El Gobierno de Pedro Castillo presentó un proyecto de ley que propone que personas acusadas por la Fiscalía de delitos como lavado de activos, organización criminal y corrupción, entre otros, no puedan postular a cargos de elección popular. La iniciativa también plantea la misma prohibición para quienes sean ministros de Estado.
LEE TAMBIÉN | Congreso aprobó proyecto ley para extender plazo a bachillerato automático hasta el 2023
En caso sea aprobada, la norma impediría hoy la postulación a la presidencia o al Congreso de políticos como Keiko Fujimori, Ollanta Humala o Guillermo Bermejo, quienes fueron candidatos en el 2021 cuando tenían acusaciones fiscales por delitos incluidos en la propuesta del Ejecutivo.
La iniciativa también alcanzaría al líder y fundador de Perú Libre, Vladimir Cerrón, quien hoy enfrenta un juicio por malversación de fondos y tiene una acusación fiscal por el delito de colusión donde se piden 16 años de prisión en su contra. Además, dirigentes y afiliados al partido Perú Libre actualmente están investigados por delitos como lavado de activos, organización criminal y terrorismo.
De cara al 2026, si la Fiscalía concluye sus investigaciones y decide acusarlos, la prohibición planteada por el Ejecutivo podría extenderse hacia ese grupo de dirigentes del partido de gobierno, que hoy incluye a oficialistas como Guido Bellido, Waldemar Cerrón y Dina Boluarte.
Lo que dice la propuesta
El Proyecto de Ley N° 682/2021-PE, titulado Proyecto de Ley de Reforma Constitucional que promueve la idoneidad de las y los candidatos a cargos públicos representativos y del ejercicio de la función pública, fue aprobado por el Consejo de Ministros y fue presentado el miércoles 10 de noviembre ante el Congreso de la República. Fue el mismo día en el que Pedro Castillo hacía en Ayacucho el balance de sus primeros 100 días de gobierno.
El documento lleva la firma del presidente de la República y de Mirtha Vásquez, presidenta del Consejo de Ministros y lleva el carácter de urgente en concordancia con el artículo 105 de la Constitución, el cual establece que “tienen preferencia del Congreso los proyectos enviados por el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia”.
La iniciativa plantea modificar la Constitución para que no puedan postular a cargos de elección pública ni asumir cargos como ministros de Estado quienes “tengan acusación penal de carácter sustancial en calidad de autor o cómplice” por estos delitos: feminicidio, homicidio calificado, lesiones graves por violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, secuestro, contra la libertad sexual, contra la dignidad humana, genocidio, desaparición forzada, tortura, organización criminal, tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, colusión, peculado, corrupción de funcionarios y terrorismo.
MIRA | Walter Ayala: Afirman que permanencia de ministro es insostenible y demandan pronunciamiento del Gobierno
Políticos a los que afectaría
Bajo su planteamiento actual, la propuesta de reforma constitucional hecha por el Ejecutivo podría impedir la postulación de conocidos líderes políticos de cara a las próximas elecciones. Una de las posibles afectadas sería Keiko Fujimori, candidata presidencial que llegó a la segunda vuelta en las elecciones de este año y que perdió ante el actual mandatario por unos 44 mil votos.
Al momento de su postulación, Keiko Fujimori venía siendo parte de una investigación preparatoria iniciada en octubre del 2018 por delitos como lavado de activos y organización criminal por presuntos aportes ilícitos a sus campañas presidenciales del 2011 y 2016. Por este proceso, estuvo en dos ocasiones bajo prisión preventiva.
En marzo del 2021, cuando ya estaba en su campaña de primera vuelta, el fiscal José Domingo Pérez presentó una acusación contra Keiko Fujimori por los mencionados delitos, en la cual pidió 30 años de prisión para ella.
La acusación actualmente está en etapa intermedia, también conocida como etapa de control de acusación, la cual es la fase previa al eventual inicio del juicio. Desde la Fiscalía se estima que esta etapa dure entre uno y dos años. Tras esto, recién se dispondría el inicio del juicio. No hay garantía de que el proceso judicial termine con una sentencia, condenatoria o absolutoria, antes del 2026.
Una eventual aprobación de la propuesta del Ejecutivo afectaría una posible candidatura de Keiko Fujimori o alguno de sus coacusados (entre los que están su esposo Mark Vito Vilanella) por lavado de activos u organización criminal. De ser así, sería la primera de las últimas cuatro elecciones presidenciales en la que no participaría la lideresa de Fuerza Popular.
Un caso similar, aunque más avanzado, es el de Ollanta Humala. El expresidente postuló en las elecciones del 2021 cuando ya estaba acusado por el Equipo Especial Lava Jato por el delito de lavado de activos, en relación con presuntos aportes ilícito del Gobierno de Venezuela y de Odebrecht a sus campañas del 2006 y 2011, respectivamente.
El fiscal Germán Juárez Atoche pidió 20 años de prisión para Ollanta Humala y 26 años y 6 meses para su esposa, Nadine Heredia, en mayo del 2019. Desde entonces hasta la actualidad, con toda la campaña presidencial del 2021 de por medio, el caso ha estado en fase de control de acusación. Si bien las audiencia de esta etapas ya terminaron, todavía falta que el Poder Judicial la concluya formalmente y emita el ‘auto de enjuiciamiento’. Allí se ordenará formalmente el paso del caso a juicio oral.
Fuentes cercanas a este proceso estiman que el juicio comenzaría recién en el 2022.
La condición de acusado no impidió a Ollanta Humala postular en el 2021, cuando la prohibición era solo para sentenciados en primera instancia. Sin embargo, la propuesta del Ejecutivo sí se lo impediría para el 2026, si para entonces su proceso judicial no ha concluido. En caso el proceso concluya con una sentencia absolutoria, quedaría habilitado; pero si la sentencia es condenatoria, la prohibición se mantendría.
Actualmente, el Partido Nacionalista no tiene inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones, pero desde su dirigencia manifestaron a El Comercio que apuntan a inscribirse nuevamente de cara a las próximas presidenciales.
Vladimir Cerrón
Otro afectado sería el propio Vladimir Cerrón. El hoy prófugo dirigente de Perú Libre Arturo Cárdenas dijo meses atrás que se “tendría que ir trabajando” en la candidatura de Cerrón a la presidencia. El secretario general de Perú Libre hoy cumple una condena e inhabilitación por negociación incompatible que impidió que sea parte de la plancha presidencial liderada por Pedro Castillo como segundo vicepresidente.
Pero más allá de su condena, Cerrón enfrenta otras acusaciones fiscales. Una de ellas es por la presunta comisión del delito malversación de fondos cuando era gobernador de Junín, caso por el que el Ministerio Público pide 2 años y 11 meses de prisión para él y que actualmente está en etapa de juicio oral. La defensa de Cerrón, en diálogo con este Diario, estimó que este juicio estaría terminando en enero del 2022.
Una acusación adicional contra Vladimir Cerrón relacionada a su gestión en Junín fue presentada en agosto de este año por la Fiscalía Anticorrupción y contempla un pedido de 16 años de prisión en su contra por el delito de colusión. En este caso aún debe pasar por la etapa de control antes del eventual inicio de un juicio, por lo que Cerrón todavía podría seguir en condición de acusado hasta el 2026, al margen de una eventual sentencia que lo condene o lo absuelva.
El hermano menor de Keiko Fujimori, Kenji Fujimori, también podría ser afectado. El excongresista es acusado por un presunto intento de compra de votos para salvar a Pedro Pablo Kuczynski de una vacancia presidencial en el 2018. Este caso ya superó el control de acusación y el juicio iba a iniciar en agosto de este año, pero se postergó hasta una fecha que aún no es definida por la Corte Suprema.
Políticos de Perú Libre en riesgo de ser acusados
En paralelo, en el Ministerio Público hay al menos dos investigaciones en marcha que involucran a dirigentes y/o militantes del partido oficialista, Perú Libre, con delitos de corrupción, lavado de activos y organización criminal. En caso los fiscales decidan formalizar la investigación preparatoria y luego presentar una acusación, la propuesta del Ejecutivo podrían cerrar sus posibilidades de postular a un cargo.
Actualmente, la Fiscalía Anticorrupción lleva a cabo una investigación preparatoria contra Vladimir Cerrón y dirigentes de Perú Libre como Arturo Cárdenas, Waldys Vilcapoma y José Bendezú Gutarra (estos tres actualmente prófugos tras recibir una orden de prisión preventiva) por ‘Los Dinámicos del Centro’. El caso se trata de una presunta organización criminal involucrada en supuestos actos de corrupción en la Dirección Regional de Transportes del Gobierno Regional de Junín.
MÁS EN POLÍTICA | Implicados en Los Dinámicos del Centro aún son funcionarios en Junín
La Fiscalía formalizó la investigación preparatoria por este caso en junio. Bajo la ley de crimen organizado, el plazo máximo de estas diligencias es de 36 meses. Luego de estos, el Ministerio Público debe decidir si acusa o si archiva el proceso.
Por otro lado, la Fiscalía de Lavado de Activos investiga el presunto uso de dinero frutos de actos de corrupción en ‘Los Dinámicos del Centro’ para financiar la campaña de Perú Libre y gastos de Vladimir Cerrón relacionados sus procesos judiciales. Esta otra investigación preliminar inició en junio de este año y tiene un plazo máximo de 15 meses para que se formalice o se archive.
Este segundo caso relacionado al partido de gobierno incluye a Vladimir Cerrón, los congresistas Waldemar Cerrón y Guido Bellido, el dirigente Richard Rojas, y Dina Boluarte, vicepresidenta y ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dependerá del Ministerio Público si al final de sus investigaciones presenta acusaciones que los inhabilitaría de postular a cargos públicos, en caso la propuesta del Ejecutivo llegue a ser aprobada.
Otra investigación preliminar que involucra a oficialistas es la de presunta afiliación terrorista que se le sigue a Vladimir Cerrón y los congresistas Guido Bellido y Guillermo Bermejo. Bermejo actualmente está en un juicio por presunta filiación terrorista en otro caso, el cual comenzó poco después de ganar un escaño en el Congreso y que debería terminar en los próximos meses.
Martín Vizcarra, quien esta semana anunció su intención de inscribir un nuevo partido político, es otro político en un proceso judicial que podría ser afectado por esta norma. El expresidente es investigado por presuntas coimas de constructoras cuando era gobernador de Moquegua. Desde el Ministerio Público se estima que la indagación terminará el próximo año, tras los cual se decidirá si le acusa o no.
El actual vocero de Podemos Perú, José Luna Gálvez, también enfrenta dos investigaciones preparatorias en la Fiscalía. La primera está dentro del caso Lava Jato y es por los presuntos aportes de empresas brasileñas a la campaña de Luis Castañeda Lossio.
La otra está relacionada al caso ‘Cuellos Blancos del Puerto’ y es por presuntas irregularidades en la inscripción de su actual partido político. Al momento de ser elegido, Luna cumplía arresto domiciliario por este último caso, medida que se le revocó poco antes de iniciar sus funciones como legislador.
Etapa del caso | Caso y político involucrado | Partidos relacionados al caso | Fiscalía a cargo | Juzgado a cargo |
---|---|---|---|---|
Investigación preliminar: fase de diligencias y declaraciones iniciales | - Caso Perú Libre: Vladimir Cerrón, Guido Bellido, Waldemar Cerrón, Dina Boluarte, Richard Rojas. | - Perú Libre | - Fiscalía de Lavado de Activos | - 6° Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional (CSN) |
Investigación preparatoria: inicio del proceso judicial y recolección de evidencia. Al final, se presenta acusación o se pide archivar el caso. | - Caso Dinámicos del Centro: Vladimir Cerrón, Arturo Cárdenas. - Caso Moquegua: Martín Vizcarra. - Caso Lava Jato y caso ONPE: José Luna Gálvez | -Perú Libre (caso Dinámicos) -Podemos Perú (caso ONPE) | - Fiscalía Anticorrupción (Dinámicos) - Equipo Especial Lava Jato (caso Moquegua y caso Lava Jato - Equipo Especial Cuellos Blancos (caso Odebrecht) | - 5° Juzgado de Investigación Preparatoria de la CSN (caso Moquegua y caso Lava Jato-Luna Gálvez) - 7° Juzgado de Investigación Preparatoria de la CSN (caso Dinámicos del Centro y caso ONPE) |
Etapa intermedia: fase que inicia cuando se presenta la acusación, en la que el juez revisa si esta cumple o no los requisitos para ir a juicio. | - Caso Odebrecht: Keiko Fujimori y Ollanta Humala -Caso de colusión en Junín: Vladimir Cerrón -Caso ‘Mamanivideos’: Kenji Fujimori (ya culminó, a la espera del inicio del juicio) | - Fuerza Popular y Partido Nacionalista (caso Odebrecht) - Perú Libre (caso colusión en Junín) | - Equipo Especial Lava Jato (caso Odebrecht) - Fiscalía Anticorrupción de Junín (caso de colusión) - 2da Fiscalía suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios (caso Mamanivideos) | - 1° Juzgado de Investigación Preparatoria de la CSN (caso Odebrecht-Ollanta Humala - 4 ° Juzgado de Investigación Preparatoria de la CSN (caso Odebrecht-Keiko Fujimori) - Corte Suprema (caso Mamanivideos) |
Etapa de juicio: fase en la que un juez o una sala decide si absuelve o condena al acusado. | - Caso malversación de fondos en Junín: Vladimir Cerrón - Caso contra Guillermo por presunta afiliación terrorista | - Perú Libre: juicio a Vladimir Cerrón y a Guillermo Bermejo | - Fiscalía Anticorrupción de Junín (juicio Cerrón) - Primera Fiscalía Superior Penal Nacional (juicio Bermejo) | - 6to Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Junín (juicio a Cerrón - 2° Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria (juicio a Bermejo) |
¿Propuesta positiva?
En diálogo con El Comercio, el exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado consideró que lo más apropiado en una propuesta de este tipo sería que provenga de instituciones del sistema electoral como el JNE o la ONPE o instituciones independientes para evitar suspicacias sobre un uso político de las acusaciones fiscales. Además, dijo que no debería ser un planteamiento aislado, sino que se integre con otros mecanismos que apunten a una lucha eficaz contra la corrupción.
“Acá hay dos problemas. El primero es que los procesos electorales no tienen las suficientes garantías para indicarnos que tendrán la máxima cautela de prevenir que personajes con gravísimos antecedentes participen y, de otro lado, es un hecho objetivo que el sistema de justicia no funciona bien y que la posibilidad de un personaje de estos obtenga impunidad es muy alta”, comenta.
Sin embargo, Maldonado considera que el país está en un contexto de alta polarización y con un gobierno y Congreso deslegitimados, lo que hace aumenta la posibilidad de que una medida como la plantada por el Ejecutivo resulte siendo “ilusoria, ineficaz, que termine siendo torcida para que los correspondientes bandos políticos la usen para enfrentarse unos con otros y no rinde ningún efecto real en la garantía de la salvaguarda del sistema electoral”.
“La necesidad de cambiar ese estándar [de sentenciados a acusados] es un planteamiento por el cual yo mismo he abogado en diferentes foros y que me parece necesario. Lo que digo es que esa medida no puede ser evaluada de manera aislada respecto una propuesta integral ni del contexto político en el que vivimos”, dice Maldonado. “Si no goza de un amplio respaldo en el Congreso y la ciudadanía, en un contexto de alta polarización, no va a ser eficaz ni eficiente”, añade.
La abogada Liliana Calderón, especialista en temas anticorrupción, dijo estar de acuerdo con la propuesta porque considera necesario “elevar el estándar de integridad y de ética para el acceso a cualquier cargo público”.
“El proyecto es general, para cargos públicos y de confianza. Puede resultar contradictorio tener un alto funcionario con denuncias, investigaciones, acusaciones, que puede resultar elegido por voluntad popular y ya en el cargo, pueda elegir a personas de confianza igual. O al revés. Me parece adecuado que se puedan elevar estos criterios de integridad”.
Calderón recuerda que, bajo la Ley Contra el Crimen Organizado, las investigaciones en delitos como terrorismo, corrupción o lavado de activos pueden extenderse hasta por 36 meses. Esto sumaría a que se traten de imputaciones concretas. Además, apunta que el término “acusación penal de carácter sustancial” da a entender que se trataría serían las que han pasado por la revisión de un juez en el control de acusación. De esta forma, la prohibición no pasaría solo por lo que plantee un fiscal en su acusación, sino también por una primera revisión de parte del Poder Judicial.
“Esta etapa es un tamiz que se hace para hacer un control formal y sustancial de la acusación: si cumple con los requisitos, si supera el mínimo necesario para pasar a un juicio oral. Además, para llegar a la etapa de acusación significa que el Ministerio Público ha atravesado la etapa de investigación preliminar y preparatoria. Se necesita un grado de certeza fuerte, como lo ha indicado la Corte Suprema. No hablamos de simples indicios, sino de cargos sustentados con medios probatorios que serán debatidos en juicio”, comenta.
Romy Chang, abogada penalista, considera “bastante buena” la propuesta de cara evitar casos de corrupción. “La exigencia de la sentencia de primera instancia es perfecta, indudable, no tiene mayor cuestionamiento. El asunto está en el tema de la acusación, porque hay personas que cuestionan que con una ‘simple acusación’ se puede impedir que una persona postule, porque finalmente una acusación no es una sentencia condenatoria”
“Sin embargo, creo que eso es relativo en este caso específico, porque hay que hacer una ponderación de intereses: si bien el ciudadano tiene derechos, acá no estamos hablando de una sola denuncia, estamos hablando de algo que implica actos de investigación y existencia de pruebas e indicios suficientes que permitan al fiscal decir que existe un delito. Hablamos de un nivel probatorio mucho más exigente que una simple denuncia (…) es la denuncia corroborad por la Fiscalía”, expresó.
Chang cree que no se debe entender la propuesta como un intento de “sacar de la carrera [electora] a unos u otros”. “La idea del proyecto me parece que es buscar que todos los que postulen tengan un ingreso limpio al Estado. Nos hemos visto siempre rodeados de políticos que postulan y que, a lo lago de la campaña, recién nos enteremos de que tienen cuestionamientos penales gruesos o penas. Hay que mirarlo de manera global, me parece que aportaría muchísimo a que mejore la calidad de candidatos”.
Al igual que Calderón, Chang apunta que la frase “acusación penal de carácter sustancial” se entiende como que esta debe haber pasado por el control de acusación para que califique como motivo de la prohibición de postular o asumir un cargo, pero que la norma debería precisarlo. “Por ejemplo, en el caso de Keiko Fujimori hay acusación, pero el Poder Judicial aún no ha dicho que está ok. En el caso de Ollanta Humala, se ha demorado más de un año. Así se debería interpretar, pero sería mucho mejor que se precise que se están refiriendo a eso”, sugirió.
Lee aquí el proyecto completo:
La propuesta concreta es modificar los artículos 34-A y 39-A de la Constitución para “establecer medios de idoneidad para candidatos y candidatas a cargos públicos representativos y al acceso a la función pública en cargos de confianza”.
Los mencionados artículos de la Constitución actualmente establecen lo siguiente:
- Artículo 34-A. Están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.
- Artículo 39-A. Están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso
La propuesta del Ejecutivo añade al artículo 34-A que “también están impedidas las personas que tengan acusación penal de carácter sustancial en calidad de autor o cómplice, por la comisión de los delitos de feminicidio, homicidio calificado, lesiones graves por violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, secuestro, contra la libertad sexual, delitos contra la dignidad humana, genocidio, desaparición forzada, tortura, organización criminal, delitos de tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, colusión, peculado, corrupción de funcionarios y terrorismo”.
Respecto al artículo 39-A, se plantea agregar que:
Están impedidas de ejercer el cargo de ministros de Estado, miembros del Tribunal Constitucional, miembros de la Junta Nacional de Justicia, Contralor General de la República, Defensor del Pueblo, Jueces y fiscales supremos, así como ejercer cualquier cargo público de confianza, las personas que tengan una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.
También están impedidas para ejercer dichos cargos, las personas sobre las que recaiga una acusación penal de carácter sustancial en calidad de autor o cómplice, por la comisión de los delitos de feminicidio, homicidio calificado, lesiones graves por violencia contra las mujeres e integrantes de¡ grupo familiar, secuestro, contra la libertad sexual, delitos contra la dignidad humana, genocidio, desaparición forzada, tortura, organización criminal, delitos de tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, colusión, peculado, corrupción de funcionarios y terrorismo.
VIDEO RECOMENDADO
TE PUEDE INTERESAR
- Bruno Pacheco: el hombre en la sombra de Pedro Castillo | PERFIL
- Los primeros 100 días de Pedro Castillo: Las nuevas facciones en el Ejecutivo y el reto de gobernar sin haberlo previsto
- ¿Qué hizo el Congreso en 100 días? Los hechos más relevantes en el Legislativo
- Castillo anunció la venta del avión presidencial: Los casos similares en el Perú y en la región
- Pedro Castillo: “Anuncio que venderemos el avión presidencial”