Alianza para el Progreso (APP) es el tercer grupo parlamentario en presentar un proyecto de ley para regular la inmunidad parlamentaria, una reforma -exigida desde el Ejecutivo y por la ciudadanía - que generó choques entre el presidente Martín Vizcarra y el Congreso disuelto el 30 de setiembre del año pasado. Fuerza Popular, la única bancada que no quiere desligarse del periodo disuelto
De las nueve bancadas que conforman el Poder Legislativo, Somos Perú, Frepap y APP ya presentaron sus respectivos proyectos de ley que proponen la pérdida de inmunidad parlamentaria bajo la modificación del Artículo 93 de la Constitución, además de otras reformas constitucionales.
MIRA: Fuerza Popular, la única bancada que no quiere desligarse del Congreso disuelto
Estas son las propuestas presentadas por Somos Perú, Frepap y APP; y lo que establece la Constitución actualmente:
Constitución | Frepap | Somos Perú | Alianza para el Progreso |
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Artículo 93: Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. No pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante, caso en el cual son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las veinticuatro horas, a fin de que se autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento. | Artículo 93: Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. | Artículo 93: Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. Los congresistas de la República no cuentan con la prerrogativa de inmunidad de arresto ni de proceso penal. | Artículo 93: Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación por actos propios de su representación. No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. |
Artículo 99: Corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso: al Presidente de la República; a los representantes a Congreso; a los Ministros de Estado ; a los miembros del Tribunal Constitucional; a los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; a los vocales de la Corte Suprema; a los fiscales supremos; al Defensor del Pueblo y al Contralor General por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas. | Artículo 99: Corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso: al Presidente de la República; a los representantes a Congreso; a los Ministros de Estado; a los miembros del Tribunal Constitucional; a los miembros de la Junta Nacional de Justicia; a los vocales de la Corte Suprema; a los fiscales supremos; al Defensor del Pueblo y al Contralor General por infracción de la Constitución que cometan en el ejercicio de sus funciones. | No propone modificatorias | No propone modificatorias |
Artículo 100: Corresponde al Congreso, sin participación de la Comisión Permanente suspender o no al funcionario acusado o inhabilitarlo para el ejercicio de la función pública hasta por diez años, o destituirlo de su función sin perjuicio de cualquiera otra responsabilidad. El acusado tiene derecho, en este trámite, a la defensa por sí mismo y con asistencia de abogado ante la Comisión Permanente y ante el Pleno del Congreso. En caso de resolución acusatoria de contenido penal, el Fiscal de la Nación formula denuncia ante la Corte Suprema en el plazo de cinco días. El Vocal Supremo Penal abre la instrucción correspondiente. La sentencia absolutoria de la Corte Suprema devuelve al acusado sus derechos políticos. Los términos de la denuncia fiscal y del auto apertorio de instrucción no pueden exceder ni reducir los términos de la acusación del Congreso. | Artículo 100: Corresponde al Congreso, sin participación de la Comisión Permanente suspender o no al funcionario acusado o inhabilitarlo para el ejercicio de la función pública hasta por diez años, o destituirlo de su función sin perjuicio de cualquiera otra responsabilidad. El acusado tiene derecho, en este trámite, a la defensa por sí mismo y con asistencia de abogado ante la Comisión Permanente y ante el Pleno del Congreso. | No propone modificatorias | No propone modificatorias |
Artículo 117: El Presidente de la República sólo puede ser acusado, durante su período, por traición a la Patria; por impedir las elecciones presidenciales parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral. | Artículo 117: El Presidente de la República sólo puede ser acusado constitucionalmente, durante su período, por traición a la Patria; por impedir las elecciones presidenciales parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral. | No propone modificatorias | No propone modificatorias |
Columbus (FP): “Personalmente, me parece inviable eliminarla”
De las seis bancadas restantes, Diethell Columbus, congresista de Fuerza Popular, mencionó que el grupo aún no ha discutido esta reforma, pero será uno de los puntos a debatir en la reunión que tendrán este miércoles por la noche.
Otro de los asuntos a conversar son los escenarios del proyecto de retiro del 25% del fondo privado de pensiones, aprobado el 3 de abril pero que requiere la promulgación del presidente de la República, Martín Vizcarra.
“Una opinión de bancada aún no hay. La reflexión es que la campaña ya acabó y lo que deberíamos hacer es legislar de forma responsable. Tenemos que ver cuáles son los argumentos técnicos y constitucionales de la propuesta. Personalmente, me parece inviable eliminarla. Podría ser acotada, el levantamiento ser otorgado a un ente externo, pero eliminado creo que no. Es algo para verlo en bancada. Primero queremos leer los argumentos, es un tema muy sensible”, dijo el congresista Columbus a El Comercio.
Vega (UPP): “No solo en el Parlamento. Si es, para todos”
Por otro lado, José Vega, vocero de Unión Por el Perú (UPP), expresó que ellos están a favor de “eliminar todas las inmunidades” de los altos funcionarios, entre ellos el presidente de la República y ministros de Estado.
“No solo en el Parlamento. Si es para todos, total apoyo. Si queremos romper con ese privilegio, debe ser para todos. Vamos a proponer en el debate que sea para todos”, adelantó Vega.
Solís (Partido Morado): “Proponemos la eliminación de la inmunidad”
Por otro lado, Zenaida Solís, congresista y vocera del Partido Morado, mencionó que están a favor de la eliminación de la inmunidad parlamentaria y cuentan con un proyecto al respecto.
“Proponemos la eliminación de la inmunidad y creemos que el antejuicio es suficiente para los delitos de función. Hasta ahora quedan las cosas claras”, dijo a El Comercio.
Adelantó que estas propuestas de reforma constitucional, entre ellas la paridad y alternancia, deberían priorizarse con miras a las próximas elecciones generales.
“En el Partido Morado proponemos que ninguna persona con responsabilidad, con cuentas con la justicia, debiera llegar al Congreso porque se ha convertido en el sitio donde la gente llega a 'protegerse’”, añadió.
Sobre ello, el pasado 3 de abril esta bancada ingresó el proyecto de ley de reforma constitucional para establecer impedimentos para el acceso y ejercicio de la función pública, que propone la incorporación del Artículo 34-A y la modificación de los artículos 33 y 39 de la Constitución.
Cecilia García (Podemos Perú): “Solo para delitos comunes”
Una vez que se dieron a conocer los resultados de las elecciones extraordinarias para el Congreso, el parlamentario Daniel Urresti, de Podemos Perú, había adelantado que modificar la inmunidad parlamentaria era uno de los temas que debía atender el nuevo Congreso.
“Estamos seguros de que será el primero de los problemas a resolver (en el nuevo Congreso)”, declaró Urresti tras reunirse con el presidente de la República, Martín Vizcarra, y los ministros.
Como se recuerda, esta propuesta Podemos Perú propuso durante la campaña “impulsar los aspectos legales que regulen la inmunidad parlamentaria, asociándolo fundamentalmente a la protección de la función congresal, evitando la impunidad policial y penal”, mas no eliminarla.
En este sentido, Cecilia García, vocera alterna de Podemos Perú, dijo a El Comercio que el grupo parlamentario tiene su propia propuesta sobre la eliminación de la inmunidad parlamentaria para delitos comunes, pero salvaguardarla para el ejercicio de funciones del legislador.
“Solo para delitos comunes. Eliminar la inmunidad para delitos comunes, pero mantener las propias de la función. Ya tenemos nuestra propia propuesta. Se tiene entre todos los grupos parlamentarios que llegar a un consenso”, subrayó García.
Lenin Checco (Frente Amplio): “Está bien que se reforme”
Lenin Checco, vocero y congresista del Frente Amplio, expresó que la inmunidad parlamentaria es uno de los temas importantes que se deberían abordar en el Congreso, ya que ha sido una constante desde la campaña electoral. La posición frente a ella es que se modifique, pero se mantengan sus prerrogativas para la investigación.
“Está bien que se reforme, pero también gracias a la inmunidad parlamentaria se han podido investigar actos y hechos. Esperamos que la propuesta no sea populista, sino que responda. Que la inmunidad no se confunda con impunidad, pero (hay que) mantenerla para poder investigar”, declaró Checco.
Otto Guibovich (Acción Popular): “Tiene que haber deliberación”
El congresista y vocero de Acción Popular, Otto Guibovich, mencionó que esta propuesta merece una mayor deliberación, pues hay bancadas que proponen desaparecer la inmunidad parlamentaria, mientras que otros grupos parlamentarios sugieren regularla o que se el Tribunal Constitucional quien analice su levantamiento.
“¿Cómo fiscalizaríamos si no hay inmunidad? Se requiere un debate y ver la mejor solución para el país”, comentó a El Comercio. “El plenario del partido tomó una decisión en que no puede quedar tal como está (la inmunidad), pero merece un análisis responsable porque no es un derecho, es una institución”, agregó el parlamentario.
Por otro lado, dijo que personalmente opina que la inmunidad debería ser otorgada al congresista en algunos casos y que sea un comisión la que la otorgue. “Que haya una comisión de otorgamiento de inmunidades, pero no que a todos les den inmunidad”. Finalmente, coincidió en que es este Congreso el que debe atender, “de todas maneras”, la reforma de esta prerrogativa.
Merino (AP): “La inmunidad solo debe proteger al congresista para su función parlamentaria”
Poco después de asumir el cargo, el presidente del Congreso, Manuel Merino de Lama, adelantó a El Comercio su posición respecto a este tema.
Dijo que que la prerrogativa de levantamiento de la inmunidad parlamentaria no debería pasar a la Corte Suprema de Justicia, sino debería ir a la Junta Nacional de Justicia, que es un órgano independiente y cuyos miembros fueron elegidos por concurso meritocrático.
“Hoy en día, sigue siendo el Parlamento [el que levanta la inmunidad de sus integrantes], la inmunidad solo debe proteger al congresista para su función parlamentaria, en el ámbito estrictamente fiscalizador, mas no por delitos cometidos anteriormente. No podemos ir a los extremos, entiendo, comprendo y respaldo que el Congreso que ha salido fue uno que lamentablemente ha debilitado a la institución, que miró el árbol, pero no el bosque, somos conscientes de ello. Que buscó la impunidad, lógicamente somos conscientes de ello. Tenemos que cambiar la visión, tenemos que fortalecer al Parlamento”, dijo.
Análisis
Beatriz Ramírez, abogada constitucionalista, opina que las propuesta presentadas por el Frepap y Somos Perú cumplirían de forma más exacta lo que se ha discutido respecto a la inmunidad parlamentaria desde la campaña electoral.
Sin embargo, la propuesta del congresista Omar Chehade es la que tendría, políticamente, la mayor posibilidad de ser aprobada porque señala que la inmunidad se restringe a los ámbitos propios de su representación parlamentaria, señala Ramírez. “Es poner en letra lo que se supone que ya pasa. No es que tenga mayor novedad porque en teoría así debería ser (la inmunidad parlamentaria)”, añadió.
En este sentido, las propuestas no apuntarían a eliminar la inmunidad, sino a restringirla a la función pública.
Finalmente, la abogada Ramírez señala que el Congreso en funciones puede cambiar la fórmula y no necesariamente queda vinculado con lo que el anterior había votado. Recordemos que el dictamen sobre el levantamiento de la inmunidad parlamentaria fue aprobado en primera votación en el Congreso anterior.
“No es una norma de carácter electoral, por lo tanto no hay que tenerla lista ahora, se puede aprobar luego. No es inconveniente. El Congreso debería hacerlo porque era una promesa de campaña”, añadió Ramírez.