“Multas no sirven para luchar contra agresiones en carnavales”
“Multas no sirven para luchar contra agresiones en carnavales”
Redacción EC

GUSTAVO KANASHIRO FONKEN /

Los fines de semana de febrero no son los más gratos para caminar por las calles. A la inseguridad a la que estamos expuestos muchos se le añade un riesgo más estos días: la de ser víctima de los que atacan a terceras personas.

Ante el creciente descontento por este delito, diversas municipalidades han anunciado que a las personas que sean detectadas atacando a transeúntes, vehículos o casas sin el consentimiento de sus víctimas. Estas multas, lamentablemente, tienen un efecto casi nulo en la lucha contra los ‘carnavaleros’.

“No sirven para luchar contra estas agresiones porque el tema administrativo se agota cuando las agresiones ya dejan algún tipo de lesión. Ahí el caso pasa a ser penal, la víctima debe denunciar ante la policía y ahí ninguna municipalidad puede actuar”, dijo para El Comercio Julio César Castiglioni, especialista en temas municipales.

Ante una gresca, un enfrentamiento entre bandas, frente a las turbas que salen a las calles, pintan y agreden a un transeúnte, las comunas distritales pierden sus facultades. Son delitos y deben ser procesados como tales.

ELEFANTE BLANCO

El segundo gran problema de las multas contra los ‘carnavaleros’ es el debido proceso. “No se puede imponer una multa sin una notificación porque atentaría contra el derecho de defensa, contra el debido procedimiento y la tutela administrativa”, detalló Castiglioni.

El reglamento de sanciones municipales detalla que, al detectar una infracción, la comuna debe enviar una notificación para que los implicados hagan sus descargos en un plazo de siete días. Recién después de esto se pueden concretar las multas. Pocas veces se cumplen todos los plazos.

“Con o sin multas, digamos que viene una turba, me baña y se va corriendo. Ahí la municipalidad no puede hacer nada porque este tipo de acciones son iniciativas aisladas si no se hacen en coordinación con la policía”, añadió el especialista.

¿A QUIÉN HAY QUE BUSCAR?

Si la agresión ocurrió en la vía pública por personas desconocidas y sin el previo conocimiento de la víctima, el tema es municipal ya que las autoridades no estaría protegiendo a los transeúntes. Sin embargo, si la agresión dejó lesiones, robos o cualquier otro daño, hay que acudir a la policía.

El Código Penal precisa que el delito contra la paz pública tiene una pena no mayor de dos años de prisión (no efectiva). Sin embargo, la pena oscila entre seis y diez años a quienes causen graves daños contra las personas o la propiedad pública o privada (artículo 315). La policía ha intervenido a centenares de personas en lo que va del mes, pero a falta de lesiones graves, no pueden hacer mucho por retenerlos o sancionarlos efectivamente.

“Las municipalidades deben instalar en sus oficinas un área para presentar estas quejas, ya que casi todas las agresiones ocurren los fines de semana, cuando la comuna no atiende y la policía municipal no contesta. Hay que hacer un área que atienda estos días y que coordine con la policía”, recomendó Castiglioni.

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