Según el reporte del Mincetur, al aeropuerto Jorge Chávez arriban aproximadamente 12 mil pasajeros cada semana que provienen de Europa y Asia. (Joel Alonzo / GEC)
Según el reporte del Mincetur, al aeropuerto Jorge Chávez arriban aproximadamente 12 mil pasajeros cada semana que provienen de Europa y Asia. (Joel Alonzo / GEC)
/ JOEL ALONZO
Lupe Muñoz

Desde este lunes 16 de marzo se suspende la llegada al país de vuelos provenientes de Europa y Asia. También se restringen las salidas de aeronaves hacia estos destinos, según el Decreto Supremo 008-2020-MTC, publicado ayer en el diario oficial “El Peruano”. Esta medida se suma a las otras disposiciones anunciadas ayer por el Ejecutivo con la finalidad de frenar la expansión del COVID-19.

A continuación, detallamos las disposiciones que dio el primer ministro Vicente Zeballos en el segundo día de trabajo del Comité Multisectorial de Alto Nivel contra el Coronavirus :

1. Suspensión de vuelos durará, inicialmente, 30 días.

La restricción ordenada por el Gobierno es de 30 días calendario y podrá ser ampliada “en mérito a la información que le proporcione la autoridad de salud sobre la evolución de la pandemia del COVID-19”, indica la norma. Se aplica a la aviación comercial y general.

El primer ministro detalló que aproximadamente 40 vuelos semanales vienen de estos continentes al Perú, es decir un estimado de 12 mil pasajeros de Europa y Asia ingresan cada semana por el aeropuerto internacional Jorge Chávez.

No obstante, atendiendo el requerimiento de nuestros compatriotas que se encuentran en estas zonas y buscan retornar en los próximos días, la cancillería coordina con las embajadas y consulados peruanos para facilitarles puentes aéreos.

Ayer, desde Piura, el presidente de la República, Martín Vizcarra, explicó que la medida de suspensión se inicia este lunes porque se quiere otorgar tres días de plazo para que los compatriotas puedan regresar al país.

2. Sanción penal para quienes incumplan el aislamiento.

Como parte de la emergencia sanitaria, todas las personas que ingresan al Perú procedentes de Italia, Francia, España y China tienen que acatar el aislamiento domiciliario por 14 días. De no hacerlo, según Zeballos, se las sancionará penalmente por incumplir las medidas contra el coronavirus.

“Hay un sector que está siendo renuente a la aplicación y puesta en vigencia de todo este marco regulatorio excepcional. Por tal motivo, cualquier incumplimiento a este marco legal está implicado en ilícitos de orden penal contemplado en el artículo 289 del Código Penal”, indicó. Este se refiere al delito de propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa que se sanciona con una pena de tres a diez años.

En un comunicado conjunto, el Poder Judicial, Ministerio Público, Tribunal Constitucional y la Defensoría del Pueblo precisaron que no existe el sustento legal que ampare la negativa a someterse a exámenes de descarte del coronavirus. Indicaron que aquellas personas que dieron positivo por COVID-19 e incumplan las disposiciones médicas para evitar la transmisión de la enfermedad pueden incurrir en responsabilidad penal.

3. La PNP y la fiscalía supervisan que se eviten acaparamiento y especulación.

Ante las compras excesivas debido al pánico que se registraron en los últimos días, el primer ministro hizo un llamado a la calma y anunció de manera enfática que no hay desabastecimiento. Por el contrario, dijo que se coordina con todos los grupos empresariales para atender las necesidades del país.

Se trabaja con la Policía Nacional y la Fiscalía de Prevención del Delito para sancionar a quienes especulen con los precios de los productos.

4. No se otorgarán garantías a eventos que superen 300 personas.

De acuerdo con el Decreto Supremo 008-2020-SA, el Ministerio del Interior (Mininter) no otorgará garantías de orden público para reuniones públicas, eventos sociales masivos o deportivos cuyo aforo supere las 300 personas. La Dirección General de Gobierno Interior del Mininter y la policía vigilarán el cumplimiento de esta disposición.

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