Con 66 votos a favor y en segunda votación, el Congreso de la República aprobó la Ley del control del tabaco, nicotina y productos sucedáneos para la protección de la vida y la salud. Este dictamen recae en los proyectos de ley 3412/2022-CR, 3437/2002-CR, 3732/2022-CR y 4717/2022-CR, siendo este último el que prohíbe toda publicidad de estos productos.
Con esta ley se establecen nuevos parámetros para la comercialización, publicidad y regulación de cigarros, vapeadores y otros que contengan las mencionadas sustancias nocivas para la salud. Uno de los autores, el congresista Alejandro Soto, de Alianza para el Progreso, sustentó que esta iniciativa nace de las cifras mortales registradas por consumo de tabaco.
Por ejemplo, según cifras oficiales del INEI, en 2022, a nivel nacional, el consumo promedio de la población de 15 y más años de edad fue 4,5 cigarrillos por día.
“Más de 8 millones de personas (en el mundo) mueren al año por el consumo del tabaco y sus variantes o derivados. De ellos, un millón 200 mil personas mueren como consecuencia de quienes al costado izquierdo o derecho están consumiendo tabaco”, señaló el legislador.
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Para el parlamentario de APP, en el Perú es necesario contar con un marco legal que regule el consumo y venta del tabaco. “La finalidad principal - bajo el P.L. 4717 de autoría de Soto- es prohibir toda publicidad sobre el tabaco”, agregó.
En cuanto a este punto, la norma aplica la prohibición total de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco o sus sucedáneos. También se prohíbe la publicidad, promoción o patrocinio en locales de salud o educación, sean públicos o privados; en las dependencias públicas y en un radio de 500 metros alrededor de centros educativos donde asisten menores de edad.
Se prohíbe cualquier tipo de comunicación que los promocione en medios de comunicación gráficos dirigidos a menores de edad y en actividades en que se admita su ingreso.
Vapeadores y venta de tabaco
El acceso que tienen los menores a estos productos se ha convertido lamentablemente en algo ‘normal’. De acuerdo a cifras oficiales, en 2022, el 16,2% de la población de 15 a más años de edad fumó al menos un cigarrillo en los últimos 12 meses.
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También se conoce que la población de este rango de edad manifestó que empezó a fumar diariamente a los 24,3 años de edad en promedio. En tal sentido, la ley dispone que queda prohibida la venta de productos de tabaco, productos de nicotina, sistemas electrónicos de administración de nicotina y similares sin nicotina (Vapeadores) y sus accesorios a menores de edad y por menores de edad.
Queda prohibida la venta de empaques de menos de diez unidades, así como la entrega a menores de edad de productos promocionales, muestras o regalos de productos de tabaco, productos de nicotina, vapeadores de nicotina o similares sin nicotina o sus sucedáneos.
Saborizantes y empaquetado
Otro punto destacado de esta ley prohíbe la impresión en las etiquetas, publicidad, marcas, slogan y en cualquier signo que acompañe al producto, de los términos ‘ligero’, ultraligero’, ‘suave’, ‘supersuave’, ‘light’, ‘ultra light’, sinónimos u otros signos.
Asimismo, se dispone que los productos de tabaco, nicotina o sucedáneos que usen saborizantes o aromatizantes no deben utilizar nombres de golosinas o postres que sean atractivos para menores de edad.
Se recuerda que el consumo de tabaco es uno de los principales factores que causa el cáncer de pulmón y también está asociado al desarrollo de enfermedad que afecta a los vasos sanguíneos.
Consecuentemente, las enfermedades cardiovasculares son responsables de casi la mitad de los decesos vinculados al consumo de tabaco en países desarrollados, así como más de la cuarta parte de fallecimientos en países en vías de desarrollo como el Perú.
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