A través del Decreto Supremo N° 048-2024-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la relación de proyectos complementarios a los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura Sostenible para la Competitividad 2022-2025.
Relación de los proyectos complementarios a los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura Sostenible para la Competitividad (PNISC) (Ver tabla)
El Decreto Supremo N° 048-2024-EF también establece que las entidades públicas del Gobierno Nacional titulares de los proyectos priorizados en el PNISC pueden suscribir con las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales competentes, los convenios correspondientes para definir la entidad pública que asume el financiamiento, contratación y/o ejecución de los proyectos complementarios.
Los convenios señalados en el párrafo anterior son suscritos por las entidades públicas involucradas hasta el 31 de diciembre de 2025.
Además, indica que las entidades públicas titulares de los proyectos priorizados en el PNISC, bajo responsabilidad del titular, se encuentran obligadas a presentar reportes mensuales de avance al Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión (EESI) del Ministerio de Economía y Finanzas, con los principales aspectos relacionados con el desarrollo e implementación de los proyectos complementarios.
Esa información es remitida por el funcionario de enlace de manera conjunta con el reporte mensual de los proyectos priorizados en el PNISC, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1569; sin perjuicio de los requerimientos de información que formule el EESI en el marco de sus competencias.
Y con relación a los proyectos de inversión pública priorizados en el PNISC, los operadores del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI), bajo responsabilidad del titular, se encuentran obligados a registrar los avances de los proyectos de inversión pública priorizados en el PNISC en los aplicativos informáticos del SNPMGI, conforme a la normatividad del referido Sistema Nacional.
La implementación de lo establecido en el Decreto Suprema se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
El decreto es refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, José Arista; por la ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Hania Pérez de Cuéllar; por el ministro de Transportes y Comunicaciones, Raúl Pérez Reyes; y por el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate. También es refrendado por la presidenta Dina Boluarte.
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