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Guillermo Bermejo condenado a 15 años de cárcel: Los argumentos de la fiscalía y la cronología del caso
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Este informe fue publicado el 20 de octubre y actualizado este 24 tras conocerse la decisión del Poder Judicial.
Culpable. El Poder Judicial condenó este viernes a Guillermo Bermejo Rojas —sindicado como el ‘Che’- a 15 años de cárcel por afiliación a organización terrorista, en el marco de sus presuntos vínculos con los remanentes terroristas de Sendero Luminoso (SL) del Vraem.
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Tras más de dos años de audiencias —iniciadas en agosto de 2023— los jueces de la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria anunciaron su veredicto.
En dos ocasiones previas, la Corte Suprema había anulado dos sentencias absolutorias dictadas a su favor, al advertir una indebida valoración de las pruebas ofrecidas tanto por la fiscalía como la procuraduría antiterrorismo. Es, en consecuencia, el tercer juicio seguido, aunque este podría frenar sus aspiraciones políticas de cara a la contienda que ya empezó. Y con efecto inmediato.

Lo que pesa en su contra
Según la acusación fiscal formulada, se le imputa a Bermejo Rojas el ser integrante de la organización terrorista SL del Vraem entre los años 2008 y 2009. Siendo que “de manera consciente y voluntaria” se habría desplazado en varias oportunidades a los campamentos terroristas, a fin de sostener reuniones clandestinas con Víctor Quispe Palomino —conocido como camarada ‘José’—, con Jorge Quispe Palomino —camarada ‘Raúl’ y muerto en 2021—, así como con otros miembros de la cúpula.
Específicamente, se le imputa el haberse integrado de manera voluntaria al grupo terrorista, siendo señalado de haber recibido adoctrinamiento ideológico e, incluso, adiestramiento de armas de fuego en los campamentos. Y habría recibido también el encargo de buscar un enlace con otras organizaciones terroristas extranjeras, como las FARC de Colombia.
“Se ha establecido plenamente su condición de colaborador [de Bermejo] del denominado comité central de la organización terrorista Sendero Luminoso del Vraem, esto entre los años 2008 y marzo del 2009”, se indicó en el dictamen fiscal formulado en su contra.
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Obran en el expediente judicial informes de inteligencia de la Dircote, en los que se sostiene —tras labores de seguimiento— que Bermejo viajó a Ayacucho para reunirse con integrantes del ‘comité de apoyo’ de la organización subversiva. A ello se suman los testimonios en reserva de exintegrantes del grupo subversivo que sindican a Bermejo y también reconocimientos fotográficos.
“[¿En algún momento usted tuvo conocimiento del nombre de la persona conocida como el ‘Che’?] Guillermo Bermejo”, respondió en el juicio oral, en noviembre de 2024, un colaborador y exmando político de la organización.
En agosto de 2018, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema anuló la sentencia emitida en 2017 y que absolvió a Bermejo. Entre otros, apuntó que se no realizó una “evaluación sistemática” de las pruebas, sino que se valoró las declaraciones de manera fragmentada. Tampoco se había valorado pruebas que habían sido incorporadas, como los reconocimientos fotográficos.
“La motivación expuesta por el colegiado superior para sustentar la decisión cuestionada [la absolución] es insuficiente, toda vez que no permite a este supremo tribunal analizar el fondo del asunto, al haberse incurrido en causal de nulidad”, se refirió. En esa línea, se mandó a que se realice un nuevo juicio tras impugnaciones de la fiscalía y la procuraduría.
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En diciembre de 2022, tras volverse a dar una absolución a favor de Bermejo, la sala suprema volvió a declarar nula la sentencia puesto que no se efectuó una valoración integral de la prueba, incurriendo en errores de valoración y afectando la debida motivación de las resoluciones judiciales. Se tuvo que declarar nula la sentencia y disponer nuevamente otro juicio.
“En el nuevo juzgamiento, se deberá tener en cuenta lo expuesto por este supremo tribunal y se deberán actuar los medios probatorios solicitados en la acusación escrita, los que ofrezca la defensa del acusado, demás partes procesales y los que la sala considere útiles y pertinentes para el esclarecimiento de los hechos”, indicó la Suprema.
A lo resuelto por la Corte Suprema, se sumó una sindicación grave. En febrero de este año, el dominical “Panorama” dio a conocer el testimonio de un colaborador eficaz, el cual señaló que uno de los jueces que intervino en la última decisión a favor de Bermejo se reunió con el congresista y le indicó que “le apoyaría en su caso”. En un comunicado, el juez rechazó “de manera firme y categórica” las imputaciones.
Implicancia judicial y electoral
Antes de la condena, José Tello, abogado experto en temas electorales, adelantó que en este escenario las aspiraciones políticas de Bermejo -quien ya se postulaba como precandidato presidencial con la alianza Venceremos- se ven frustradas.
“La norma es expresa y clara. El artículo 34-A de la Constitución establece que toda persona sentenciada en primera instancia está impedida de postular, aunque incluso recurra en pluralidad de instancia a un superior jerárquico”, expresó Tello. Incluso, precisó, esta exclusión por sentencia puede darse hasta un día antes de la elección.
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Además, no existe ningún tipo de inmunidad que le alcance a Bermejo. Los hechos atribuidos corresponden a los años 2008-2009, mucho antes de ser elegido parlamentario. Y, al ser un caso seguido con el Código de Procedimientos Penales de 1940, de llegar a darse una sentencia condenatoria en su contra esta tiene que cumplirse de manera inmediata. Es decir, no se suspendería su ejecución y todo recurso interpuesto para una segunda revisión se daría con reo en cárcel.
Postura de la defensa
Días antes de conocer la condena, en diálogo con El Comercio, el abogado de Bermejo, Ronald Atencio Sotomayor, dijo que llegan al final de este juicio con la tranquilidad y seguridad de que se volverá a dar una absolución. Mencionó que si dos salas penales diferentes, en contextos diferentes, arribaron al mismo resultado, “esta tercera no tendría por qué arribar a un resultado diferente porque no ha habido nada diferente” en el proceso.
“No ha habido en este tercer juicio ninguna otra prueba diferente a las anteriores, solamente existen tres colaboradores eficaces que nunca han logado corroborar su versión y no han adjuntado ninguna otra prueba documental que pueda reafirmar lo que ellos podrían haber dicho. (…) La sala lo que tendría que hacer es, por una razón legal y procesal, no darle el mérito probatorio para emitir una sentencia condenatoria”, expresó Atencio a este Diario.
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Así, señaló que su patrocinado niega haberse desplazado a los campamentos terroristas, así como también cualquier tipo de afiliación a la organización. También aseguró que Bermejo Rojas irá de manera presencial a la lectura de sentencia, y que en el supuesto negado se llegue a una condena adelantó que presentarán un recurso de nulidad.
“Han convocado de manera presencial y no tienen ningún problema en acudir de manera presencial. No tiene ningún inconveniente”, expresó Atencio.
CRONOLOGÍA: Expediente N°59-2015
8 de marzo del 2016
Se emite dictamen de la fiscalía superior en donde se concluye que hay mérito a pasar a juicio oral por presunto delito de afiliación a organización terrorista contra Guillermo Bermejo Rojas, sindicado como el ‘camarada Che’.
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16 de agosto del 2017
La Sala Penal Nacional absolvió a Bermejo de la acusación fiscal.
20 de agosto del 2018
La Sala Penal Transitoria declara nula la sentencia emitida no haber valorado debidamente las pruebas y manda a que se realice un nuevo juicio oral por otro colegiado superior.
31 de enero del 2022
Se emite una nueva sentencia absolutoria contra Bermejo a cargo de la Segunda Sala Penal Nacional Liquidadora Transitoria.
29 de diciembre de 2022
La Sala Penal Transitoria declara nula la sentencia previa emitida advirtiendo que no se dio cumplimiento a lo dispuesto pues no hubo una valoración integral de la prueba actuada, además de errores en la valoración y apreciación. Ante ello, dispone que se realice un nuevo juicio oral.
15 de agosto de 2023
La Tercera Sala Superior Penal Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Penal Nacional inicia el tercer juicio contra Bermejo por sus presuntos vínculos con los Quispe Palomino.
24 de octubre de 2025
La sala dará a conocer su veredicto. Se analizan dos escenarios: absolución o sentencia condenatoria. En caso de esta última, es efectiva y se debe cumplir de manera inmediata.
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