El expresidente Alejandro Toledo fue extraditado al Perú por el Caso Odebrecht. El jueves, en una entrevista con la agencia EFE, pidió que se le varíe la prisión preventiva por arresto domiciliario. Abogados penalistas consultados por El Comercio consideraron que la solicitud del exmandatario no es viable.
El otrora líder de Perú Posible llegará a territorio nacional para cumplir con los 18 meses de prisión preventiva que dictó el Poder Judicial por los presuntos delitos de corrupción en la licitación de la carretera Interoceánica Sur a favor de la constructora brasileña. El fiscal José Domingo Pérez, del equipo especial Lava Jato, ratificó su pedido para que Toledo sea sentenciado a 20 años y 6 meses de prisión efectiva.
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¿Es viable que la prisión preventiva de Toledo se varíe por arresto domiciliario?
El exviceministro de Justicia Gilmar Andía, sostuvo que Toledo no cumpliría con los requisitos para que se varíe su situación. Para ello, según el especialista, el exmandatario “tendría que demostrar que su condición como adulto mayor no es buena y que, entrando a un centro penitenciario, esta situación empeoraría”. “Sobre lo que se conoce, no veo condiciones para que el tenga arresto domiciliario”, opinó también.
El penalista señaló, además, que una vez que Toledo llegue al Perú “probablemente” será clasificado al penal de Barbadillo, en Ate, que alberga a los expresidentes Alberto Fujimori y Pedro Castillo.
Asimismo, indicó que, una vez recluido en dicha prisión, la defensa del exmandatario puede pedir la variación de su condición por arresto domiciliario. Para ello se deberá demostrar que las “condiciones de salud o de vulnerabilidad” de Toledo empeoraron en los últimos años y “no fueron evaluadas” por el Poder Judicial cuando dictó la “prisión preventiva”.
“Tendría que demostrar que su condición como adulto mayor no es buena y que, entrando a un centro penitenciario, esta situación empeoraría”
Gilmar Andía, ex viceministro de Justicia
Por su parte, Alberto Huapaya, abogado especialista en extradiciones, dijo que una eventual variación de la prisión preventiva por arresto domiciliario para Toledo dependerá de las “pruebas” que presenten sus abogados.
“El tema es que si lo presenta ahora, hay antecedentes que hacen dudar de su palabra. No veo que sea una petición sólida porque de ser cierto que estaba enfermo eso pudo presentarlo ante las autoridades norteamericanas para que ellos soliciten al Perú que presente una garantía diplomática de asegurar su tratamiento en cárcel”, expresó.
Huapaya también argumentó que no ve “viable” que se disponga el arresto domiciliario de Toledo debido a que con esto se “admitiría formalmente que el Estado peruano no le garantizaría un tratamiento de salud”. Añadió que se estaría reconociendo que el ex jefe de Estado no presenta peligro de fuga.
Para el especialista, “lo recomendable es que la fiscalía o procuraduría presenten un informe del INPE que le garantice el tratamiento médico [a Toledo]”. Huapaya consideró que dicho documento debería ser solicitado de inmediato para “contrarrestar el futuro pedido” del exmandatario.
Finalmente, Huapaya subrayó que ante un eventual pedido de la defensa de Toledo, el Poder Judicial deberá “evaluar los argumentos y la solidez de la documentación” y ”considerar las repercusiones” de este caso en los “próximos procesos de extradición”.
"No veo que sea una petición sólida porque de ser cierto que estaba enfermo eso pudo presentarlo ante las autoridades norteamericanas"
Alberto Huapaya, especialista en extradiciones.
En tanto, el abogado Enrique Ghersi indicó que ve “altamente improbable” que Toledo “tenga arresto domiciliario”. “A él se le ha dispuesto prisión preventiva que, como en el caso de Pedro Castillo, se debe cumplir en el penal de Barbadillo, que está especialmente designado para esos efectos”, agregó.
Ghersi aseveró que la “condición jurídica” del ex jefe de Estado no variará, a menos que “se acoja a la colaboración eficaz”. El penalista indicó también que en caso de que la defensa de Toledo solicitara una modificación, esto no sucedería de inmediato, primero tendría que haber una audiencia y luego una resolución judicial.
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¿La conducta procesal de Toledo y los delitos que se le imputan serían un factor clave?
Gilmar Andía indicó que “la conducta procesal de Toledo, de no sujeción al proceso penal, reafirma la prisión preventiva”. “El arresto domiciliario ha sido pensado para gente de muy buena conducta procesal [...] Él ha mostrado que ha estado paseando por EE.UU. [...]”, añadió.
A su turno, Alberto Huapaya, afirmó que los delitos que se le imputan a Toledo son “sumamente graves”, en su calidad del “más alto funcionario de la nación”.
“Tráfico de influencias, colusión y lavados de activos y hay evidencia sólida, por esta razón dispusieron la prisión preventiva y con esa decisión de privación de libertad se gestionó la extradición. En la extradición las autoridades judiciales americanas consideraron que había suficiente causa probable y por consiguiente estimaron que era correcta la detención ordenada”, expresó.
"Toledo no cumple las condiciones por haber estado prófugo. Él no ha venido voluntariamente, él ha intentado hasta el último día tratar de evitar su extradición"
Enrique Ghersi, abogado penalista.
En tanto, Enrique Ghersi, criticó la comparación que hizo Alejandro Toledo con el caso del expresidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK), quien fue ministro de Economía durante su gestión.
“Hay una diferencia abismal porque él [PPK] no rehuyó de la justicia y se quedó y su conducta procesal fue de no obstruir a la justicia. A él [PPK] se le da la detención domiciliaria luego de haber estado seriamente mal de salud. En el caso de Toledo no ocurre esto, no cumple las condiciones por haber estado prófugo. Él no ha venido voluntariamente, él ha intentado hasta el último día tratar de evitar su extradición. Su sola conducta procesal, tratar de obstruir a la justicia, es completamente distinta a la de Kuczynski, es resistencia”, remarcó.
Para Ghersi, el caso de Toledo podría parecerse más al de Alberto Fujimori. No obstante, la diferencia es que este otro exmandatario “está condenado y debido a ello no procede el arresto domiciliario”. “No tengo dudas que se cumplirá con la orden dispuesta, que es que cumpla con prisión preventiva en un penal”, acotó.
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¿Cuáles serían los peligros de un eventual arresto domiciliario?
El ex viceministro de Justicia Gilmar Andía explicó que las condiciones en ambas medidas son similares, “lo único que varía son las condiciones especiales del sujeto”, como su edad y su estado de salud.
“El arresto domiciliario ha sido pensado para gente de muy buena conducta procesal y con condiciones especiales de vulnerabilidad, que podrían ponerlas en riesgo. Está pensando, por ejemplo, para mujeres gestantes y adultos mayores con algún tipo de condición especial, como en el caso de PPK”, subrayó.
No obstante, Andía admitió que, a diferencia del encierro en un penal, un arresto domiciliario da mayores libertades al interno, como permitir visitas y hacer una vida relativamente normal dentro de su hogar. “Una de las restricciones [que le impondría el Poder Judicial a Toledo] sería que no se comunique con testigos o coinvestigados [...] En el Perú no tenemos policías para hacer una vigilancia permanente, lo que se hace es una vigilancia itinerante, la policía simplemente va cada dos o tres días para ver si el recluso sigue ahí”, explicó.
Andía resaltó que en el Perú “no es común que se dé arresto domiciliario” porque “básicamente no hay las condiciones”. “Los jueces no están acostumbrados a analizar las condiciones para esta medida. Sin embargo, yo creo que Toledo la pedirá de todas maneras”, dijo.
"En el Perú no tenemos policías para hacer una vigilancia permanente, lo que se hace es una vigilancia itinerante, la policía simplemente va cada dos o tres días para ver si el recluso sigue ahí”.
Gilmar Andía, ex viceministro de Justicia.
Alberto Huapaya tuvo una opinión similar. Para él, si a Toledo se le dicta “una medida diferente”, no se estaría dando un mensaje adecuado. “Más aún si hay muchos peruanos en cárceles y con enfermedades. La extradición es una medida de cooperación judicial internacional y no significa que el Estado que otorgue la extradición considere inocente o culpable a la persona”, dijo también.
Para el especialista en extradiciones, el arresto domiciliario sí representa una “ventaja es notoria” y, en el caso de Toledo, “un peligro de fuga”. El abogado consideró que una decisión como esa representaría “sería un antecedente peligroso para futuras extradiciones”.
Ghersi coincidió con Huapaya respecto al peligro de fuga. “Él ha rehuido a la justicia. Está siendo extraditado por la fuerza [...] Sus antecedentes demuestran que es muy posible que se fugue o trate de ingresar a una embajada enemiga como México o Colombia donde escaparía de la acción de la justicia [...] No corresponde [el arresto domiciliario] por los delitos tan graves por los que está acusado. Su diagnóstico incierto no lo hace merecedor de ninguna gracia”.
El abogado descartó la “hipótesis de que Toledo llegue, confiese y colabore con la justicia” por lo que duda que se le varíe la prisión preventiva.
“La justicia habla también con el ejemplo y no debe ser más blanda con el poderoso que delinque y rehúye de su responsabilidad”, concluyó.