Martin Hidalgo BustamanteIsrael Lozano Girón

El Congreso aprobó la que busca optimizar el proceso que hacen las entidades del Estado tanto para la ejecución de obras como para la suscribir acuerdos por bienes y servicios. Dentro de las nuevas modificaciones, se incluye a Perú Compras, el organismo técnico ejecutor adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas y parte clave del Sistema Nacional de Abastecimiento.

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Con casi 10 años de funcionamiento, este sistema de compras se ha convertido en un dolor de cabeza para entidades públicas, principalmente para los alcaldes, quienes ante el Congreso se han quejado de los precios y la calidad de los bienes y servicios ofertados en el catálogo de Perú Compras.

Alejandro Cavero, presidente de la Comisión de Descentralización que participó de la elaboración del dictamen de la nueva Ley de Contrataciones, reconoció que los alcaldes que se presentaron en los debates se quejaron sobre la poca oferta y la diferencia de precios entre los proveedores del catálogo de Perú Compras y el mercado regular.

Opinión
Sin real competencia no hay eficiencia

Francis Allison, alcalde del distrito de Magdalena del Mar


La Central de Compras Públicas Perú Compras, fue creada para simplificar, agilizar y transparentar, a precios justos, los procesos de contratación pública de bienes y servicios. Teniendo en cuenta que hoy, las adquisiciones a través de dicha plataforma representan aproximadamente la tercera parte del gasto total del Estado en la compra de productos, es válido evaluar si viene cumpliendo los objetivos para los que fue concebida.


La experiencia nos lleva a responder con un rotundo no, por cuanto limita la competencia, ya que sólo pueden ser proveedores aquellos que se han registrado para dicho fin, cumpliendo con un trámite sumamente engorroso que deja fuera de la ecuación a la gran mayoría de comerciantes emprendedores del país. Esta limitación no solo los perjudica a ellos, sino también al propio Estado que se ve obligado a pagar hasta 2.8 veces más por los bienes que adquiere, además, la calidad y características de estos no siempre son los más idóneos, ya que las entidades pierden la capacidad de elegir lo que más les conviene para satisfacer las necesidades de los ciudadanos, toda vez que, obligatoriamente, deben optar por los productos que se encuentran en los catálogos electrónicos de acuerdos marco.


A su vez, ha llevado a que los plazos de entrega sean más largos, debido a que son determinados por los proveedores. Por último, se debe agregar que la solución de controversias muchas veces resulta leonina con las entidades, toda vez que, ante el incumplimiento por parte del proveedor, sea por inexistencia del producto, por demora excesiva en su entrega e, inclusive, por la entrega de un bien defectuoso o no ajustado a los requerimientos, el Estado debe iniciar un engorroso procedimiento de resolución de la compra, el mismo que, en el mejor de los casos, demora treinta días hábiles.


Por todo ello, se debe replantear Perú Compras para que permita una real competencia entre la mayor cantidad de proveedores posibles, lo que beneficiaría a todos.

Sin real competencia no hay eficiencia

Los cambios

La nueva fórmula plantea nueva funciones para Perú Compras respecto a compras corporativas, compras centralizadas, entre otros. “Estas modalidades de contratación buscan agilizar el proceso y a la vez gestionar y compartir los riesgos en torno a la especialidad de las entidades”, explicó Cavero, quien además recordó que compras menores a 8UIT son realizadas sin licitación según el marco normativo actual.

Para Willy Pedreschi, socio de Miranda & Amado, este es el cambio más importante que se ha hecho en esta norma. “Lo que se busca con la normativa es tener algo más eficiente. No olvidemos que las contrataciones implica destinar recursos del Estado y ganar eficiencia es importante. Además, requerimos bienes adecuados a precios competitivos. No siempre el precio más barato”, dijo.

Se establecen hasta cinco tipos de modalidades de contratación eficiente.

  • Compras corporativas: Dos o más entidades contratantes pueden consolidar la contratación de bienes y servicios para satisfacer sus necesidades comunes, a fin de alcanzar condiciones más ventajosas.
  • Contratos menores: Aquellos celebrados por las entidades contratantes cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho Unidades Impositivas Tributarias (UIT). No requieren procedimientos de selección para su contratación. Los contratos menores se encuentran sujetos a la supervisión del OECE.
  • Compras por encargo: Una entidad contratante puede encargar a otra entidad u organismo internacional la realización de las fases de selección, a través de un convenio. El convenio de encargo debe incluir cláusulas que establezcan la obligación, de la entidad internacional encargada, de remitir la documentación referida a su ejecución.
  • Compra centralizada: Por razones de importancia estratégica, las entidades contratantes pueden encargar a Perú Compras u a otra entidad todas las fases del proceso de contratación, hasta la liquidación o pago total de bienes, servicios u obras. Las entidades que requieren el bien o servicio están autorizadas a realizar una transferencia de partidas a Perú Compras.
  • Compra de innovación: Las entidades contratantes utilizan la compra pública de innovación (CPI) para la generación de soluciones innovadoras soportadas por actividades de investigación y desarrollo cuando dicha solución no esté disponible en el mercado.

Pedreschi también destaca que se haya establecido modalidades de contratación en caso de desastres. “Cuando se requieran bienes estandarizados, lo que necesitamos es adquirirlos de forma inmediata”, agrega. Para este tipo de casos, es Perú Compras quien gestiona las compras centralizadas para situaciones de emergencia o desastre.

En lo que se refiere a la ampliación de los bienes y servicios, el dictamen sostiene para mantener los catálogos actualizados con la oferta completa de los proveedores, es que ahora estos serán abiertos a que los proveedores carguen la información.

“De esta manera las entidades públicas tienen más opciones al momento de determinar el bien o servicio que cubrirá la necesidad que tienen. Perú Compras se convertiría en una especie de Mercado Libre para el sistema de contrataciones público”

Alejandro Cavero, congresista.

Alejandro Cavero,

El legislador de Avanza País recordó que en las recomendaciones OCDE, se estableció que en un órgano de contrataciones se debería encontrar mejores precios de bienes y servicios, menores costos de transacción, mayor simplicidad y facilidad de uso y mayor transparencia.

Si bien los cambios se aprobaron en el pleno, el pasado 10 de mayo, el presidente del Congreso Alejandro Soto aún no ha remitido la autógrafa de ley a la presidenta Dina Boluarte para su promulgación. Fuentes de la Mesa Directiva indicaron a este Diario que recién el lunes 20 de mayo se terminó con la revisión integral por parte del área de técnica legislativa, por lo que ahora solo falta la firma de los presidentes de comisión y la del titular del Legislativo para poder enviar la autógrafa.

Según las estimaciones legislativas, la autógrafa se estaría firmando y enviando entre lunes y martes de la próxima semana, dado a que a la fecha se encuentran fuera de Lima por la .

En esa línea, Pedreschi anotó que también deberá esperarse a la reglamentación de la misma para ver finalmente los impactos que podrá tener. Según el texto aprobado, el MEF tiene un plazo de 180 días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente ley para ello.

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