En el marco de un posible nuevo retiro de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), una buena noticia podría llegar para los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) desde el . Y es que, se trata de la presentación de un proyecto de ley que permite el retiro voluntario de hasta 2 UIT de los fondos acumulados en la y un incremento progresivo de la pensión, lo que permitiría brindar un importante apoyo a este sector que probablemente atraviesa alguna crisis financiera. Por ello, esta iniciativa legislativa ha generado dudas entre los más de 760 mil , quienes buscan conocer cómo se realizaría el desembolso del beneficio, así como quiénes quedarían excluidos del beneficio. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.

¿QUÉ SE SABE SOBRE UN POSIBLE RETIRO DE HASTA 2 UIT DE LA ONP 2025?

A través del proyecto de ley n°11292, el congresista de la bancada Juntos por el Perú – Voces del Pueblo, Elías Marcial Varas Meléndez, presentó en el Congreso de la República una medida que busca autorizar el retiro extraordinario de hasta 2 UIT, equivalente a S/ 10 700, de los fondos públicos de la ONP, así como el aumento progresivo del tope máximo de pensión de jubilación hasta llegar a los S/ 1 350. De igual manera, la propuesta beneficiará a miles de afiliados que no alcanzaron el tiempo mínimo de aportes exigido, permitiéndoles recuperar parte del dinero entregado a lo largo de años de esfuerzo laboral.

Sin embargo, para acceder a un eventual retiro de la ONP, se debe tener en cuenta que el desembolso estará limitado al total de aportes registrados por cada afiliado, sin posibilidad de exceder dicho monto y el retiro se realizará en dos partes. Es decir, el primero será de hasta 1 UIT, dentro de los treinta días calendario de aprobada la solicitud, mientras que el segundo también hasta 1 UIT que podrá retirarse dentro de los 30 días calendario posteriores al primer desembolso. Cabe mencionar que si el monto que se desea cobrar no pasa 1 UIT, esto se desembolsará en una sola armada.

“Objeto de la ley La presente ley tiene por objeto autorizar de manera extraordinaria y facultativa el retiro parcial de los aportes realizados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) por parte de los afiliados que no hayan accedido a pensión y que no se hayan trasladado al Sistema Privado de Pensiones (SPP) ni recibido Bono de Reconocimiento, y establece un esquema de incremento progresivo del tope máximo de pensión de jubilación”, indica la iniciativa legislativa.

¿QUIÉNES ACCEDERÍAN AL RETIRO EXTRAORDINARIO DE LA ONP?

De acuerdo con la propuesta legislativa del congresista Varas, el “solicitante no debe estar percibiendo pensión ni haber iniciado trámite vigente para acceder a la misma en el SNP u otro régimen previsional. Esta restricción no aplica a aquellas personas cuyo trámite de pensión haya sido denegado expresamente por no haber cumplido con el número mínimo de aportes requeridos”.

En cuanto al aumento progresivo anual de la pensión de la ONP, se establecería de la siguiente manera: S/ 1 100 (2025), S/ 1 200 (2026), S/ 1 300 (2027) y S/ 1 350 (2028 en adelante). Esta iniciativa estaría dirigido a los asegurados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) que no estén cobrando una pensión, así como para quienes vieron rechazado su trámite por no alcanzar el número mínimo de aportes exigidos.