Cuando el trabajador labora durante el feriado y no se acuerda un descanso sustitutorio, corresponde el denominado “triple pago”. Foto: GEC.
Cuando el trabajador labora durante el feriado y no se acuerda un descanso sustitutorio, corresponde el denominado “triple pago”. Foto: GEC.
Por Redacción EC

El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que el jueves 8 de octubre es un feriado nacional remunerado y obligatorio para los trabajadores de los sectores público y privado, en conmemoración del Combate de Angamos, conforme al Decreto Legislativo N.° 713, norma que regula los descansos remunerados.

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