que se recaude debe ir a la población vulnerable. El proyecto del FA simplemente crea la obligación de los contribuyentes con el Ejecutivo a nivel de patrimonio de contribuir al fisco y teóricamente como está la norma, este impuesto entra al erario público bajo el principio de caja única y no tiene fin predeterminado, simplemente incrementa la recaudación fiscal. Ahí sí estamos fuera de esta condición del artículo 79”, puntualiza.
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