Repartidores de Rappi en primer día de operaciones. (Foto: César Campos/El Comercio)
Repartidores de Rappi en primer día de operaciones. (Foto: César Campos/El Comercio)
/ Cesar Campos
Lucero Chávez Quispe

Usuarios de la aplicación de delivery recibieron ayer una notificación en la que se anunciaba el retorno de sus operaciones. Sin embargo, poco tiempo pasó para que se reportaran aglomeraciones en uno de sus cuatro centros de control (de propiedad de Farenet), en Surco.

MIRA: Ni Rappi ni Farenet tomaron previsiones para evitar el contagio del COVID-19, según Ministerio de Producción

De acuerdo a la empresa de , “los centros de prevención presentaron una afluencia mayor a la esperada, a pesar de tener las zonas delimitadas y de haber tomado todas las medidas necesarias para operar de manera segura”.

Y esta demanda se traduce también en las expectativas de pedidos de Rappi. Según informó a El Comercio, prevén sumar 15 mil pedidos de restaurantes y 7 mil correspondientes a supermercados y otras tiendas, en esta primera semana de operaciones. Asimismo, precisaron que Miraflores (120), Surco (80) y San Isidro (50) son los distritos que concentran más restaurantes activos en el aplicativo.

LOS PUNTOS PENDIENTES

La reanudación de estas actividades se da luego de un largo camino en el que, en primera instancia, el permitió a los restaurantes operar solo usando el delivery de sus propias empresas, pues era la única forma de encontrar a un responsable del cumplimiento de los lineamientos del Gobierno.

Ministra de Producción, Rocío Barrios, inicialmente cuestionó la responsabilidad del cumplimiento de los protocolos en las empresas de delivery.
Ministra de Producción, Rocío Barrios, inicialmente cuestionó la responsabilidad del cumplimiento de los protocolos en las empresas de delivery.

Las aplicaciones de delivery [...] no tienen una regulación en el país. ¿Quién nos garantiza el cumplimiento de los protocolos? ¿Qué pasa si al momento de la fiscalización se quiebran los protocolos, a quién sancionamos?”, cuestionó en su momento la ministra Rocío Barrios.

Si bien en esta nueva etapa se aprobó un protocolo sanitario de especial aplicación para las empresas de delivery –incorporándose de forma obligatoria un seguro privado contra el COVID-19–, los lineamientos responderán al criterio de cada empresa, y tendrán una fiscalización posterior a su puesta en marcha.

Protocolo sanitario que deben cumplir las apps de delivery. (Infografía: El Comercio)
Protocolo sanitario que deben cumplir las apps de delivery. (Infografía: El Comercio)

Por ejemplo, el protocolo no hace mención a un límite de personas que puedan estar en los centros de control; lo cual se vio evidenciado en las primeras horas del miércoles en el local de Surco. “Si la norma no lo menciona, [las apps] deberían considerar esta progresión en la medida para evitar los contagios”, comentó Jaime Cuzquén, socio del área laboral de KPMG.

Respecto a la aglomeración de ayer, el Produce consideró que Rappi tuvo una conducta irresponsable, al no haber tomado previsiones para evitar el contagio de sus repartidores.

Asimismo, el protocolo tampoco especifica la entidad a cargo de la fiscalización del cumplimiento del protocolo sanitario de cara a los trabajadores. Según conoció este Diario, las entidades que se estarían preparando para asumir dicho rol son los gobiernos locales y la Sunafil.

PRUEBAS DE DESCARTE

Una de las primeras tomadas para la reactivación de actividades de actividades fue la obligación de preparar una nueva política interna denominada “Plan para la vigilancia, prevención y control del coronavirus en el centro de trabajo”. Con ello, las empresas tienen la obligación de clasificar los puestos de trabajo en cuatro categorías, en función de su exposición a riesgos de contagio de COVID-19 (de bajo a muy alto). Solo quienes tengan bajo riesgo de contagio no deberán pasar esa prueba.

MIRA: Empresas deberán tomar pruebas de descarte de COVID-19 a trabajadores que se reintegren a sus labores

En el caso de los repartidores, pese a que son independientes que no tienen un vínculo laboral establecido con la empresa y están en contacto con el público, no están obligados a pasar un examen de descarte, explicó el abogado laboralista Saúl Flores.

Para ninguna de las actividades habilitadas en el último decreto se pide una prueba rápida. El Estado ha generado esa obligación en los empleadores [hacia los dependientes], pero no así a quienes cumplan un servicio como independientes, como los repartidores”, añadió.

Surco sanciona a Rappi y clausuró local de Farenet por gran aglomeración de repartidores
Surco sanciona a Rappi y clausuró local de Farenet por gran aglomeración de repartidores

Cuzquén agregó que, al margen de la relación laboral, los repartidores “están expuestos a contagiar [a los demás]”, por lo que se debería aplicar la lógica de lo establecido para los dependientes.

Si bien el protocolo no lo indica, las apps deberían tener un estándar más elevado que el protocolo mismo”, dijo.

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¿Qué es el covid-19?

El covid-19 es la enfermedad infecciosa que fue descubierta en Wuhan (China) en diciembre de 2019, a raíz del brote del virus que empezó a acabar con la vida de gran cantidad de personas.

El Comité Internacional de Taxonomía de Virus designó el nombre de este nuevo coronavirus como SARS-CoV-2.

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