El fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, solicitó al presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Salas Arenas, información sobre la inscripción del partido Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O.), luego de que el congresista Alejandro Muñante solicitara que se requiera ante el Poder Judicial la nulidad de ese registro por una supuesta conducta antidemocrática de la agrupación política.
A través del oficio N° 068-2024-MP-FN, con fecha 29 de febrero, el titular del Ministerio Público solicitó al JNE que se precise si la organización A.N.T.A.U.R.O., vinculada a Antauro Humala Tasso, se encuentra inscrita en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) y, de ser el caso, remitir copia certificada de su constancia de inscripción, acta de fundación, estatuto o ideario político y reglamento.
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Asimismo, solicitó información sobre si existe o no algún vínculo del partido con el etnocacerista Antauro Humala Tasso, y, de ser el caso, adjuntar una copia certificada de la documentación que lo acredita.
También pidió remitir copia certificada de la constancia de inscripción, acta de fundación, estatuto o ideario político y reglamento de la organización política Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros.
El fiscal de la Nación solicitó, además, precisar si la abreviatura gráfica A.N.T.A.U.R.O. es la sigla de la referida organización política, y detallar “si existe o no algún vínculo entre el señor Antauro Igor Humala Tasso” con dicha agrupación.
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El 29 de febrero, la Fiscalía de la Nación dispuso iniciar diligencias para determinar si solicitará a la Corte Suprema de Justicia que declare la ilegalidad del partido del etnocacerista Antauro Humala Tasso, denominado Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O.).
El Ministerio Público precisó que la medida se ampara en el artículo 14 de la Ley de Organizaciones Políticas.
Este señala que la Corte Suprema, solo a pedido de la Fiscalía de la Nación o la Defensoría del Pueblo, puede declarar la ilegalidad de una agrupación política por conducta antidemocrática.
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