La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró infundado el recurso de la defensa de Alejandro Sánchez Sánchez y confirmó resolución de primera instancia que declaró fundada incautación de inmueble ubicado en el pasaje Sarratea 179, en Breña.
Como se recuerda, Sánchez Sánchez, quien se encuentra prófugo de la justicia, afronta un proceso penal por la presunta comisión del delito de organización criminal y otros, en agravio del Estado.
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El colegiado sostuvo que la resolución de primera instancia cumplió con motivar su decisión al considerar que la casa de Sarratea constituye un instrumento de los delitos de organización criminal, tráfico de influencias y colusión agravada.
Asimismo, precisó que la apelación de la defensa de Sánchez Sánchez solo cuestionó que el inmueble no sería un instrumento del delito de organización criminal, no cuestionando respecto de que constituya instrumento de los delitos de colusión agravada y tráfico de influencias.
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“Estando a la referida anuencia, resulta obvio que el inmueble fue utilizado para llevar a cabo reuniones de los supuestos integrantes de la organización criminal con la finalidad de cometer otros delitos; razones por las cuales este agravio debe ser desestimado”, indicó el tribunal.
Como se recuerda, el inmueble ubicado en el pasaje Sarratea, distrito de Breña, fue usado por el expresidente Pedro Castillo como lugar de reuniones clandestinas con funcionarios y diversos personajes.
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En noviembre del 2022, el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional, a cargo del juez Víctor Zúñiga Urday, declaró fundado el pedido de 30 meses de prisión preventiva contra Sánchez Sánchez.
Cabe indicar que el dueño de la casa de Sarratea está incluido en la lista de los más buscados del Ministerio del Interior (Mininter) y se ofrecen 30 mil soles por información que ayude a su captura.
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