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Encuestas hasta 24 horas antes de las elecciones y cambios en la ley seca: Los detalles del proyecto de ley
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Encuestas hasta 24 horas antes de las elecciones y cambios en la ley seca: Los detalles del proyecto de ley

Encuestas hasta 24 horas antes de las elecciones y cambios en la ley seca: Los detalles del proyecto de ley

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El congresista (no agrupado) presentó un proyecto de ley que propone autorizar la publicación de encuestas de intención de voto hasta 24 horas antes de una elección. Actualmente, la ley prohíbe difundir estos estudios desde el domingo previo a las elecciones, una restricción que, según argumentó Málaga, ya no se ajusta a la realidad y termina fomentando la desinformación.

La propuesta legislativa busca modificar los artículos 191 y 351 de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859). El congresista señaló que la restricción vigente constituye una afectación al derecho a la libertad de información y expresión, limita la autonomía del votante y fomenta escenarios de desinformación y circulación clandestina de encuestas sin verificación.

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Héctor Villalobos

Actualmente, el artículo 191 de la mencionada ley establece una prohibición absoluta para publicar o difundir encuestas durante los siete días previos a las elecciones. Para Málaga, esta norma no se sustenta en evidencia empírica que justifique su eficacia.

“El ciudadano debería tener acceso a información estratégica en una etapa crítica de decisión”, señaló en la exposición de motivos del proyecto, donde también aseguró que la prohibición vigente “desnaturaliza el sentido deliberativo de una campaña electoral democrática”.

No obstante, el proyecto también propone que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) defina los estándares técnicos que deben cumplir las encuestas.

ESTE ES EL PROYECTO DE LEY

Cambios también para la “ley seca”

La iniciativa plantea modificar el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones, referido a la prohibición de venta de bebidas alcohólicas antes de los comicios. En lugar de una prohibición absoluta, se permitiría que el JNE restrinja el expendio en determinadas zonas, de forma excepcional y mediante resolución motivada con al menos 15 días de anticipación a la jornada electoral.

De prosperar la propuesta, las restricciones ya no serían automáticas ni uniformes a nivel nacional, sino adoptadas en función de riesgos específicos para el proceso electoral.

El proyecto de ley considera la posibilidad de que los municipios adopten medidas complementarias, previamente coordinadas con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y la Policía Nacional del Perú.

Nuevos tiempos

El analista político Jeffrey Radzinsky, director de la consultora GFP, consideró que la propuesta de Málaga se alinea con una realidad ya existente en la práctica electoral y comunicacional del país.

“La idea de restringir las encuestas con una semana de anticipación se estableció en una época en que la dinámica de las comunicaciones era otra. Ya hemos visto en la última década que las empresas de estudio de opinión realizan estudios que se publican en medios internacionales, y a través de ello nos enteramos de los resultados por las redes sociales. Entonces, la restricción actual no cumple su objeto o finalidad”, dijo en diálogo con El Comercio.

Radzinsky cuestionó la eficacia de la norma vigente como mecanismo de protección al votante. Incluso, apuntó que levantar la prohibición permitiría combatir la desinformación.

“Mi sensación es que, de alguna manera, eliminar la prohibición será normalizar una realidad que ya se aplica. Además, creo que podría enfrentar a la información falsa que se difunde en la última semana”, señaló.

El especialista subrayó que el acceso a información oficial y verificable es una herramienta más eficaz que la censura previa.

“Hay una cuestión de primacía de la realidad, porque es evidente que la información se difunde, exista prohibición o no. Además, lidiar con información falsa es, en general, un riesgo para las democracias, y de alguna manera, las prohibiciones aumentan las probabilidades de que circule información falsa”, aseveró.

Riesgos de la desinformación

La gerenta general de Datum Internacional, Urpi Torrado, respaldó la necesidad de actualizar la norma con base en la experiencia práctica de procesos anteriores.

“En la semana de prohibición de encuestas por las elecciones municipales y regionales del 2018, por ejemplo, nosotros detectamos 48 encuestas falsas que utilizaban la identidad de Datum. ¿Cuántas hay que no detectamos? [...] Es grande la cantidad de información falsa que busca confundir y manipular a la población, y eso es un gran riesgo para un proceso electoral”, advirtió.

Desde su perspectiva, permitir la publicación oficial de encuestas en ese tramo final de la campaña fortalecería la transparencia y el derecho a la información: “Que se pueda tener información confiable, levantada con ciertos estándares de calidad y de manera oficial, creo que favorece al proceso electoral y al derecho de información del ciudadano”, subrayó.

Además, recordó que el marco legal vigente responde a una realidad superada: “La ley vigente se entregó en otro contexto. Hoy las personas están hiperconectadas y la información viaja a una velocidad que no es controlable por ningún organismo ni por los mismos medios de comunicación”.

Alerta

No obstante, Torrado también expresó reservas sobre un aspecto específico del proyecto: la facultad que se le otorgaría al JNE para establecer los estándares técnicos de las encuestas.

“Hay algo que me ha preocupado. El proyecto de ley dice que las encuestas y predicciones publicadas deberán cumplir con los estándares técnicos que establezca el Jurado Nacional de Elecciones. Y ahí yo creo que hay que tener mucho cuidado”, sostuvo.

“El rol del jurado es velar por la transparencia y porque lo que se publica es un fiel reflejo de lo que se ha levantado en el trabajo de campo. Lo que hace el jurado es tomar la base de datos que nosotros le entregamos, la procesa, verifica que cuadre con el informe y verifica que el medio ha publicado exactamente lo mismo que nosotros le hemos dado”, explicó.

La especialista advirtió que, si bien es razonable exigir la publicación de una ficha técnica para facilitar la interpretación de los resultados, el JNE no debería incidir en el diseño metodológico de los estudios.

“El jurado no debería ser quien diga, por ejemplo, si las encuestas solo pueden ser presenciales o solo pueden ser telefónicas. Llegar a ese nivel de reglamentación puede ser un riesgo. El proyecto de ley no lo está diciendo así, pero está dejando una puerta que podría abrirse y que podría interpretarse de una manera errónea”, señaló.

“No es facultad del JNE decirnos cómo hacer nuestro trabajo. Su trabajo es velar por la transparencia, porque no se manipule la información, porque no se estén manipulando los datos”, enfatizó.

El proyecto de ley deberá ser evaluado por una o más comisiones ordinarias y posteriormente por el pleno del Congreso.

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