Resumen

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El rol de la Autoridad Nacional de Transparencia [ANÁLISIS]
El rol de la Autoridad Nacional de Transparencia [ANÁLISIS]
Por Felipe Barbero Mariátegui

Diversas críticas ha recibido la recién instaurada Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La creación de esta institución, al amparo de las facultades delegadas al Ejecutivo por el Congreso, fue uno de los principales lineamientos del plan de gobierno del presidente Pedro Pablo Kuczynski(PPK) respecto a la lucha contra la corrupción.

“El gobierno plantea crear en el plazo más breve la autoridad autónoma para la transparencia, que contará con la capacidad de sancionar a las instituciones que incumplan con su obligación de proveer información pública”, dice el documento.

Uno de los principales problemas es que esta autoridad carece de una característica fundamental para cumplir a cabalidad sus funciones: autonomía. “La norma tiene serios problemas. Lo que hace es solo crear una dirección más en el Ministerio de Justicia (Minjus), por lo que es difícil llamarle autoridad. Una dirección tiene pocas facultades y, en este caso, son simbólicas”, sostiene el abogado Roberto Pereira.

Trece años después de publicada la ley de transparencia, el Minjus convocó en el 2016 a diversos expertos de la sociedad civil –entre los que estuvo Pereira– para elaborar un proyecto de ley con una propuesta normativa que fortalezca ese decreto.

El texto original permitía a la autoridad de transparencia sancionar a los funcionarios que incumplieran con entregar información pública a los ciudadanos. Una de sus competencias era desclasificar información declarada confidencial de forma irregular. Dicho documento la convertía en un organismo público técnico especializado similar a Indecopi.

Sin embargo, ninguna de las propuestas fue tomada en cuenta en la redacción del decreto promulgado por el Ejecutivo.

“El propio Minjus conformó una comisión de expertos que preparó una propuesta para la autoridad autónoma, y funcionarios del Minjus expresaron su satisfacción. La Comisión Presidencial de Integridad, creada por PPK, también expresó su respaldo. ¿Qué sucedió en el ínterin para que el gobierno ahora cambie de rumbo?”, se pregunta Gerardo Távara, secretario general de Transparencia.

Para Pereira, presiones de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) habrían ocasionado que se dé marcha atrás. “Desde que se creó la ley de transparencia hay temores infundados de que se use en contra del gobierno”, sostiene.

—¿Qué dice el decreto?—
El texto normativo dispone que cada entidad pública (municipio, gobierno regional, ministerio) sancionará a los funcionarios que incumplan con sus obligaciones en cuanto a la trasparencia y el acceso a la información. La autoridad solo podrá resolver las apelaciones de los funcionarios afectados a través de un tribunal.

“La evidencia dice que cuando un funcionario te niega información, esa negativa no es una negativa aislada del funcionario, sino una posición institucional. Se arma toda una respuesta para darle una cobertura de legalidad y no entregar la información. Es obvio pensar que esa misma autoridad no va a iniciar un procedimiento sancionador a sus funcionarios”, afirma Pereira.

Respecto al trato de la información declarada confidencial, la autoridad solo podrá coordinar con las entidades públicas para desclasificar la data si así lo acuerdan previamente. No obstante, aquella no podrá ordenar la desclasificación, a pesar de que la ilegalidad sea evidente.

“En el proyecto aprobado por la comisión, la Autoridad Nacional de Transparencia tenía competencia para decidir qué se clasifica y desclasifica. Dependerá de qué persona esté en la autoridad para determinar qué tan pro transparencia o menos pro transparencia será”, afirma Erick Iriarte, abogado y ex miembro de la comisión.

—No todo es malo—
Si bien la norma tiene serios cuestionamientos, también es cierto que traerá algunos beneficios. Por ejemplo, los ciudadanos ahora podrán reclamar si una entidad no quiere entregar información pública. También podrá ordenar la entrega de datos a cualquier institución, siempre y cuando estos no sean confidenciales.

Antes de la promulgación de la norma, los ciudadanos tenían que acudir al Poder Judicial y presentar un recurso de hábeas data, que podía tomar años en resolverse.

Pero Távara apunta que la norma tiene otro problema. “La entidad ahora podrá aducir imposibilidad material de entregar la información. Eso es una puerta abierta al abuso”, señala.

La ministra de Justicia, Marisol Pérez Tello, manifestó recientemente que entendía la desazón de los miembros de la comisión y expresó que con el decreto se obtuvo un 70% de lo que se quería originalmente.

Frente a los reclamos se abre una oportunidad para mejorar la norma. Távara, por ejemplo, propone estudiar la posibilidad de que el Parlamento otorgue más funciones a la autoridad a través de una ley. “El Congreso no podía proponer la creación de la autoridad porque no tiene iniciativa de gasto, solo podía provenir del Ejecutivo. Ahora que ya la creó el Ejecutivo, el Congreso podría darle más atribuciones”, sostiene.

Aún se está a tiempo para evaluar eventuales modificaciones. El diálogo y el debate son claves para avanzar.

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