El proyecto del Ministerio de Defensa propone obligar a los medios de comunicación a pasar el himno nacional a las 8:00 a.m. y 6:00 p.m. (Foto: GEC)
El proyecto del Ministerio de Defensa propone obligar a los medios de comunicación a pasar el himno nacional a las 8:00 a.m. y 6:00 p.m. (Foto: GEC)

El proyecto de reglamento de la Ley 3225, propuesto por el , plantea que se obligue a los medios de comunicación a difundir diariamente el en dos horarios: a las 8:00 a.m. y 6:00 p.m.

Se trata de la ley que unifica y armoniza la regulación de los símbolos de la patria, símbolos del Estado y emblemas nacionales, que consta de 100 artículos, 10 disposiciones complementarias finales y 12 anexos.

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Héctor Villalobos
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La propuesta del Mindef incluye a aquellos medios de comunicación que emitan su señal por plataformas digitales.

“Los medios de comunicación que emitan su señal por radiodifusión abierta, televisión por cable, señal satelital o plataformas digitales -y que cuenten con programación continua o en vivo- deben difundir diariamente el himno nacional a las 08:00 y a las 18:00 horas”, dice el artículo 47 de la ley.

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“El Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP), a través de TV Perú, Radio Nacional y sus plataformas digitales, debe difundir diariamente el himno nacional del Perú a las 00:00 horas y a las 12:00 horas”, agrega.

Precisa que las transmisiones deben realizarse con la versión oficial autorizada por el Ministerio de Defensa, incluyendo subtítulos y lenguaje de señas para las emisiones televisivas.

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“Queda prohibida la difusión de versiones no oficiales, con arreglos, modificaciones, superposición de imágenes, sonidos de fondo u otros efectos”, acota.

Para ello, el Ministerio de Defensa centralizará en un plazo no mayor de 90 días calendario, en su portal web, toda la información y recursos vinculados a los símbolos y emblemas.

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“Deberá contener versiones oficiales de imágenes, partituras, grabaciones musicales en audios y videos (cuya relación se precisa en el Anexo XII), documentos históricos, normas vigentes y demás materiales aprobados, que permitan su correcta consulta, descarga y uso por parte de entidades públicas, instituciones educativas y la ciudadanía en general”, refiere.

“Su desarrollo y puesta en funcionamiento se realizará en coordinación y apoyo con la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros”, añade.

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