El abogado Eduardo Pachas, defensor legal del expresidente Pedro Castillo, sostuvo el lunes pasado una nueva versión sobre el golpe de Estado del pasado 7 de diciembre.
Además, junto con otros defensores del exmandatario: Wilfredo Robles, Walter Ayala y Guillermo Olivera, apeló a argumentos falsos para defender la acción de amparo que busca anular la vacancia presidencial a la que fue sometido ese mismo día.
Según Pachas, el exmandatario ha contado por escrito a la fiscalía, “en más de 60 páginas”, que “se vio obligado a leer el discurso”.
“Fue arrinconado, emboscado y con amenazas de muerte hacia su persona. Ese día, si no se le suspendía o se le vacaba, se le iba a matar y luego a su familia se le iba a detener. El presidente Castillo, como estratega y gran hábil, tomó una decisión de leer ese discurso”, aseguró en conferencia de prensa.
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No obstante, solo dos días después del golpe de Estado, el congresista y ex primer ministro Guido Bellido dio una versión distinta, según la cual Castillo no recordaba el contenido del mensaje a la nación que leyó desde Palacio. “El presidente no recuerda, él me lo ha dicho con sus propias palabras. El presidente dice: ‘Yo no me recuerdo que he dado lectura’. Esa es la respuesta del presidente y hay que respetar”, señaló.
En tanto, en marzo pasado, Wilfredo Robles tuvo otra versión: afirmó que Castillo disolvió el Congreso como “acto político” porque estaba seguro que ya contaban con los votos para vacarlo. “Estando su suerte echada, le interesaba transmitir un mensaje a su electorado, a su pueblo, con el cual se sentía en deuda por el tema de la constituyente y del repudiado Congreso. [...] Fue un acto político, un acto de reivindicación”, dijo.
Argumentos falaces
Los defensores de Castillo también se pronunciaron sobre el recurso de amparo que será evaluado en audiencia por la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima este 23 de junio.
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El recurso fue presentado contra la resolución del Congreso que declaró la permanente incapacidad moral de Castillo y su vacancia el año pasado, así como contra su detención y posterior prisión preventiva.
El Comercio ha verificado que al menos cinco argumentos de los defensores son falsos, como detallamos a continuación:
1. “[Pedro Castillo] fue detenido sin encontrarse en flagrancia, sin mandato judicial. [...] Se hizo una detención policial inconstitucional, ilegal y delictiva”.
Guillermo Olivera
Según el Código Procesal Penal, la flagrancia implica que el delito se acaba de cometer o se está cometiendo. En este caso, no se requiere orden judicial para una detención policial, siempre y cuando el detenido sea puesto a disposición de las autoridades, explicó el abogado penalista Carlos Caro.
“En el caso de Castillo, evidentemente había flagrancia. El golpe estaba en curso. En términos técnicos, no hay discusión respecto a la flagrancia. Si alguien quiere decir que solo fue tentativa, igual es flagrancia. Esta puede durar, mínimo, 24 horas, según el artículo 259 del Código Procesal Penal” precisó.
El pasado 7 de diciembre, luego de ser detenido, Castillo fue puesto a disposición de la fiscalía y de un juez de investigación preparatoria. “Por tanto, ahí tampoco hay alguna violación constitucional”, añadió Caro.
2. "El Congreso necesitaba 104 votos para vacar a Castillo, no 101. [...] El Congreso no puede decir que actuó de acuerdo al artículo 89 A del Reglamento del Congreso"
Walter Ayala
El artículo 89 A del Reglamento del Congreso nació en el 2003 para ordenar el proceso de la vacancia presidencial bajo la premisa de una situación ordinaria entre el Ejecutivo y el Congreso, pero eso no se dio el pasado 7 de diciembre, explicó el abogado Martín Cabrera, experto en asuntos parlamentarios.
El especialista consideró que “es bastante falaz” lo que plantea la defensa de Castillo.
“El artículo 89 A tiene un carácter adjetivo, no sustantivo; es decir, desarrolla la institución de la vacancia para ordenarla. [...] El pleno del Congreso, con todas las facultades que tiene por ser el máximo órgano del Parlamento, decidió por consenso”, dijo.
En tanto, el abogado Alejandro Rospigliosi, también especialista en asuntos parlamentarios, añadió que “ante una situación excepcional de golpe de Estado del presidente Castillo se requería una respuesta excepcional del Congreso de la República para defender la democracia”.
“De no haber actuado así el Poder Legislativo, se corría el riesgo de consumarse el golpe de Estado: disolver el Congreso de la República e intervenir el Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Ministerio Público y demás Instituciones de la democracia”, señaló.
3. "La sucesión presidencial de la señora Dina Boluarte es ilegal. Viene usurpando la función de presidente de la República”
Walter Ayala
La sucesión presidencial se dio en el marco de la Constitución, pues su artículo 115 señala que por impedimento temporal o permanente del presidente de la República, asume sus funciones el primer vicepresidente. En defecto de este, el segundo vicepresidente.
Castillo fue vacado por permanente incapacidad moral, por el golpe de Estado que propinó. Por lo tanto, la Presidencia recayó en Dina Boluarte.
Órganos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) coinciden en que Castillo actuó por fuera de los procedimientos constitucionales al disolver el Congreso, declarar en reorganización el Ministerio Público y el Poder Judicial y establecer un régimen de excepción, por lo que fue vacado.
La CIDH señaló en un reciente informe que “según lo establecido en la Constitución del Perú, operó la sucesión presidencial de quien hasta entonces fungía como vicepresidenta electa, Dina Boluarte”.
4. "Lo que ha hecho el presidente Castillo es luchar contra un sistema".
Eduardo Pachas
La gestión de Castillo se caracterizó por nombramientos polémicos, promesas incumplidas e incertidumbre económica, como ya destacaba el Instituto Peruano de Economía en un balance sobre sus primeros 100 días de gobierno publicado en El Comercio.
A ello se sumaron los casos de corrupción que involucraban al propio mandatario y a su entorno laboral y familiar. Hay al menos 18 colabores eficaces que señalan a Castillo en casos de corrupción.
La fiscalía investiga al exmandatario por presunta organización criminal y otros delitos. Diversos testimonios apuntan a que el exmandatario y su entorno coparon las instituciones del Estado para controlar licitaciones y realizar otros actos ilícitos.
Castillo cuenta con dos órdenes de prisión preventiva. La primera, de 18 meses, es por el golpe de Estado; la segunda, de 36 meses, por una investigación por presunta organización criminal, tráfico de influencias y colusión.
5. "El sistema universal de derechos humanos, la ONU, ya se pronunció. Ha expresado su preocupación porque no se ha respetado el debido proceso en la detención del presidente y en su vacancia ilegal"
Walter Ayala
Es falso que la ONU se haya pronunciado contra la vacancia. Un día después del golpe de Estado, el secretario general de la ONU, Antonio Guterres, condenó “todo intento de subvertir el orden democrático” en Perú.
Guterres expresó su “preocupación” por la situación política en el Perú, y llamó “a las partes a respetar el Estado de derecho, así como a permanecer serenos y abstenerse de inflamar tensiones políticas”.
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